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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2680/16

                             FECHA DE SANCIÓN: 7 de Noviembre de 2016.-
                             NUMERO DE REGISTRO:  2519
                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10684/16.-

 

VISTO:

El expediente B-10684/16 iniciado por el Bloque Frente Renovador, la incidencia que tiene el sector turístico en la actividad económica de nuestra ciudad, las múltiples opciones para contratar estos servicios que hoy existen; y

 

CONSIDERANDO:

Que en el Producto Bruto Interno de la ciudad de  Villa Gesell, Servicios es el rubro con mayor porcentaje, representando dos tercios de la economía del distrito;

Que es el Estado, como agente de promoción económica, quien tiene a cargo el diseño e implantación de estrategias de desarrollo local, la generación de entornos capaces de atraer, retener y alentar la inversión y el empleo, la generación de oportunidades a través de la coordinación e innovación empresarial.

Que  en función de la cada vez mayor competitividad entre distintos y la dinámica cambiante propia del mercado y la demanda turística, nuestra ciudad debe impulsar acciones de promoción turística que nos posicionen como uno de los destinos más elegidos del país pudiendo competir con puntos de veraneo extranjeros;

Que en el marco de las funciones de diseño e implantación de estrategias de desarrollo local, se hace necesario generar mecanismos que permitan estimular la demanda de las actividades turísticas que ofrece nuestro partido, entendiéndose como tales a los servicios de alojamiento para visitantes, de provisión de alimentos y bebidas, de transporte de pasajeros en sus diversos medios, de alquiler de equipos de transporte, al servicio prestado por agencias de viajes y otros servicios de reservas, a los servicios culturales, deportivos y recreativos, y a aquellos bienes y servicios característicos del turismo y específicos de la ciudad de Villa Gesell;

Que, la estructura turística de Villa Gesell está representada en gran parte por pequeñas y medianas empresas, como las de alojamiento hotelero y extrahotelero, gastronomía, agencias de viajes, transporte, balnearios, esparcimiento, comercio turístico y artesanías;

Que, las formas de contratación de las vacaciones de las familias argentinas han ido variando con el pasar de estos años, pasando gran parte de las mismas a hacerlo de manera directa a partir de opciones por Internet, y fundamentalmente eligiendo  formas de pago financiadas o con descuentos u otros beneficios;

Que, cuando se busca viajar al exterior se encuentran diversas opciones por estas vías y fundamentalmente opciones de pago con tarjeta de crédito y la posibilidad de financiar estas vacaciones en hasta 12 cuotas sin interés.

Que estas opciones no siempre están disponibles para el mercado interno, con lo cual la forma de pago financiada con descuentos y/u otros beneficios  se convierte en una desventaja competitiva para Villa Gesell, en tanto y en cuanto no se impulse un programa integral de fomento a estas nuevas modalidades;

Que es por ello que creemos necesario generar un programa que coloque a Villa Gesell  en igualdad de condiciones en relación a la oferta internacional, desde el punto de vista de las opciones de pago  financiadas y/o con descuentos y otros beneficios;

Que la Secretaría de Turismo de Villa Gesell ha venido realizando convenios de Beneficios con entidades tales como el  Banco Galicia y el Club de beneficios y descuentos de la Nación siendo que el Programa “Villa Gesell en Cuotas” englobaría todas estas acciones en pos de una mejora competitiva del destino;

Que este programa debería ser difundido como una de las acciones promocionales que proponga la Secretaría de Turismo para la temporada 2016/2017;

Que es el Municipio de Villa Gesell y las Asociaciones intermedias del Sector quienes deben impulsar la firma de acuerdos entre los diferentes Bancos, tarjetas de crédito, organismos públicos provinciales y nacionales, clubes de beneficios y comercios y otras instituciones turísticas para que Villa Gesell  se “venda” en cuotas.

Que los operadores turísticos ya están comenzando con la promoción de la temporada de verano y ésta herramienta de venta abre nuevas posibilidades a los llamados paquetes turísticos.

Que, este programa además de ser de promoción turística de  Villa Gesell, es un programa de promoción económica, el cual está dirigido directamente a incrementar las alternativas de contratación de un viaje a nuestra ciudad  y todos los servicios que en ellas se ofrecen;

Que creemos beneficioso asociar a Villa Gesell con un programa de cuotas y beneficios, ya que son las ciudades, en este caso, como las marcas en otros rubros, las que deben buscar la manera de atraer gente que nos visite;

 

Que  consideramos imperioso trabajar en este tipo de programas que generen un impuso en el sector turístico, buscando tener nuevas ventajas competitivas con otros centros turísticos del país como del exterior, generando un mejor marco de competitividad para el sector turístico local.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Crease el programa de promoción turística “Villa Gesell en  cuotas”
——————- el cual tendrá como objetivo estimular la demanda de bienes y servicios que produce las actividades turísticas en nuestro Partido a través del otorgamiento de facilidades de financiamiento en cuotas y beneficios  a quienes adquieran los mismos.—

 

ARTICULO 2°: Se entiende por actividad turística a los servicios de alojamiento para
——————– visitantes, hoteleros y extra hoteleros, de provisión de alimentos y bebidas, de transporte de pasajeros en sus diversos medios, de alquiler de equipos de transporte, al servicio prestado por agencias de viajes y otros servicios de reservas, a los servicios culturales, deportivos y recreativos, y a aquellos bienes y servicios característicos del turismo y específicos del Partido de Villa Gesell.—


ARTICULO 3°:
El Programa será impulsado por la Secretaría de Turismo quien tendrá a
——————- su cargo la firma de los convenios con aquellas entidades de crédito, Bancos, organismos del estado nacional o provincial, clubes de beneficios y/o cualquier entidad de similares características y todos aquellos comercios que puedan financiar en cuotas sin interés o puedan otorgar algún beneficio al turista.—


ARTICULO 4°
Invítese mediante la Dirección Provincial de Delegaciones Turísticas de
—————— la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires, al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a adherir a este programa, y suscribir con el Banco de la Provincia de Buenos Aires programas de financiación en cuotas y beneficios  para aquellos ciudadanos que decidan vacacionar en el Partido de Villa Gesell.—

 

ARTICULO 5°:Invítese mediante la Secretaría de Turismo  de Villa Gesell, al Gobierno
—————— Nacional, y al Banco de la Nación Argentina, a adherir al programa de financiación en cuotas y beneficios  que permitan promocionar a la ciudad como punto turístico por excelencia facilitando beneficios exclusivos.—

 

ARTICULO 6°: Convóquese mediante la Secretaría de Turismo de Villa Gesell a las
——————- instituciones intermedias locales  que representan al sector comercial y turístico a realizar esfuerzos conjuntos a fin de impulsar el mencionado programa y generar la mayor cantidad de adhesiones del comercio local al mismo y convóquese también a las gerencias de distintas líneas aéreas locales a los fines de   incluir  la iniciativa en el plan “Aerolíneas vacaciones” y/o cualquier otro de similares características a los fines de poder generar paquetes turísticos con el propósito de revitalizar nuestro Aeropuerto local .—


ARTICULO 7°:
Crease el Registro Público de Comercios y Hoteles Adheridos a
——————- “Villa Gesell en cuotas”, quienes deberán exponer planes de financiación en cuotas, descuentos u otros beneficios a los consumidores  a los fines de ser promocionados los mismos, en distintos puntos de la República Argentina, autorizándose a la Secretaría de Turismo a realizar contrataciones en los medios de comunicación y/o en cualquier otro sitio de interés a los fines de promocionar el programa mencionado.—

 

ARTICULO 8°: Solicitar a las entidades financieras pertenecientes al Sistema Bancario
——————– Oficial Provincial y Nacional para que, en ejercicio de sus respectivas competencias, dicten las medidas correspondientes de modo de coadyuvar al logro de los objetivos del presente Programa.—


ARTICULO 9°
: Se solicita al Ministerio de Producción de la Nación y al Ministerio de
——————- Producción de Provincia se incluya al Programa “Villa Gesell en cuotas” el Programa Nacional de Fomento al Consumo y la Producción,  AHORA12, el cual tiene como objetivo fomentar el consumo, el comercio, el empleo y la producción nacional, donde los argentinos pueden comprar hasta en 12 cuotas así como a cualquier otro programa Nacional y/o Provincial actual o futuro de similares características.—

 

ARTICULO 10°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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