Ene 7, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2366/10
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Enero de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2207
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9085/10.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4904/10, incluido en el Expediente D-9085/10, en referencia a la Licitación Pública N° 11/10, Lote 36 MC, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell, y;
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento más fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de la Ofertas más que en la otra, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión -conforme al Decreto Municipal 2106/10- se procedió a evaluar las ofertas presentadas, teniendo en cuenta los dictámenes del Director de Seguridad Legal y Técnica, del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas y del Contador de la Municipalidad de Villa Gesell, recomendando aprobar y adjudicar la Oferta del Sr. Orlando Rubén Girgenti por poseer mayor puntaje;
Que de acuerdo a los Artículos 155° y 232° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 11/10 Lote 36 MC.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública N° 11/10 correspondiente al
—————— Lote 36 MC, al Señor Orlando Rubén Girgenti por poseer mayor puntaje en el total de los factores de evaluación de ofertas.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 7, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2367/10
FECHA DE SANCIÓN: 14 de Diciembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2191
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9079/10.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4900/10, incluido en el Expediente D-9079/10, en referencia a la Licitación Pública Nº 7/10, Lote 32 NVG, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155º, de la Ley Orgánica Municipal establece.. “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta Ley se registrara una sola oferta y esta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo”….
Que el Expediente Municipal contiene el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell Dr. Atilio Roncoroni, asimismo, obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Particulares de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, por el cual manifiesta el cumplimiento de parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones y que también existe el Acta de la Comisión de Pre adjudicación y Pre calificadora firmado por los funcionarios Municipales integrantes de dicha comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10;
Que de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Intendente Municipal Interina C.P.N. Martha S. Gaeta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la licitación Nº 7/10 Lote 32 NVG.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Publica Nº 7/10 correspondiente al Lote 32
——————- NVG, a la Señora IANNICELLI Mariana, por ser oferta única en cumplimiento al Artículo 155º de la Ley Orgánica Municipal.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 7, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2368/10
FECHA DE SANCIÓN: 14 de Diciembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2192
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9079/10.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4901/10, incluido en el Expediente D-9079/10, en referencia a la Licitación Pública Nº 8/10, Lote 33 MC, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155º, de la Ley Orgánica Municipal establece.. “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta Ley se registrara una sola oferta y esta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo”….
Que el Expediente Municipal contiene el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell Dr. Atilio Roncoroni, asimismo, obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Particulares de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, por el cual manifiesta el cumplimiento de parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones y que también existe el Acta de la Comisión de Pre adjudicación y Pre calificadora firmado por los funcionarios Municipales integrantes de dicha comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10;
Que de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Intendente Municipal Interina C.P.N. Martha S. Gaeta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la licitación Nº 8/10 Lote 33 MC.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Publica Nº 8/10 correspondiente al Lote 33
——————- MC, al Señor SAMBI Claudio, por ser oferta única en cumplimiento al Artículo 155º de la Ley Orgánica Municipal.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 7, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2369/10
FECHA DE SANCIÓN: 14 de Diciembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2193
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9079/10.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4902/10, incluido en el Expediente D-9079/10, en referencia a la Licitación Pública Nº 9/10, Lote 34 MC, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155º, de la Ley Orgánica Municipal establece.. “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta Ley se registrara una sola oferta y esta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo”….
Que el Expediente Municipal contiene el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell Dr. Atilio Roncoroni, asimismo, obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Particulares de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, por el cual manifiesta el cumplimiento de parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones y que también existe el Acta de la Comisión de Pre adjudicación y Pre calificadora firmado por los funcionarios Municipales integrantes de dicha comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10;
Que de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Intendente Municipal Interina C.P.N. Martha S. Gaeta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la licitación Nº 9/10 Lote 34 MC.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Publica Nº 9/10 correspondiente al Lote 34
——————- MC, a CALIMAS S.R.L., por ser oferta única en cumplimiento al Artículo 155º de la Ley Orgánica Municipal.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Ene 7, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2370/10
FECHA DE SANCIÓN: 14 de Diciembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2194
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9079/10.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4905/10, incluido en el Expediente D-9079/10, en referencia a la Licitación Pública Nº 12/10, Lote 37 MC, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155º, de la Ley Orgánica Municipal establece.. “si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta Ley se registrara una sola oferta y esta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo”….
Que el Expediente Municipal contiene el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell Dr. Atilio Roncoroni, asimismo, obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Particulares de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, por el cual manifiesta el cumplimiento de parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones y que también existe el Acta de la Comisión de Pre adjudicación y Pre calificadora firmado por los funcionarios Municipales integrantes de dicha comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10;
Que de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Intendente Municipal Interina C.P.N. Martha S. Gaeta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la licitación Nº 12/10 Lote 37 MC.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Publica Nº 12/10 correspondiente al Lote 37
——————- MC, a BENAMAR S.A., por ser oferta única en cumplimiento al Artículo 155º de la Ley Orgánica Municipal.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—