Jun 23, 2017 | Sin categoría
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1903/03
FECHA DE SANCIÓN: 7 de Mayo de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1715
EXPEDIENTE H. C. D. N°: D-6300/02
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir como
– – – – – – – – – – – pago de impuestos el importe correspondiente al terreno lote 1 Sección D primera categoría, se anexa estudio realizado por la Comisión ANEXO I.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – —
Jun 23, 2017 | Sin categoría
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1902/03
FECHA DE SANCIÓN: 7 de mayo de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1714
EXPEDIENTE H. C. D. N°: V-6549/03.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1852/02, el que
– – – – – – – – – – – – quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a – – – –
disponer de un espacio público de la Peatonal 106 entre el N°
337/338 y la Avenida 3 para la instalación de los Artesanos
Geselinos integrantes de la Feria de Expresiones Manuales y
Culturales Autóctonas a partir de la fecha de sanción de la
Presente Ordenanza, que comprende del 1° de marzo hasta el 14 de
Diciembre de cada año, utilizando en la temporada estival el
predio de la Plaza de las Américas, como figura en el Artículo 3°
de la Ordenanza 1852/02.- —————————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jun 23, 2017 | Sin categoría
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1901/03
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Abril de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1713
EXPEDIENTE H. C. D. N°: B-6540/03.-
VISTO:
El Expediente B-6540/03 iniciado por el Banco Provincia (Sucursal Villa Gesell) solicitando la instalación de un cajero automático en la Terminal de Ómnibus,
CONSIDERANDO:
Que un cajero automático debe contar con una ubicación que permita un fácil y seguro acceso de los vecinos y turistas las veinticuatro (24) horas del día y durante todo el año,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°; Apruébase el convenio suscripto entre el Señor Intendente
– – – – – – – – – – – Municipal Don Héctor Luis Baldo, representando a la Municipalidad de Villa Gesell, y el Señor Daniel A. Iturría representando al Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Villa Gesell, que consta a folio 6 y de acuerdo al plano de ubicación de los folios 4 y 5 del expediente B-6540/03.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –
Jun 23, 2017 | Sin categoría
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1900/03
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Abril de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1712
EXPEDIENTE H. C. D. N°: D-6199/02.-
VISTO:
La necesidad de que la feligresía de Mar de las Pampas cuente con un terreno en donde erigir un templo, y
La solicitud del Señor Cura Párroco, y
CONSIDERANDO:
Que se vienen realizando las celebraciones litúrgicas en lugares cedidos por los vecinos, y
Que el folio 11 del expediente el Señor Cura Párroco solicita un terreno fiscal en la localidad de Mar de las Pampas para construir una Capilla;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Cédase al Obispado de Mar del Plata un lote de terreno designado
– – – – – – – – – – catastralmente como Circunscripción VI, Sección C, Fracción 45, Parcela 86 con una superficie de 9.194,44 m2 (nueve mil ciento noventa y cuatro con cuarenta y cuatro metros cuadrados), ubicada en la intersección de las calles Mansilla y José Mármol de la Localidad de Mar de las Pampas.- – –
ARTICULO 2°: La parcela cedida deberá ser destinada exclusivamente a la
– – – – – – – – – – – – construcción de un templo para la feligresía católica, fijándose dos (2) años como plazo máximo para la iniciación de los trabajos y cinco (5) años para su terminación, a partir de la sanción de la presente.- – –
ARTICULO 3°: Solicítase a la Escribanía General de Gobierno su intervención
– – – – – – – – – – – para la escrituración del bien cedido.- – –
ARTICULO 4°: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jun 23, 2017 | Sin categoría
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1899/03
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase un espacio en la Plaza Los Frutales, situada ente Avenidas 4 y
—————— 5 y los Paseos 127 bis y 128, de nuestra ciudad a la Parroquia Inmaculada Concepción, para emplazar una ermita para nuestra Señora de Schoenstatt, a construir por los vecinos de la Grey Católica de Villa Gesell.—
ARTICULO 2º: Asesórese a la Parroquia Inmaculada Concepción representada por el
——————- Pbro. Miguel Cacciutto, Cura Párroco y el Diácomo Permanente Walter Piera, en referencia al diseño e implantación de la ermita de la imagen religiosa, dicha cesión y construcción no erogará gasto alguno a la Municipalidad.—
ARTICULO 3º: Derógase la Ordenanza Nº 1861/02.—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Cumplido archívese.—