Resolución 4015

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                              FECHA DE SANCIÓN: 20 de Octubre de 2014.-

                              NUMERO DE REGISTRO: 4015

                              EXPEDIENTE H.C.D Nº: B-9934/14.-

 

VISTO:

              La problemática que se ha suscitado en torno a los refugios urbanos (garitas) a raíz de los públicos acontecimientos y;

 

CONSIDERANDO:

                                  Que, los nuevos elementos de construcción garantizan el correcto resguardo e integridad física de las personas;

                                  Que, hay empresas especializadas en brindar este servicio mobiliario urbano con las máximas estándares de seguridad y calidad internacionales;

                                  Que, las gestiones entre empresas privadas especializadas y el estado muchas veces permiten bajar costos, brindando soluciones de calidad a los ciudadanos;

                                  Que, estas empresas llegan a absorber hasta el 70% del costo de construcción mediante convenios de publicidad;

                                   Que, es importante buscar un horizonte de salida a la problemática suscitada en torno a los refugios;

                                   Que, lo antes expuesto surge de la inquietud de éste bloque por los refugios urbanos y que ante la consulta realizada a empresas especializadas en el tema y que funcionan en distintas ciudades de la Provincia anexamos un modelo que cuenta con su ficha técnica correspondiente.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO: Solicítase al Departamento Ejecutivo  Municipal que tenga en consideración a futuro

————-  la posibilidad de realizar una licitación que convoque a distintas empresas especializadas en el rubro con la finalidad de brindar un servicio de calidad y abaratar costos.—

Resolución 4014

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                          FECHA DE SANCIÓN: 20 de Octubre de 2014.-

                          NUMERO DE REGISTRO:  4014

                          EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9933/14.-

 

VISTO:

             La necesidad de orientar eficazmente los recursos destinados a fomentar la educación superior; y

 

CONSIDERANDO:

                                Que, los alumnos de los últimos años de los colegios secundarios de la ciudad ya tienen su futuro definido con respecto a qué estudiar y dónde;

                                 Que, en la ultima parte del presente año se creo la Subdirección de Juventud y que desde allí se puede lograre, desde la institucionalidad que reviste dicha oficina llevar a cabo un censo que permita saber el futuro del alumnado ya sea si van a continuar trabajando o estudiando y en donde, y a través del mismo luego con políticas publicas acompañarlos y guiarlos en el camino que emprendan;

                                  Que, más allá del fomento de la educación, también es primordial para el municipio fomentar el empleo y de este modo lo hara a través de la oficina de empleo municipal la cual de esta manera contará con datos objetivos y entonces podrá direccionar sus decisiones de manera acertada.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO:  Solicítase al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para que a través

————– de la Subdirección de Juventud se ponga en marcha un plan, que permita censar los últimos años de los colegios secundarios y de esta manera poder orientar eficazmente los recursos del municipio en el fomento de la educación superior y del trabajo:

 

a)    Destino elegido por los estudiantes.-

b)    Carreras elegidas

c)    Conducción estudiantil laboral

d)    Interés general alumnos.—

 

Resolución 4013

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                              FECHA DE SANCIÓN: 20 de Octubre de 2014.-

                              NUMERO DE REGISTRO: 4013

                              EXPEDIENTE H.C.D Nº: B-9425/14.-

 

 

Visto:

                El incendio producido en el año 2012, en una gran cantidad de hectáreas de la reserva natural Municipal Faro Querandí; y

 

 CONSIDERANDO:

                                   Que, el mismo fue producido por tres camionetas 4 x 4, que se encontraban realizando una travesía sin ningún tipo de control, destruyendo el hábitat de gran cantidad de especies que anidan en la reserva;

                                   Que, el Municipio cuenta con un programa de manejo con el objetivo de salvaguardar un ambiente natural, su biodiversidad y su patrimonio cultural, en congruencia de con el aprovechamiento sustentable de sus recursos naturales;

                                   Que, este programa tiene entre sus objetivos preservar y potenciar el patrimonio ambiental de Villa Gesell, preservando sus ecosistemas, poblaciones, especies y patrimonio genético;

                             

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante ha sancionado la siguiente:

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO:Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal dé estricto cumplimiento a la Ordenanza

————- Municipal Nº 1994/04 adjunta a la presente, que establece el Programa Estratégico de Manejo de la Reserva Natural Municipal Faro Querandí.—

 

 

Minuta 535

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                FECHA DE SANCIÓN: 6 de Octubre de 2014.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 535

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9916/14.-

 

VISTO:

              El Expediente interno del Honorable Concejo Deliberante B-9848/14 que refiere al retiro de la garita policial del acceso norte; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que, en su debida oportunidad el Bloque que redactó el proyecto de Resolución aprobado por unanimidad manifestó la preocupación de los vecinos en la falta de control de los accesos al Partido, se ve en la necesidad de reiterar el mismo en ocasión de nuevas quejas con respecto a dicha situación, ya que no se ha logrado obtener los informes pedidos al Ministerio de Seguridad, Subsecretaria de Coordinación y Logística Operativa, a cargo del Señor Esteban Carrizo.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

M I N U T A  D E   C O M U N I C A C I O N

 

 

               Reitérase el pedido de informe aprobado mediante la resolución Exp. 9848/14 en Sesión del 19 de Agosto de 2014 y dirigido al Ministerio de Seguridad, Subsecretaría de Coordinación y Logística Operativa sobre el retiro de la garita de personal Policial de la Provincia de Buenos Aires que controlaba el acceso norte a la ciudad de Villa Gesell.—

Minuta 537

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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                               FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2015.-

                               NUMERO DE REGISTRO: 537

                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: C-10060/15.-

 

 

VISTO:

           El expediente C-10060/15 presentado por el Sr. Alejandro Contreras; y

 

 CONSIDERANDO:

                                  Que el mencionado vecino solicita hacer uso de la Banca del Pueblo creada a través del Decreto 9837/14;

                                  Que el tema a desarrollar por el Sr. Alejandro Contreras aborda la temática de Venta Ambulante y Servicios;

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

M I N U T A  D E  C O M U N I C A C I O N

 

 

                                             Comuníquese al Sr. Alejandro Contreras iniciante del Exp.10060/15 que podrá hacer uso de la Banca de Pueblo la primer sesión Ordinaria del mes de Mayo a realizarse el día 04 de Mayo de 2015 a las 09:00 horas, dentro del marco del ARTICULO 4°: Los expositores harán uso de la Banca del Pueblo en el recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante antes del inicio de cada Sesión Ordinaria. Se aceptará un expositor por sesión el cual podrá hacer uso de la palabra hasta 20 minutos como máximo.—