Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2394/11

 

                                FECHA DE SANCIÓN: 02 de Mayo de 2011.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 2218

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9063/10

 

 

VISTO:

              Lo informado en el expediente municipal Nº 4530/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que el Señor BARTA, Eduardo José, fue adjudicatario mediante Decreto Nº 924 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente  como VI-B-17h-2 del Plan denominado “Viviendas económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 16) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se  solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar  la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.- esteticista

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

 

ARTICULO 1º:  Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-2 del Plan

——————  “Viviendas Económicas” al Señor BARTA, Eduardo José D.N.I. 8.591.683.—

 

 

ARTICULO 2º:  A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

——————   de la vivienda en su carácter de vivienda única y permanente.—

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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