Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 17 de Noviembre de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 2398
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: T-9942/14.-
VISTO:
El expediente T-9942/14 presentado por un grupo de vecinos Talladores en Madera; y
CONSIDERANDO:
Que, lo que propone el proyecto es la utilización de tocones de árboles secos en la vía pública para realizar el tallado de los mismos;
Que, esto no generaría ningún tipo de costo ni para la Municipalidad ni para el frentista en donde se encuentren dichos tocones;
Que, es una iniciativa para embellecer distintos lugares de nuestra ciudad la cual debe recibir el mayor apoyo por parte de este Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º:Autorizase a los Artesanos Talladores en Madera a hacer uso de los
tocones secos
—————— de la vía pública para convertirlos en esculturas con imágenes que no incluyan manifestaciones políticas, religiosas o que atenten contra la moral y las buenas costumbres.—
ARTICULO 2º:Los artesanos solicitarán autorización a través del área de Medio Ambiente y
—————— presentarán el diseño de la obra escultórica a realizar.—
ARTICULO 3º: La obra una vez terminada pasará a formar parte del patrimonio municipal. La
—————— MUNICIPALIDAD, podrá , en el marco de los fines públicos que tiene asignados, proceder a edición, publicación, representación y reproducción de dichas tallas, en cualquier soporte físico, y sin límites temporales, espaciales, cuantitativos o de otra naturaleza, sin que ello le otorgue derecho a reclamar contraprestación y/o indemnización alguna por tal motivo a los ejecutantes. Los talladores autorizados garantizaran que no existan terceros que tengan derechos que afecten los derechos aquí reconocidos a favor del otorgante. En caso contrario, los ejecutantes de estas tallas se comprometen a mantener indemne a la MUNICIPALIDAD respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas.—
ARTICULO 4º:La Municipalidad pondrá el máximo cuidado en la conservación de las tallas, pero
—————— declinan toda responsabilidad por daños, extravíos, robos o cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se pueda producir en el espacio asignado. Comprometiéndose a la conservación de las mismas con los medios técnicos y profesionales a su disposición por el tiempo que se muestre.—-
ARTICULO 5º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—