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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

2781/18

                                  

                                     FECHA DE SANCIÓN: 12 de Enero de 2018.-
                                    NUMERO DE REGISTRO: 2637
                                    EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12.016/17.-

 

VISTO:

La necesidad de dotar al Partido de Villa Gesell con un esquema de Obra Pública sustentable que permita enmarcar a las localidades del Partido en un esquema de modernización y mejoramiento a partir de la intervención en la vía publica mediante programas de iluminación, asfaltos, intervenciones urbanísticas que prestigien la ciudad procurando la refuncionalización de los lugares públicos; y

 

CONSIDERANDO:

Que,  la necesidad de dotar a la comunidad de obras de infraestructura;

Que, dichas obras deben contar con el financiamiento adecuado;

Que, la creación del fondo de infraestructura es necesario a los efectos de disponer de recursos propios para llevar adelante el programa de infraestructura;

Que, el Departamento Ejecutivo incorporó un esquema de trabajo que resulta adecuado a las necesidades de la comunidad.-

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A 

 

PLAN GENERAL DE OBRAS 2018

 

CAPITULO I

 

ARTÍCULO 1º: Dispóngase la ejecución del Plan General de Obras 2018 conforme el   procedimiento
——————–  especificado en la presente Ordenanza  en todo el Partido de Villa Gesell.—

ARTÍCULO 2º: Las Obras a ejecutar en el Presente Proyecto son las que se proceden a
——————– detallar:

 

Plan de Obras 2018         importe
1- Refuncionalización de la Ex Terminal en Centro de Arte y Cultura 10.000.000
2- Construcción Corralón Sur del Partido 3.000.000
3-Construcción Polideportivo Mar Azul 3.000.000
4-Tratamiento Avenida 3 entre Paseos 138 y 142 5.000.000
5-Paseo del Muelle 3.500.000
6- Tratamiento Avenida 3 entre Paseos 104 y 108 7.000.000
7-Asfaltado Paseo 119 desde Boulevard hasta la Av. 31 y Paseo 114 6.000.000
8- Bombeo en Reservorios de la ciudad 2.500.000
9 Iluminación por Led 20.000.000
10- Intervención en el Pinar Norte con iluminación y equipamiento 2.000.000
11- Intervención en veredas urbanas 3.000.000
Total           65.000.000

 

ARTÍCULO  3º: Las características técnicas, memorias descriptivas y cortes Esquemáticos
——————–  de la obra, se adjuntan como Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza.—

 

ARTÍCULO 4º: Los trabajos se ejecutarán según las modalidades previstas en la Ley
——————–  Orgánica de las Municipalidades, y de la Ordenanza General Nº 165º de Obras Públicas Municipales, y de las Ordenanzas que al efecto se dicten.—

 

CAPITULO II

Fondo Común de Obras

 

ARTICULO 5º: Fijase para las obras aprobadas en el Artículo 1º, la modalidad de pago por
——————-  medio de contribución a un Fondo Común de Obras Públicas.—

 

ARTÍCULO 6º: Declárese de Utilidad Pública las Mejoras dispuestas y de Pago Obligatorio
——————– las contribuciones que por las mismas correspondieren para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles alcanzados por ésta norma y de acuerdo a las modalidades establecidas en el Artículo de la ejecución de  las obra señaladas en el presente capítulo.—

 

ARTÍCULO 7º: El costo total de las obras mencionadas precedentemente, determinado en las
——————– respectivas memorias descriptivas y que como Anexo I forman parte de la presente Ordenanza, será prorrateado y distribuido entre los titulares de dominio o responsables conforme lo establece el Código Tributario Municipal Ordenanza 2156/08 y modificatorias, correspondiente a las parcelas y/o unidades contributivas ubicadas dentro del radio del Partido de Villa Gesell por la totalidad de la obra.—

 

ARTÍCULO 8º: El aporte de los beneficiarios indicados en el Artículo precedente serán de
——————— pago exigible una vez sancionada la correspondiente Ordenanza definitiva por la Asamblea de Mayores Contribuyentes y registrada por la cuantía de la oposición que no podrá ser mayor al treinta (30%) por ciento.—
A efectos de determinar estos aportes se efectuará un sistema de prorrateo entre todos los contribuyentes beneficiados por el cual aportarán al financiamiento de la obra en función de la ubicación del inmueble y las zonas determinadas en el Código Tributario, Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y el valor total por unidad contributiva se fija en  720 módulos de conformidad con lo indicado en el Artículo 295º de la Ordenanza 2156/08.—

ARTÍCULO 9º: El pago de las obras se efectuara hasta en treinta y seis (36)  cuotas
——————–  mensuales, iguales y consecutivas.-

La contribución será exigible en los términos que se establecen en el Artículo 7º de la presente Ordenanza.—

 

ARTÍCULO 10º: La contribución que resulte estará a cargo de los propietarios y/o
——————— poseedores a título de dueño y/o adjudicatarios de los inmuebles beneficiados, sean propiedad de particulares, entidades oficiales o privadas y/o del dominio público o privados del Estado Provincial o Nacional sea cual fuere su destino.—

 

ARTÍCULO 11º: El costo de las obras conformado como Presupuesto Oficial será provisorio
——————— hasta la recepción final e incluirá el costo de materiales, mano de obra y gastos operativos, debiendo adicionarse los gastos administrativos y dirección técnica.—

ARTÍCULO 12º: Los beneficiarios que no ingresen en término los aportes al fondo común,
———————  incurrirán en mora de pleno derecho, estando alcanzados por los recargos, actualizaciones y sanciones establecidas en el Código Tributario vigente.—

ARTÍCULO 13º: El Registro de Oposición consignará los siguientes ítems:

———————- Sectores o áreas de obra Modalidad de ejecución Presupuesto Oficial de la obra Plazo de ejecución, sistema de prorrateo y valor de cada tipo de cuota promedio.-

Forma de pago: número de cuotas y vencimiento de cada una de ellas.—

 

ARTÍCULO 14º: Dicho Registro se abrirá a partir del día siguiente de promulgada la presente
——————— y por el término de quince (15) días corridos para que los propietarios afectados por las obras formulen su oposición a la misma. De obtenerse dentro del plazo establecido una oposición superior al treinta (30 %) por ciento de los contribuyentes de cada zona, la misma quedará sin efecto de ejecución. Vencido dicho término, la misma será obligatoria para la totalidad de los propietarios de los inmuebles comprendidos por la presente.—

ARTÍCULO 15º: Terminada  la  obra  y labrada el Acta   de Recepción Provisoria, se
——————— realizará el balance entre la certificación total (incluidas las variaciones de precios reales) y el total percibido por la aplicación de la presente Ordenanza.—
En caso de resultar saldos deudores a cargo de los vecinos los mismos serán liquidados en hasta seis (6) cuotas mensuales y consecutivas. Si el balance arrojase saldos acreedores a favor de los vecinos, los mismos constituirán recurso con afectación para la realización de obras complementarias para las mismas obras.—

 

ARTÍCULO 16º: El Departamento Ejecutivo Municipal confeccionará los Pliegos de Bases y
———————- Condiciones para la adquisición de elementos y contrataciones necesarias para la ejecución de las obras. El mismo, a través de la Secretaría de Planeamiento supervisará y recepcionará la obra.—

ARTÍCULO 17º: La Municipalidad tendrá a su cargo el cobro y pago de las Obras.- A esos
——————— efectos, para el ingreso de los fondos que aporten los propietarios de los inmuebles beneficiados se creará en el Cálculo de Recursos el siguientes rubro de ingresos y el consecuente Proyecto en el Presupuesto de Gastos Fondo Plan de Obras 2018.—

ARTICULO 18º:  Trátese en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes conforme lo
———————- establece el Articulo 29º de la Ley Orgánica Municipal.—

ARTICULO 19º: Déjese sin efecto la sanción nº 2627 aprobada en Sesión Ordinaria de fecha
——————— 18 de Diciembre de 2017.—

 ARTICULO 20ºComuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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