Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 17 de Noviembre de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 1552
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9974/14.-
VISTO:
La necesidad de mejorar la infraestructura de comunicación instalada en el Honorable Concejo Deliberante para facilitar la labor desarrollada por la prensa; y
CONSIDERANDO:
Que, resulta de importancia dotar a la prensa de los medios tecnológicos necesarios para efectuar una cobertura periodística de calidad y en tiempo real, de las Sesiones que se desarrollan en el Honorable Concejo Deliberante;
Que en muchos casos, resulta difícil establecer una comunicación fluida, entre los periodistas que se encuentran cubriendo las sesiones y los medios de prensa para los que trabajan, para no tener a su alcance una línea telefónica que le permita de modo ágil y en tiempo real, efectuar el contacto telefónico indispensable para ello;
Que, resulta de importancia facilitar los medios necesarios para difundir la tarea legislativa.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona el siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Requiérase a la Presidencia del Cuerpo Legislativo que instale en el Recinto de
—————— Sesiones, una línea telefónica inalámbrica, destinada al uso exclusivo de la prensa.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—