Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 4 de Agosto de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 1532
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: P-9838/14.-
VISTO:
El Artículo 83º inciso 10) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 26º del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO:
Que, es necesario que la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante y el Personal Administrativo que allí desempeñan sus tareas tengan acceso a los tableros de control de la instalación eléctrica, iluminación, teléfonos e Internet.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Solicítase al Bloque del Partido Justicialista en el Frente para la Victoria restituya
—————– a la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante el espacio físico donde se encuentran instalados los tableros correspondientes a la instalación eléctrica, iluminación, teléfonos e Internet, según croquis de referencia que se adjunta.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—