Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2435/11
FECHA DE SANCIÓN: 17 de Octubre de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2260
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9263/11.-
VISTO:
El expediente Nº 9263/11, en el cual solicita al Señor Intendente Municipal la aprobación del proyecto de Ordenanza y la convalidación del Convenio firmado entre la Municipalidad de Villa Gesell y la Escuela de Fútbol Defensores del Oeste de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que la Institución Deportiva tiene una trayectoria digna de destacar en la actividad deportiva de la ciudad;
Que tiene las condiciones legales que se requieren para actuar como tal, conforme a lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Legal de la Municipalidad de Villa Gesell;
Que se considera interesante que en el predio que es objeto de esta Ordenanza se incluyan este tipo de actividades, formando parte de un Centro de Deportes a escala regional, para lo cual el Municipio tiene ya definido una serie de proyectos de diversas actividades deportivas para los próximos años;
Que resulta de suma utilidad para el desarrollo social de nuestra comunidad y estimula la inserción de los jóvenes al deporte.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase en comodato por el término de diez (10) años, a la “ESCUELA DE FUTBOL
—————– DEFENSORES DEL OESTE” la parcela cuya nomenclatura catastral es: Fracción XV, de la Circunscripción VI, Sección H de la localidad de Villa Gesell, comprendida entre la Ruta 11 al Oeste, la Fracción XVI hacia el Este; la Fracción 107 al Sur y el Paseo 106 bis al Norte, cuya superficie aproximada es de 40.357 m2 a confirmar por mensura.—
ARTICULO 2º: Convalídase el CONVENIO DE COMODATO suscripto entre la Municipalidad de
—————— Villa Gesell y la Institución Deportiva denominada Escuela de Fútbol Defensores del Oeste, quedando el citado convenio sujeto a las siguientes disposiciones de cumplimiento en tiempo y forma, a saber:
a) Presentación de un anteproyecto de obras en el cual se deberá incluir los siguientes documentos:
1. Plano de altimetría con ubicación de forestación existente.
2. Anteproyecto de las obras a realizar con indicación de acceso,
forestación construcciones a realizar, usos y actividades
previstos.
3. Resolución paisajística con respecto a los alrededores .
4. Tratamiento respecto al transito y estacionamiento vehicular.
En el plano de altimetría deberá figurar la cesión del Paseo 106
bis y de las ochavas correspondientes.-
5. La presentación deberá ser realizada por profesionales
habilitados, en un todo de acuerdo a las condiciones de la
Dirección de Obras Particulares y las normas que se exigen.-
6. Solamente se permitirá el comienzo de cualquier obra una vez
aprobados los planos correspondientes por la Secretaría de
Planeamiento.-
b) La presentación del anteproyecto deberá realizarse en un plazo no mayor de
ciento ochenta (180) días corridos a partir de la promulgación de la
presente Ordenanza.——
ARTICULO 3º: Las obras tendrán un plazo de iniciación que no podrá exceder los dos (2) años y
—————— una finalización que no podrá exceder de los cuatro (4) años. El incumplimiento de los plazos fijados dará lugar a la caducidad del otorgamiento.—
ARTICULO 4º: La Municipalidad tendrá prioridad en la utilización de las instalaciones deportivas
—————— y recreativas del predio a que se hace referencia en aquellos casos que el interés comunitario así lo requiera.—
ARTICULO 5º: Las prioridades enunciadas en el Artículo anterior serán acordadas a través de un
—————— Convenio entre las partes.—
ARTICULO 6º: La Fracción adjudicada no podrá ser objeto de transferencia, subdivisión, ni otra
—————– disposición que altere el proyecto por el cual ha sido cedido.—
ARTICULO 7º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—