Ordenanza 3131/21

Ordenanza 3131/21

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es encabezado-ordenanzas-2021-1024x288.jpg

3131/21

FECHA DE SANCION: 5 de Julio de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2994
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13896/21.-


VISTO:

              El expediente letra D-Nº 13.896/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de convalidación del convenio 001 292 2021 – programa de emergencia de infraestructura; y

CONSIDERANDO:

                               Que dicho convenio fue firmado entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell para la Construcción del edificio de la nueva cancha de hockey municipal.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTÍCULO 1º: Convalídese el convenio registrado bajo el número  001 292 2021
———————— firmado entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell, referido al Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA).—

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 3131/21

Ordenanza 3130/21

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es encabezado-ordenanzas-2021-1024x288.jpg

3130/21

FECHA DE SANCION: 5 de Julio de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2993
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13897/21.-


VISTO:

             El expediente letra D-Nº 13.897/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de convalidación convenio 001 291 2021 – entre ANSES y Municipalidad de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                 Que dicho convenio firmado entre la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) y la Municipalidad de Villa Gesell;

                                   Que, ANSES creó el PROGRAMA DE BENEFICIOS ANSES con el objetivo de otorgar descuentos, beneficios y/o promociones a los beneficiarios de prestaciones.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTÍCULO 1º: Convalídese el convenio registrado bajo el numero 001 291 2021       
———————firmado entre La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) y la Municipalidad de Villa Gesell referido al “Convenio de Colaboración” para establecer una alianza estratégica e instrumental.—

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 3131/21

Ordenanza 3129/21. MODIFICA ORD. 2545/14

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es encabezado-ordenanzas-2021-1024x288.jpg

3129/21

FECHA DE SANCION: 5 de Julio de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2992
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-13901/21.-


VISTO:

               La necesidad de adecuar la reglamentación sobre licencias de taxis en el Partido de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                  Que, es necesario autorizar las transferencias de las licencias de taxis otorgadas por el Concejo Deliberante;

                                  Que, desde este Concejo Deliberante debemos adaptar las normativas a la realidad cotidiana;

                                   Que, es preciso actualizar y modificar criterios de la Ordenanza en vigencia sobre la temática.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A   N  Z  A

ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 44º de la Ordenanza 2545/14, el cual             
———————- quedará redactado de la siguiente manera: “Autorízase la transferencia de las licencias habilitadas del Partido de Villa Gesell en favor de nuevos titulares, los que deberán reunir las mismas condiciones que se requieren para el trámite normal de habilitación dispuesta en servicio de unidades que se pretenden incorporar, abonar en conjunto el monto de los derechos establecidos por la Ordenanza Impositiva vigente y haber transcurrido por lo menos veinticuatro (24) meses desde la fecha de su otorgamiento original salvo causa de fuerza mayor debidamente certificada por la autoridad de aplicación, y encontrándose el transmitente al día en relación al pago de las tasas y derechos que gravasen la actividad. Toda transferencia deberá ser comunicada al Concejo Deliberante por la autoridad de aplicación.”.—

ARTICULO 2º: Modifíquese el Artículo 46 de la Ordenanza 2545/14 el cual quedará
——————— redactado de la siguiente manera: “Cuando se comprobare que se ha transferido un automóvil de alquiler con taxímetro habilitado por la Municipalidad, sin haberse cumplido con los recaudos que quedan indicados, en los Artículos 44º y 45º del Capítulo XII, se dispondrá la inmediata baja del Registro correspondiente, del permisionario, cubriéndose dicha vacante a través del Honorable Concejo Deliberante.—

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 3131/21

Ordenanza 3128/21

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es encabezado-ordenanzas-2021-1024x288.jpg

3128/21

FECHA DE SANCION: 5 de Julio de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2991
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-13900/21.-


VISTO:

              La crisis económica devenida por la Pandemia; y

CONSIDERANDO:

                                  Que, existen  casos que los titulares de licencias de remises, necesitan vender sus vehículos, y en muchos oportunidades  incluir en la misma venta la habilitación pertinente.

                                  Que, la ordenanza en vigencia no autoriza la transferencia de habilitaciones. 

                                    Que, nos parece que al ser una actividad comercial, la cual paga  por su habilitación un canon, se debiera permitir la transferencia de dicha habilitación.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1º: Autorizase las transferencias de habilitaciones de remises,                 
———————–   conjuntamente con el vehículo afectado, hasta una antigüedad de cinco (5) años, cumpliendo los requisitos exigidos por las Ordenanzas vigentes, y estar al día con el pago de los cánones correspondientes.—

ARTÍCULO 2º: Dicha transferencia tendrá un costo para el nuevo adquirente igual a
——————— una habilitación nueva, fijada por la Ordenanza Fiscal y Tributaria.—

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 3131/21

Ordenanza 3127/21

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es encabezado-ordenanzas-2021-1024x288.jpg

3127/21

FECHA DE SANCION: 5 de Julio de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2990
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-13899/21.-


VISTO:

                   La Pandemia que afecta a todo el Mundo; y

CONSIDERANDO:

                                    Que, nuestra Ciudad no es ajena a ello, y que desde marzo de 2020, la economía se vio seriamente afectada, y que los taxis y remises, vieron disminuido sus ingresos, por el cierre de actividades durante el 2020, y al no tener una temporada normal.

                                    Que en muchos casos, se vencen las unidades, y deben renovarlas.

                                     Que, por lo antes expuesto se hace dificultoso económicamente llevar a cabo dicha renovación vehicular dado que el costo de los vehículos ha aumentado considerablemente.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1°: Prorróguese por el término de dos (2) años el vencimiento de la         
———————-  renovación de las unidades cuyos modelos pertenezcan a los años 2010 y 2011 de taxis y remises.—

ARTICULO 2º: Dichas unidades deberán cumplir con todos los requisitos que               
———————- exigen las ordenanzas vigentes, en cuanto a la VTV, y demás  obligaciones.—

ARTICULO 3º: Exceptúase del pago del canon por renovación de Licencias de Taxis
——————— y Remises correspondientes a los meses de octubre y noviembre del año 2021. Podrán obtener este beneficio los licenciatarios que están al día con los pagos anteriores.—

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—