Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2397/11

 

                                         FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-

                                         NUMERO DE REGISTRO: 2221

                                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9066/10.-

 

 

VISTO:

              Lo informado en el Expediente Municipal Nº 4527/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que el Señor CORRAL, Alfredo Santos (fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del Plan denominado “Viviendas Económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 11) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del plan 

——————  “Viviendas Económicas” a la Señora ECHEVARRIA, Alicia Noemí D.N.I. 16.102.337 por haber estado casada en primeras nupcias con el Señor CORRAL.—

 

 

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

—————–  de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria en su carácter de vivienda única y permanente.—

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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