1637/98 Reconociendo deuda Escribano Carlos F. Lupo

1637/98 Reconociendo deuda Escribano Carlos F. Lupo

1637/98

                            FECHA DE SANCION:  6 de julio de 1998.——–
                            NUMERO DE REGISTRO:1432.-
                            EXPEDIENTE H. C. D. D-5101/98.-

VISTO:

El expediente D-5101/98, por el cual el Escribano Carlos F. Lupo reclama el pago de varias facturas
correspondientes al año 1995, y

CONSIDERANDO:

El informe del Contador Municipal a fojas 34,

El informe de Asesoría Legal a fojas 35,

Las copias de actas notariales obrantes en fojas 21 a 31 y el informe del Secretario de Planeamiento, Obras y
Servicios Públicos en fojas 32, y que se da cumplimiento al Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Reconózcase la deuda de $ 1760.00 (pesos mil setecientos sesenta)
——————-   correspondientes a servicios prestados en el año 1995 detallados en las facturas Nº 1089-1090-1091-1092 y 1139.—

ARTICULO 2º:  Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a contabilizar la
——————-  deuda de $ 1760.00 (pesos mil setecientos sesenta) contra la Cuenta de Resultados acumulados, siendo la imputación del ejercicio de origen año 1995 Cuenta 130-1-1-2-12-1 Honorarios Sector Público y Privado.—

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

1637/98 Reconociendo deuda Escribano Carlos F. Lupo

1636/98 Señalización de Calles

1636/98

                            FECHA DE SANCION:   6  de julio de 1998.——-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1431.-
                            EXPEDIENTE H. C. D. D-5116/98.-

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º:  Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación
——————-   Pública para provisión, colocación, control y mantenimiento para la señalización vertical con explotación publicitaria por concesión de Obra Pública en el Partido de Villa Gesell, obrante en el Expediente D-5116/98.—

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

1637/98 Reconociendo deuda Escribano Carlos F. Lupo

1634/98 Convalidando Decreto N° 212 Circulación Vehicular Av. 10 E/ 104 y 105

1634/98

                            FECHA DE SANCION: 16 de Junio de 1998.——
                            NUMERO DE REGISTRO: 1430
                            EXPEDIENTE H. C. D. D-5102/98.-

VISTO:

              El Expediente D-5102/98, y

CONSIDERANDO:

                                 Que en el mismo se eleva el Decreto firmado por el Departamento Ejecutivo Municipal modificando el sentido de circulación vehicular en la Avenida 10 entre los Paseos 104 y 105 por el cual pasa a ser de mano única, con sentido SUR-NORTE,

Que dicha modificación fue solicitada por el Colegio “San Martín” y varios vecinos de esta Institución Educativa,

Que dicho Decreto se dicta “Ad-Referéndum” de este Honorable Concejo Deliberante por ser atribución del mismo, según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en el Artículo 27º, inciso 18;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Convalidase el Decreto Nº 212 con fecha 30-03-98 dictado por el
——————–   Departamento Ejecutivo Municipal estableciendo el sentido de circulación vehicular SUR-NORTE de la Avenida 10 entre los Paseos 104 y 105 de nuestra Localidad.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

1637/98 Reconociendo deuda Escribano Carlos F. Lupo

1633/98 Rendición de Cuentas 1997

1633/98

                            FECHA DE SANCION: 9 de Junio de 1998.——-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1428
                            EXPEDIENTE H. C. D.  D-5059/98 Alc.2.-

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º:  Apruébese la Rendición de Cuentas correspondientes ala Ejercicio Fiscal 1997.—

ARTICULO 2º:  Elévese la documentación al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.—

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—