FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2021.- NUMERO DE REGISTRO: 2970 EXPEDIENTE H.C.D Nº: V-13311/20.-
VISTO:
El expediente letra V-Nº 13.311/20 iniciado por Varios Vecinos con motivo de solicitar asignar nombre a Barrio; y
CONSIDERANDO:
Que, un grupo de vecinos y vecinas de nuestra ciudad presentó una nota en este Honorable Concejo Deliberante a fin de asignarle nombre al barrio en el que viven;
Que, el nombre elegido entre veintiún (21) propuestas fue “General Don José de San Martin”;
Que, de una reunión realizada en la Comisión de Obras, Servicios y Transporte Público con vecinos de la zona, se receptó la inquietud de nombrar al barrio ubicado entre los Paseos 130 a 133, desde la Avenida Boulevard a la avenida 15, incluyendo la manzana 22r ubicada entre los paseos 132 a 133 entre avenida 15 y Circunvalación.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º:Denomínese con el nombre “GENERAL DON JOSÉ DE SAN ———————- MARTÍN”,al barrio compuesto por las siguientes manzanas: 21b, 21c, 21d, 21e, 21g, 21h, 21m, 21n, 22-2, 22c, 22d, 22e, 22f, 22-7, 22n, 22m y 22r, ubicadas entre los Paseos 130 a 133 desde la Avenida Boulevard hasta la avenida 15, incluyendo la manzana 22r ubicada entre los Paseos 132 a 133 entre Avenida 15 y Circunvalación.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2021.- NUMERO DE REGISTRO: 2969 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: M-13657/21.-
VISTO:
El expediente letra M-Nº 13.657/21 iniciado por Migliorisi, Adriana con motivo de solicitar se incorpore en comunicaciones de la Municipalidad “Línea 168”; y
CONSIDERANDO:
Que, el INADI anunció la incorporación de la línea gratuita 168 para asistir a las personas víctimas de discriminación, racismo y xenofobia;
Que, dicha línea funcionara todos los días, de 9 a 19 horas, incluyendo sábados, domingos y feriados, sumándose como una vía de contacto complementaria al correo electrónico y a los formularios web disponibles en la página del Instituto;
Que, según un trabajo de sistematización de las denuncias recibidas en el Inadi, entre los años 2008 y 2019, los mayores motivos de discriminación durante esos 11 años fueron: discapacidad (20%), Estado de salud (10,8%), Personas LGBTIQ+ (10,5%), que agrupa las denuncias por discriminación hacia la orientación sexual (6,3%) y hacia la identidad de género (4,2%), Migrantes (7,9%) y Género (7%);
Que además, se sabe los ámbitos donde ocurren actos discriminatorios y los principales referidos fueron: laboral (29,9%), educativo (11,4%), administración pública (10,3%), vía pública (8,2%) y en el barrio o vivienda (8,2%).-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º:Encomiéndese al Departamento Ejecutivo que incluya a todos los ———————- recibos de tasas municipales la leyenda: “Si vos o alguien que conoces son víctimas de discriminación, racismo y xenofobia llama a la línea telefónica gratuita de asesoramiento 168”.—
ARTÍCULO 2º: Invítese a las Empresas Prestatarias de Servicios Públicos, a evaluar ——————— la factibilidad de adoptar una medida similar, consignando en las facturas que envían a sus usuarios y usuarias y/o consumidores y consumidoras, la leyenda, “Si vos o alguien que conoces son víctimas de discriminación, racismo y xenofobia llama a la línea telefónica gratuita de asesoramiento 168” habilitada para brindar información, orientación, asesoramiento y asistencia a personas víctimas de discriminación, racismo y xenofobia en todo el País.—
ARTÍCULO 3º: Difúndase mediante el desarrollo de una campaña informativa el ———————- funcionamiento de la línea 168 y la concientización en contra de la discriminación, el racismo y la xenofobia coordinada por la jefatura de gabinete de la Municipalidad de Villa Gesell.—
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2021.- NUMERO DE REGISTRO: 2968 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13750/21.-
VISTO:
El expediente letra D-Nº 13.750/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de convalidación de convenio entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que la ley Nº 14.812 declaró la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Convalídese el convenio registrado bajo el numero 001 236 2021, ———————- firmado entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
FECHA DE SANCION: 19 de Abril de 2021.- NUMERO DE REGISTRO: 2967 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13678/21.-
VISTO:
El expediente letra D-Nº 13.678/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de elevar copia expediente 1730/20 Señora Torrilla, Susana solicita eximición de impuestos; y
CONSIDERANDO:
Que la Señora Torrilla, Susana solicita la condonación de Tasas Municipales.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º:Condónese en un 100% en total de lo adeudado en concepto de ———————- Tasas Municipales al Inmueble Circunscripción VI; Sección C; Manzana 41, Parcela 96, del año 2020.—
ARTÍCULO 2º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
FECHA DE SANCION: 19 de Abril de 2021.- NUMERO DE REGISTRO: 2966 EXPEDIENTE H.C.D Nº: D-13724/21.-
VISTO:
El Expediente letra D-Nº 13.724/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de modificar la Ordenanza Municipal Nº 3094 – registro 2957; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 3094, número de registro 2957, en su artículo 1º autoriza la adjudicación de la Licitación Pública Nº 03/21 para la contratación de Mano de Obra, Materiales y Herramientas Menores para la repavimentación de la Avenida 3 desde el Paseo 121 a 125, sin referirse que también correspondía el tramo que comprenden los Paseos 127 a 133.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº 3094/21, que quedará ——————– redactado de la siguiente manera: “Autorícese a adjudicar la Licitación Pública Nº 03/21 para la contratación de mano de obra, materiales, y herramientas menores para la repavimentación de la avenida 3 desde el paseo 121 a paseo 125 y desde el paseo 127 al paseo 133, por la suma de trece millones setecientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y ocho ($13.788.688,00) a De Vito y Cia. S.A. en cumplimiento del Art. 155º la Ley Orgánica de las Municipalidades por ser su oferta única.”—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—