Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2397/11
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2221
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9066/10.-
VISTO:
Lo informado en el Expediente Municipal Nº 4527/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Señor CORRAL, Alfredo Santos (fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del Plan denominado “Viviendas Económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 11) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del plan
—————— “Viviendas Económicas” a la Señora ECHEVARRIA, Alicia Noemí D.N.I. 16.102.337 por haber estado casada en primeras nupcias con el Señor CORRAL.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social
—————– de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—