Ordenanza 1754/00 Denominando Plazoleta de Boulevard S. Gesell de Paseos 114 y 113 Plazoleta Italia.

Ordenanza 1754/00 Denominando Plazoleta de Boulevard S. Gesell de Paseos 114 y 113 Plazoleta Italia.

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

1754/00

                                 FECHA DE SANCION: 4 de Septiembre de 2000.-
                                 NUMERO DE REGISTRO: 1558
                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: C-5678/00
VISTO:

El Expediente C-5678/00 presentado por el «Círculo Italiano de Villa Gesell «; y


CONSIDERANDO:

                 Que en el mismo se presenta un proyecto que mejorará la infraestructura,, forestación y mantenimiento de la plazoleta central del Boulevard Silvio Gesell  entre los Paseos. 114 y 115, y  que el mencionado proyecto marcará la presencia y rendirá homenaje a una de las principales corrientes inmigratorias que fueron pioneras en la fundación de nuestra comunidad;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O   R   D   E   N   A    N   Z   A

 

ARTICULO 1º: Denominase «Plazoleta Italia» a la plazoleta Central del  Boulevard
– – – – – – – – – – – – Silvio Gesell ubicada entre los Paseos 114 y 115 de nuestra localidad.- – –

ARTICULO 2º: Los trabajos a realizar en dicha plazoleta según el proyecto
– – – – – – – – – – – – presentado en el Expediente C 5678/00, deberán ser coordinados entre la Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y el Círculo Italiano de Villa Gesell.- – –

ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a  firmar un
– – – – – – – – – – – convenio con el Círculo Italiano de Villa Gesell en el que conste que los gastos que demande la obra que prevé el Articulo 2º estarán a cargo de la institución peticionante.- – –

ARTICULO 4º: La autorización conferida en el Articulo 2º de la  Ordenanza Nº
– – – – – – – – – – –  1749/00 se traslada a la Plazoleta central sita en el Boulevard Silvio Gesell entre los  Paseos 113 y 114.- – –

ARTICULO   5º: Comuníquese, dese, al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

Ordenanza 1754/00 Denominando Plazoleta de Boulevard S. Gesell de Paseos 114 y 113 Plazoleta Italia.

Ordenanza 1753/00 Plaza de las Maestras a la Plaza de Paseo 129 y 130 E/Av 4 y 5.

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

1753/00

                                      FECHA DE SANCIÓN: 4 de Septiembre de 2000.-                           
                                      NUMERO DE REGISTRO: 1557
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: L-5035/98.-

 

O   R   D    E   N   A   N   Z   A

 

ARTICULO 1º:  Denominase «Plaza de la Maestra a la Manzana 222 de la Sección
– – – – – – – – – – – A, Circunscripción VI, ubicada entre los Paseos 129 y 130 y las Avenidas 4 y 5 de nuestra localidad.- – –

ARTICULO 2º:  El proyecto arquitectónico y paisajístico será realizad por la
– – – – – – – – – – – – Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Gesell en consulta con el Consejo Escolar del Distrito.- – –

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá contemplar en el
– – – – – – – – – – – –   proyecto de Presupuesto General de Gastos para el año 2001 las partidas necesarias para ejecutar la obra.- – –

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido.- – –

 

Ordenanza 1754/00 Denominando Plazoleta de Boulevard S. Gesell de Paseos 114 y 113 Plazoleta Italia.

Ordenanza 1752/00 Suspensión de Construcción de Locales Comerciales en Mar de las Pampas. Derogara por Ord. 1777/00.

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1752/00

                                FECHA DE SANCIÓN: 22     de Agosto de 2000.-
                                NUMERO DE REGISTRO: 1556
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: C-5708/00

 

VISTO:

La reunión mantenida con vecinos de Mar de las Pampas, y
CONSIDERANDO:

Que se manifiesta por parte de los mismos una gran preocupación por la instalación creciente de usos comerciales de gran impacto en el paisaje, medio ambiente y en la infraestructura de la localidad,

Que la Ordenanza Nº 1057/93 que establece la zonificación en la localidad de Mar de las Pampas, contempla en la zona denominada C1 estos usos comerciales,

Que lo mismo sucede con la Ordenanza Nº 1171/94 que establece la zonificación en la localidad de Mar Azul,

Que el desarrollo de estas localidad es hasta la fecha ha sido predominantemente de uso residencial y turístico,

Que los vecinos de las localidades antes mencionadas han participado en las reuniones para el desarrollo del Plan Estratégico que se está realizando conjuntamente con la Universidad de La Plata y en las mismas han manifestado inquietudes con respecto a las Ordenanzas de zonificación, y

Que la Ordenanza Nº 1730/99 sancionada por este Honorable Concejo Deliberante se encuentra en etapa de corrección y convalidación por la Secretaría de tierras y Urbanismos de la Provincia de Buenos Aires,

 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Suspéndase por el término de ciento veinte (120) días la  presentación,
– – – – – – – – – – – –  tramitación  y  aprobación  de expedientes para la construcción de nuevos locales comerciales en las zonas señaladas como C1 por la Ordenanza 1057/93 y CÍA y CTA por la Ordenanza Nº 1171/94.- – –

ARTICULO 2º: Suspéndase preventivamente por el término de ciento  veinte (120)
– – – – – – – – – – – –  días, las habilitaciones comerciales en las zonas mencionadas en el Articulo 1º de la presente.—

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –

Ordenanza 1754/00 Denominando Plazoleta de Boulevard S. Gesell de Paseos 114 y 113 Plazoleta Italia.

Ordenanza 1751/00 Declarando de Interés Cultural Municipal Permanente Actividad Grupo Vocal INTI

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1751/00

                                  FECHA DE SANCIÓN: 7 de Agosto de 2000.-
                                  NUMERO DE REGISTRO: 1555
                                  EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-5680/00
VISTO:

La presentación de su primer CD realizada por el Conjunto Vocal INTI, y

 

CONSIDERANDO:

Que la citada agrupación musical presenta una elevada calidad artística en sus interpretaciones;

Que los diversos géneros de música y canto popular que aborda  la hacen  francamente representativa de  la tradición cultural de Villa Gesell,

 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

 

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Cultural Municipal Permanente a la actividad que
– – – – – – – – – – –   desarrolla el Conjunto Vocal INTI.- – –

ARTICULO 2º: Comuníquese  dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –