Dic 1, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3018/20
FECHA DE SANCION: 2 de Noviembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2878
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13484/20.-
VISTO:
El expediente letra D-Nº 13.484/20 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de adquisición de vehículo; y
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado expediente fue elevado por el Poder Ejecutivo bajo el número letra S- 3349/20 iniciado por la Secretaria de Salud, Dra. Romero Vega con motivo de solicitar la adquisición de un vehículo carrozado y equipado para ambulancia;
Que, la adquisición de dicho vehículo mejorará la atención domiciliaria, ya que a raíz de las medidas preventivas se ha intentado disminuir la cantidad de personas que asistan al Hospital Municipal;
Que, al haber solamente un oferente en la licitación, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155º, dictamina que la autorización pase por el Concejo Deliberante.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorizase a adjudicar la Licitación Pública Nº 09/20 para la
———————- Adquisición de un vehículo carrozado y equipado, modelo Mercedes Benz 416 para ser afectado al servicio de ambulancia, por la suma de Pesos seis millones setecientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y tres ($6.749.753.-) a la firma Tecnología en Seguridad y Servicios S.R.L en cumplimiento del Art. 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades por ser su oferta única.——-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—-
Nov 11, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3017/20
FECHA DE SANCION: 2 de Noviembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2880
EXPEDIENTE H. C.D. Nº: D-13512/20.-
VISTO:
La nota elevada por el Intendente Municipal, Gustavo Barrera para convalidar el convenio registrado bajo el número 002-542-2020 firmado entre Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que, el donante dona a la Municipalidad de Villa Gesell la cantidad de UN MIL (1.000) durmientes en desuso de quebracho colorado;
Que, dicha donación reviste gran importancia para el embellecimiento de la infraestructura Pública.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorícese a convalidar el Convenio entre el Municipio de Villa
——————— Gesell y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias del Estado bajo el número 002-542-2020 para la donación de UN MIL (1.000) durmientes de quebracho colorado.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 11, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3016/20
FECHA DE SANCION: 2 de Noviembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2879
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-13510/20.-
VISTO:
La nota elevada por el Intendente Municipal Gustavo Barrera para autorizar la firma del Convenio con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Pandemia por COVID-19 el Hospital Modular ayudará a reforzar el sistema sanitario local;
Que, el Hospital Modular servirá para descomprimir la atención en el Hospital Municipal y organizar la atención sanitaria durante la temporada de verano;
Que, esto es el resultado de un trabajo mancomunado entre el Municipio de Villa Gesell y la Provincia de Buenos Aires.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorícese la firma del convenio entre el Ministerio de
———————— Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, por la suma de Pesos trece millones quinientos mil ($13.500.000.-) destinada a financiar la ejecución del proyecto de Obra Pública Municipal “Hospital Modular”.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 11, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3015/20
FECHA DE SANCION: 28 de Octubre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2876
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 13458/20.-
VISTO:
El presente Expediente Municipal Nº 2277/20 referida a la Licitación Pública Nº 08/20 para la adquisición de “una (1) Reactancia Limitadora de Corriente de Cortocircuito de 33 kV (j2 – 6.000 A) para ejecutar la ampliación de la estación transformadora de la localidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que se realizó la apertura de sobres del día 21 de septiembre del corriente año y que se ha presentado una sola oferta, la correspondiente a la empresa “Los Conce” SAIMCIYF S.A CUIT 30-56868937-9.
Que esta oferta a dado cumplimiento con los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones, y con la documentación solicitada, tal como surge del presente expediente y del dictamen realizado por la Comisión Evaluadora.
Que este oferente ha ofrecido la calidad técnica solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones con respecto a la fabricación y venta de este material a adquirir por la municipalidad conforme lo establece el artículo 14 del Pliego de bases y condiciones y sus especificaciones técnicas generales y particulares.
Que este único oferente cuenta con la capacidad financiera para fabricar el elemento a adquirir y que realizó una cotización inferior al presupuesto oficial por lo que es conveniente a los intereses de esta Municipalidad.
Que, al haber solamente un oferente en la licitación, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155, dictamina que la autorización pase por el Concejo Deliberante.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase a adjudicar la Licitación Pública 08/20 para la
———————- adquisición de una (1) Reactancia Limitadora de Corriente de Cortocircuito de 33 kV (j2 – 6.000 A) por la suma de Dólares Estadounidenses veintisiete mil doscientos (U$D 27.200) y de acuerdo a los parámetros que establece el artículo 86 del Pliego de Bases y Condiciones, esta oferta asciende a la suma de pesos dos millones ciento cincuenta y cinco mil seiscientos ($2.155.600) a la empresa “Los Conce” SAIMCIYF S.A CUIT 30-56868937-9, en cumplimiento del Art. 155º la Ley Orgánica de las Municipalidades por ser su oferta única.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 11, 2020 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3014/20
FECHA DE SANCION: 7 de Octubre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2870
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-13410/20.-
VISTO:
El informe 2020, emisión de criterio 2017, presentado por la Jefatura Distrital de Educación Villa Gesell Región 18 inspectora Jefa Distrital Licenciada Carla Bevacqua y el pedido del Consejo Escolar en referencia a la solicitud de lote para la construcción de la Escuela Secundaria Nº 5 conformada desde 2013 y CEF Nº 150 conformado desde 2010; y
CONSIDERANDO:
Que, el compromiso del Señor Intendente Municipal con la Educación en Villa Gesell se pone de manifiesto de manera permanente;
Que, la Ordenanza 2315/10 caducó.
Que, según el informe presentado por la Jefatura Distrital adjunto a la presenta deja de manifiesto la necesidad de un terreno para la Construcción de la Escuela antes mencionada.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase la manzana 19 ª A de la Circunscripción VI; Sección A,
———————- para la construcción de la Escuela Secundaria Nº 5 y el Centro de Educación Física a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.—
ARTICULO 2º: Establézcase que dichos establecimientos deberán estar iniciados en
——————— un plazo máximo de cinco (5) años a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.—
ARTICULO 3º: En caso que las obras no se lleven a cabo en los plazos previstos en
———————- el artículo precedente, el lote donado volverá a propiedad de ésta Municipalidad.—
ARTICULO 4º: Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.—
ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—