Ordenanza 1903/03

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

1903/03

                                     FECHA DE SANCIÓN: 7 de Mayo de 2003.-
                                     NUMERO DE REGISTRO: 1715
                                     EXPEDIENTE H. C. D. N°: D-6300/02

 

 

 O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir como
– – – – – – – – – – –   pago de impuestos el importe correspondiente al terreno lote 1 Sección D primera categoría, se anexa estudio realizado por la Comisión ANEXO I.- – –

ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – —

 

Ordenanza 1902/03

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

1902/03

                                     FECHA DE SANCIÓN: 7 de mayo de 2003.-
                                       NUMERO DE REGISTRO: 1714
                                      EXPEDIENTE H. C. D. N°: V-6549/03.-

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1852/02, el que
– – – – – – – – – – – –    quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a  – – – –

disponer de un espacio público de la Peatonal 106 entre el N°

337/338 y la Avenida 3 para la instalación de los Artesanos

Geselinos integrantes de la Feria de Expresiones Manuales y

Culturales Autóctonas a partir de la fecha de sanción de la

Presente Ordenanza, que comprende del 1° de marzo hasta el 14 de

Diciembre de cada año, utilizando en la temporada estival el

predio de la Plaza de las Américas, como figura en el Artículo 3°

de la Ordenanza 1852/02.- —————————————————-

ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –


Ordenanza 1901/03

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1901/03

                                   FECHA DE SANCIÓN: 21 de Abril de 2003.-
                                   NUMERO DE REGISTRO: 1713
                                   EXPEDIENTE H. C. D. N°: B-6540/03.-

 

VISTO:

El Expediente B-6540/03 iniciado por el Banco Provincia (Sucursal Villa Gesell) solicitando la instalación de un cajero automático en la Terminal de Ómnibus,

 

CONSIDERANDO:

Que un cajero automático debe contar con una ubicación que permita un fácil y seguro acceso de los vecinos y turistas las veinticuatro (24) horas del día y durante todo el año,

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°; Apruébase el convenio suscripto entre el Señor Intendente
– – – – – – – – – – –  Municipal Don Héctor Luis Baldo, representando a la Municipalidad de Villa Gesell, y el Señor Daniel A. Iturría representando al Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Villa Gesell, que consta a folio 6 y de acuerdo al plano de ubicación de los folios 4 y 5 del expediente B-6540/03.- – –

ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –

Ordenanza 1900/03

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1900/03

                                       FECHA DE SANCIÓN: 21 de Abril de 2003.-
                                       NUMERO DE REGISTRO: 1712
                                       EXPEDIENTE H. C. D. N°: D-6199/02.-


VISTO
:

La necesidad de que la feligresía de Mar de las Pampas cuente con un terreno en donde erigir un templo, y

La solicitud del Señor Cura Párroco, y

 

CONSIDERANDO:

Que se vienen realizando las celebraciones litúrgicas en lugares cedidos por los vecinos, y

Que el folio 11 del expediente el Señor Cura Párroco solicita un terreno fiscal en la localidad de Mar de las Pampas para construir una Capilla;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Cédase al Obispado de Mar del Plata un lote de terreno designado
– – – – – – – –  – –    catastralmente como Circunscripción VI, Sección C, Fracción 45, Parcela 86 con una superficie de 9.194,44 m2 (nueve mil ciento noventa y cuatro con cuarenta y cuatro metros cuadrados), ubicada en la intersección de las calles Mansilla y José Mármol de la Localidad de Mar de las Pampas.- – –

ARTICULO 2°: La parcela cedida deberá ser destinada exclusivamente a la
– – – – – – – – – – – –   construcción de un templo para la feligresía católica, fijándose dos (2) años como plazo máximo para la iniciación de los trabajos y cinco (5) años para su terminación, a partir de la sanción de la presente.- – –

ARTICULO 3°: Solicítase a la Escribanía General de Gobierno su intervención
– – – – – – – – – – –    para la escrituración del bien cedido.- – –

ARTICULO 4°: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

Ordenanza 1899/03

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1899/03

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Cédase un espacio en la Plaza Los Frutales, situada ente Avenidas 4 y
——————   5 y los Paseos 127 bis y 128, de nuestra ciudad a la Parroquia Inmaculada Concepción, para emplazar una ermita para nuestra Señora de Schoenstatt, a construir por los vecinos de la Grey Católica de Villa Gesell.—

ARTICULO 2º: Asesórese a la Parroquia Inmaculada Concepción representada por el
——————- Pbro. Miguel Cacciutto, Cura Párroco y el Diácomo Permanente Walter Piera, en referencia al diseño e implantación de la ermita de la imagen religiosa, dicha cesión y construcción no erogará gasto alguno a la Municipalidad.—

ARTICULO 3º:  Derógase la Ordenanza Nº 1861/02.—

ARTICULO 4º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y Cumplido archívese.—