Jun 6, 2021 | Sin categoría
FECHA DE SANCION: 2 de Junio de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 4986
EXPEDIENE H.C.D. Nº: B13684/21.-
VISTO:
El programa “Marea Sanitaria – Postas de Refuerzo Sanitario” del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que, este programa se está desarrollando en nuestra localidad desde el mes de diciembre del 2020.
Que, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires implementó este programa con el objetivo de concientizar tanto a geselinos y geselinas como también a turistas sobre las medidas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Que, estas medidas tienen como finalidad frenar la circulación del virus SARS COV 2, evitando los contagios y las pérdidas de vidas humanas que mundialmente ya superan el millón ochocientos mil personas.
Que, con estos objetivos planteados se establecieron en nuestra ciudad 5 puestos sanitarios, más un sexto puesto ubicado en el Polo Cultural Sur los días viernes, sábados y domingo.
Que, en los puestos del programa “Marea sanitaria” hay material informativo y personal capacitado para asesorar a quienes se acercan al lugar.
Que, no sólo se recibe las consultas que la gente hace al acercarse a los puestos, sino que también se recorre la localidad para acercar la información y las medidas sanitarias a quienes se encuentren en Villa Gesell.
Que, este es uno de muchos programas que se están llevando adelante para la toma de conciencia de la población argentina sobre la pandemia que el COVID-19 trajo a nuestro mundo, y en este caso, acercar información a quienes se encuentren en nuestro distrito.
Qué asimismo, el puesto que estuvo ubicado en Avenida Costanera y Paseo 113 realizó testeos mediante hisopados con antígenos para detectar COVID – 19 en aquellas personas que no tenían síntomas y en Avenida 4 y Paseo 110 Bis se realizaron los testeos mediante hisopados para quienes tenían síntomas.
Que también y en la actualidad están llevando adelante inscripciones para aquellas personas que quieren vacunarse, recorriendo los distintos barrios de nuestra ciudad, acercando así un servicio a quienes muchas veces no cuentan con las herramientas tecnológicas o no tienen los conocimientos técnicos para poder inscribirse.
Que este acercamiento de la información a vecinos, vecinas y turistas derriba mitos y miedos sobre la vacuna y permite que las personas se inscriban sabiendo las ventajas y cuidados que deben tenerse cuando se les aplica cualquier vacuna.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
PRIMERO: El Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell manifiesta el
————— beneplácito por el programa “Marea Sanitaria – Postas de Refuerzo Sanitario” del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires que se está desarrollando en el Partido desde el mes de Diciembre del año 2020 y que continua hasta la fecha.—
SEGUNDO: Comuníquese la presente Resolución al Ministerio de Salud de la
—————- Provincia de Buenos Aires.—
TERCERO: Comuníquese a la Dirección de Prensa Municipal para que se dé amplia
—————- difusión a la presente en los medios locales y zonales, tanto radiofónicos, periódicos, televisivos y vía redes, resaltando la labor de los y las participantes de dicho programa.—
Jun 6, 2021 | Ordenanzas, ORDENANZAS
3108/21
FECHA DE SANCION: 7 de Mayo de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2971
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13711/21.-
VISTO:
El expediente letra D-Nº 13.711/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de elevar la Rendición de Cuentas 2020; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo se acompaña la documentación respaldatoria de la Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2020 conforma la normativa vigente en la materia, Decreto Ley 6769/58 y modificatorias, Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley 10869 Orgánica del Tribunal de Cuentas, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de Recursos Financieros y Reales para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires (RAFAM).-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese la Rendición de Cuentas correspondiente a
———————– la Municipalidad de Villa Gesell por el ejercicio finalizado el 31 de Diciembre de 2020 en base a los Libros y Anexos examinados.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Jun 6, 2021 | Ordenanzas, ORDENANZAS
3107/21
FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2970
EXPEDIENTE H.C.D Nº: V-13311/20.-
VISTO:
El expediente letra V-Nº 13.311/20 iniciado por Varios Vecinos con motivo de solicitar asignar nombre a Barrio; y
CONSIDERANDO:
Que, un grupo de vecinos y vecinas de nuestra ciudad presentó una nota en este Honorable Concejo Deliberante a fin de asignarle nombre al barrio en el que viven;
Que, el nombre elegido entre veintiún (21) propuestas fue “General Don José de San Martin”;
Que, de una reunión realizada en la Comisión de Obras, Servicios y Transporte Público con vecinos de la zona, se receptó la inquietud de nombrar al barrio ubicado entre los Paseos 130 a 133, desde la Avenida Boulevard a la avenida 15, incluyendo la manzana 22r ubicada entre los paseos 132 a 133 entre avenida 15 y Circunvalación.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Denomínese con el nombre “GENERAL DON JOSÉ DE SAN
———————- MARTÍN”,al barrio compuesto por las siguientes manzanas: 21b, 21c, 21d, 21e, 21g, 21h, 21m, 21n, 22-2, 22c, 22d, 22e, 22f, 22-7, 22n, 22m y 22r, ubicadas entre los Paseos 130 a 133 desde la Avenida Boulevard hasta la avenida 15, incluyendo la manzana 22r ubicada entre los Paseos 132 a 133 entre Avenida 15 y Circunvalación.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Jun 6, 2021 | Ordenanzas, ORDENANZAS
3106/21
FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2969
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: M-13657/21.-
VISTO:
El expediente letra M-Nº 13.657/21 iniciado por Migliorisi, Adriana con motivo de solicitar se incorpore en comunicaciones de la Municipalidad “Línea 168”; y
CONSIDERANDO:
Que, el INADI anunció la incorporación de la línea gratuita 168 para asistir a las personas víctimas de discriminación, racismo y xenofobia;
Que, dicha línea funcionara todos los días, de 9 a 19 horas, incluyendo sábados, domingos y feriados, sumándose como una vía de contacto complementaria al correo electrónico y a los formularios web disponibles en la página del Instituto;
Que, según un trabajo de sistematización de las denuncias recibidas en el Inadi, entre los años 2008 y 2019, los mayores motivos de discriminación durante esos 11 años fueron: discapacidad (20%), Estado de salud (10,8%), Personas LGBTIQ+ (10,5%), que agrupa las denuncias por discriminación hacia la orientación sexual (6,3%) y hacia la identidad de género (4,2%), Migrantes (7,9%) y Género (7%);
Que además, se sabe los ámbitos donde ocurren actos discriminatorios y los principales referidos fueron: laboral (29,9%), educativo (11,4%), administración pública (10,3%), vía pública (8,2%) y en el barrio o vivienda (8,2%).-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo que incluya a todos los
———————- recibos de tasas municipales la leyenda: “Si vos o alguien que conoces son víctimas de discriminación, racismo y xenofobia llama a la línea telefónica gratuita de asesoramiento 168”.—
ARTÍCULO 2º: Invítese a las Empresas Prestatarias de Servicios Públicos, a evaluar ———————
la factibilidad de adoptar una medida similar, consignando en las facturas que envían a sus usuarios y usuarias y/o consumidores y consumidoras, la leyenda, “Si vos o alguien que conoces son víctimas de discriminación, racismo y xenofobia llama a la línea telefónica gratuita de asesoramiento 168” habilitada para brindar información, orientación, asesoramiento y asistencia a personas víctimas de discriminación, racismo y xenofobia en todo el País.—
ARTÍCULO 3º: Difúndase mediante el desarrollo de una campaña informativa el
———————- funcionamiento de la línea 168 y la concientización en contra de la discriminación, el racismo y la xenofobia coordinada por la jefatura de gabinete de la Municipalidad de Villa Gesell.—
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Jun 6, 2021 | Ordenanzas, ORDENANZAS
3105/21
FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2968
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13750/21.-
VISTO:
El expediente letra D-Nº 13.750/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de convalidación de convenio entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que la ley Nº 14.812 declaró la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Convalídese el convenio registrado bajo el numero 001 236 2021,
———————- firmado entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—