Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2441/11

 

                           FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2011.-

                           NUMERO DE REGISTRO: 2266

                           EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9278/11.-

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para la Venta Ambulante en Playa que

——————  forma parte de la presente como Anexo I.—

 

 

ARTICULO 2º:De forma.—

 

 

 

 

 

 

 

A  N  E  X  O     I

 

 

 

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

PARA LA CONCESIÓN DE VENTA AMBULANTE EN PLAYA

EN EL PARTIDO DE VILLA GESELL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº:

FECHA DE APERTURA:

LUGAR DE APERTURA: Edificio Municipal – Av. 3 Nº 820

VALOR DEL PLIEGO: De acuerdo al Art. Nº 56

CLÁUSULAS LEGALES GENERALES

CAPITULO I: DE LA LICITACIÓN

 

ARTÍCULO 1º:OBJETO: La presente Licitación tiene por objeto otorgar en concepto de concesión

——————- las Unidades de Venta Ambulante en Playa de administración Municipal que se detallan en las Cláusulas Particulares, con las especificaciones que en cada caso se indican, quedando sometidas para todos los casos y aspectos no previstos en las presentes especificaciones a las siguientes normativas: Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias; Reglamento de Contabilidad y disposiciones de Administración del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires; Ley de Obras Públicas Nº 6021 y sus Decretos reglamentarios y supletoriamente la Ordenanza General Nº 267 de procedimientos Administrativos, quedando toda la referida Legislación formando parte integrante de este Pliego.—

 

 

ARTÍCULO 2º:DE LAS OFERTAS: (Propuestas) Deberán formularse por escrito y en el tiempo y

—————— forma que se indican en las Cláusulas Particulares. La presentación de las ofertas implicará el conocimiento y aceptación de todas las disposiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones.—

 

 

ARTÍCULO 3º: DEL CONCESIONARIO: Las concesiones se otorgarán a personas físicas ó

—————– jurídicas. No podrán otorgarse más de una concesión o rubro por persona física.—

 

 

ARTÍCULO 4º:INHABILIDADES: Están impedidos de solicitar Unidades de Venta Ambulante, bajo

——————- ninguna forma, ni por interpósitas personas, los que: se hallaren en estado de concurso o convocatoria de acreedores, quiebra o liquidación sin quiebra, la que se acreditara acompañando certificado expedido por el Registro de Juicios Universales de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires. Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes. Se acreditará con certificado de Libre Inhibición expedido por el Registro de la Propiedad de Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires. Los que tengan reclamo judicial contra la Municipalidad. Los que fueran demandados por la Municipalidad ya sea en juicio civil y/o de cualquier naturaleza y/o que la Municipalidad ignore como participe damnificado o querellante en juicio penal. Los condenados en causa penal o que estuvieron afectados en causa penal. Los cónyuges de los impedidos, cualquiera fuere el carácter en que se presentaren. Por intermedio del formulario correspondiente, los proponentes declararan no estar comprendidos en los impedimentos establecidos precedentemente. Lo expresado mas todo lo declarado en el citado formulario, revestirá el carácter de Declaración Jurada. Si el oferente falseara de alguna forma el formulario de oferta, que revestirá el carácter de Declaración Jurada, la Municipalidad podrá declarar la inhabilitación del proponente para presentarse en futuras Licitaciones referidas a UNIDADES TURISTICAS DEL PARTIDO por el término de hasta cinco (5) años y podrá proceder a rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte o a declarar la caducidad de la concesión con pérdida del depósito de garantía o del contrato según el caso, sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial alguna. Los que fuesen deudores de cánones por licitaciones anteriores.—

 

 

ARTÍCULO 5º:PRECIO DE LA CONTRATACIÓN: El oferente propondrá el pago de un canon por el

——————- período de la concesión, el que deberá ser abonado en la forma establecida en el Artículo Nº 6 (pago del canon) del presente Pliego como contraprestación de la explotación de la unidad licitada.—

 

 

ARTÍCULO 6º:PAGO DEL CANON: El pago anual del canon se efectuará en el momento de la

—————— firma del contrato.—

 

 

ARTÍCULO 7º:TEMPORADA MÍNIMA DE EXPLOTACIÓN: Se establece como temporada

——————- mínima de explotación el período comprendido desde la firma del contrato, hasta el 31 de marzo de 2012, pudiendo ejercer la explotación hasta el 30 de noviembre de 2012.—

 

 

CAPITULO II: DE LA OFERTA

 

ARTÍCULO 8º:INFORMACIÓN QUE DEBE OBTENER EL OFERENTE: La presentación de la

—————— propuesta implica que el oferente ha analizado los documentos de la Licitación, que obtuvo previamente todos los datos e informes necesarios para efectuar su oferta y cumplir con la misma y con todas y cada una de las condiciones establecidas en el Pliego y se ha trasladado al lugar donde se explotará, a fin de informarse sobre los posibles inconvenientes que se opongan a una normal prestación de los servicios propuestos, que tomó en consideración todos los factores que intervienen en su ejecución, así como los elementos naturales y condiciones físicas propias del lugar, por lo que no podrá alegarse, por parte del adjudicatario, causa alguna de ignorancia en cuanto a documentación y condiciones de realización.—

 

 

ARTÍCULO 9º:CONSULTAS Y ACLARACIONES: Los interesados que hubieran adquirido el

—————— Pliego podrán pedir aclaraciones por escrito durante el llamado a licitación hasta el tercer día hábil anterior inclusive a la fecha citada para la apertura, no pudiendo formular observaciones en el acto licitatorio. La Municipalidad podrá a su vez hacer aclaraciones de oficio; dichas aclaraciones y/o respuestas serán notificadas a los interesados por la Secretaría de Turismo y/o Asesoría Legal, según corresponda, en el domicilio constituído en este Partido al adquirir el Pliego, formarán parte integrante del mismo y se considerarán conocidos por todos los oferentes. La Municipalidad no formulará ningún tipo de aclaración si considera que el tema sometido está suficientemente explícito y claro en el Pliego. De esta decisión, no habrá recurso alguno.—

 

 

ARTÍCULO 10º:LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán presentadas

——————– en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Villa Gesell, Avenida 3 Nº 820, hasta el día y hora que se fije en las Cláusulas Particulares. Vencido el plazo de presentación no se admitirán más propuestas, aún cuando no hubiere comenzado la apertura de los sobres.—

 

 

ARTÍCULO 11º:GARANTÍA DE OFERTA: La garantía de la oferta se entregará por una suma de

——————– dinero equivalente al cinco por ciento (5%) del canon básico correspondiente a la Unidad por la que se formula la oferta. Las garantías se constituirán de acuerdo a lo establecido en el Artículo 32º de las presentes Cláusulas Legales Generales.—

 

 

ARTÍCULO 12º:DOMICILIO DEL OFERENTE- JURISDICCION JUDICIAL: Deberá indicarse el

——————– domicilio real del oferente. Igualmente será requisito indispensable constituir domicilio legal para todos los efectos de la licitación en el Partido de Villa Gesell, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales competentes del Departamento Judicial de Dolores, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.—

 

 

ARTÍCULO 13º:PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: En un sobre o paquete cerrado y lacrado,

——————- conforme a las normas exigidas para «paquete encomienda», con salvedad de no incluir en su exterior ninguna inscripción, marca, sello, etc., que permita la identificación de la propuesta. El sobre o paquete llevará en su exterior la siguiente leyenda:

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº —–

OBJETO: Concesión de Venta Ambulante en Playa, Rubro: ——-

Dentro del sobre o paquete de la propuesta se incluirán, debidamente cerrados y lacrados el Sobre Nº 1 «ANTECEDENTES» y el Sobre Nº 2 «OFERTA».

Requisitos del SOBRE Nº 1:

Llevará en su exterior la leyenda «ANTECEDENTES» y en su interior:

1. Antecedente y declaración de Conocimiento del presente Pliego de Bases y Condiciones

(Formulario Nº 1).

2. Sometimiento a la Justicia Ordinaria de los Tribunales de Dolores, datos personales, domicilio legal en el radio urbano de Villa Gesell y conocimiento del espacio destinado a la explotación (Formulario Nº 2).

3. Formulario de Requisitos y Antecedentes (Formulario Nº 3).

4. Recibo de adquisición del Pliego de Bases y Condiciones del rubro a licitar.

5. Pliego de Bases y Condiciones debidamente foliado y firmado.

6. Declaración Jurada Patrimonial del oferente (Formulario Nº 5) y certificados que acreditan la titularidad de los bienes inmuebles registrados.

7. Certificados de libre inhibiciones personales del oferente expedidos por el registro correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como de la Provincia de Buenos Aires.

8. Certificado expedido por el Registro de Juicios Universales del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires.

9. Declaración Jurada de que no se halla el oferente comprendido en las inhabilidades e impedimentos establecidos en el Artículo 4 (Formulario Nº 6).

10. Adjuntar comprobantes de pago correspondiente a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en los que se encuentra inscripto el oferente con la indicación de los números correspondientes.

11. Otros documentos: se acompañarán los documentos y/o antecedentes que se requieran en otras cláusulas del presente Pliego de Bases y Condiciones.

Requisitos del SOBRE Nº 2: Llevará en su exterior la leyenda «OFERTA» y en su interior:

a. La oferta propiamente dicha que se efectuará en el formulario Nº 7, la que se presentará libre de raspaduras, interlíneas, sobreimpresiones, enmiendas, que no hubieran sido salvadas debidamente al pie de la misma, caso contrario será rechazada la oferta.

b. Garantía de la oferta, constituída de acuerdo a lo estipulado en el presente Pliego de Bases y Condiciones.—

 

 

ARTÍCULO 14º:LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN: El que indique las Cláusulas

——————– Particulares. Vencido el plazo de presentación no se permitirán más propuestas aún cuando no hubiere comenzado la apertura de los sobres.—

 

 

ARTÍCULO 15º:VALIDEZ DE LAS OFERTAS: La oferta mantendrá su vigencia por el plazo de diez

——————– (10) días a partir de la apertura de sobres y se considerará automáticamente prorrogada por igual período, salvo comunicación en contrario que expresa y fehacientemente hiciera el oferente.—

 

 

ARTÍCULO 16º:APERTURA DE LA OFERTA: El acto de apertura de sobres se realizará en el

——————– lugar, día y hora indicados en las Cláusulas Particulares del presente Pliego en presencia de la Comisión de Preadjudicación designada a tal efecto y de los interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por las autoridades presentes y demás asistentes que así lo deseen. Si el día fijado para la apertura fuera feriado o asueto administrativo, éste tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora. Sólo se tomarán en consideración las ofertas que hayan sido presentadas hasta la hora fijada para la apertura.—

 

 

ARTÍCULO 17º: ADMISIÓN DE OFERTAS: Sólo revestirán carácter de ofertas válidas las que

——————- se ajusten a las disposiciones técnicas y legales del presente Pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello, si se comprobara posteriormente algún incumplimiento que no fue advertido en el momento de la licitación, será causal de rechazo de oferta. Se podrá, a consideración y absoluto criterio de la Municipalidad, no tomar en cuenta errores u omisiones, imperfecciones de tipo formal y no esenciales que adolecieran alguna de las propuestas. En caso que las propuestas se envíen por correo por piezas certificadas, deberán hacerlo con la debida anticipación, de lo contrario la Municipalidad no se hará cargo de los atrasos que experimente la correspondencia remitida, procediéndose a rechazar todosaquellos que lleguen fuera de la hora de apertura, dejándose constancia en acta y pasando a ser parte integrante del expediente correspondiente.—

 

 

ARTÍCULO 18º: DESARROLLO DEL ACTO LICITATORIO: Se efectuará de la siguiente manera:

——————–

a). Apertura de la totalidad de los SOBRES Nº 1 y verificación del cumplimiento de la documentación exigida. Se considerarán o rechazarán las presentaciones efectuadas dando cuenta a los oferentes, anotándose las aclaraciones correspondientes.

De las ofertas rechazadas se procederá a archivar los SOBRES Nº 2 debidamente cerrados y se archivará el SOBRE Nº 1 con la documentación presentada en el expediente correspondiente a esta licitación.

b). Apertura de los SOBRES Nº 2; se llevará a cabo en el mismo acto de apertura del SOBRE Nº 1, correspondientes a los oferentes que se les han aceptado la documentación básica (SOBRE Nº 1) y verificación de la documentación exigida. Se considerarán o rechazarán las presentaciones efectuadas, dando cuenta a los oferentes.

De las ofertas rechazadas se archivará la documentación presentada en el expediente respectivo.

c). Invitación a los oferentes para que formulen por escrito, en el plazo y forma indicados en el Artículo 20º, las impugnaciones que consideren pertinentes; a cuyo efecto los SOBRES Nº 1 y Nº 2 de las ofertas declaradas válidas quedarán, a partir del día siguiente al acto, a la vista de los licitantes.

No se admitirán durante el desarrollo del acto observaciones impugnaciones sobre las ofertas, salvo aquellas que se refieran al acto en sí mismo, de lo que se dejará constancia en acta.

d). Lectura del acta respectiva y su firma por parte de los proponentes y funcionarios pertinentes.—

 

 

ARTÍCULO 19º:AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La Municipalidad podrá solicita de

——————- cualquier oferente, todo tipo de información complementaria que considere necesaria. El plazo para la agregación de dicha información y/o aclaración será de tres (3) días hábiles posteriores a la notificación. Si dicha información no fuera evacuada en término o contestada, no llenare a juicio de la Municipalidad los fines perseguidos, al solicitarle, tendrá derecho la Municipalidad a rechazar la oferta, sin recurso alguno por parte del oferente.—

 

 

ARTÍCULO 20º:IMPUGNACIONES Y ACLARACIONES: Excepto las observaciones que se refieran

——————–  al desarrollo del acto de apertura de sobres, que figurarán en acta, las demás aclaraciones e impugnaciones deberán ser presentadas por escrito ante la Asesoría Legal, dentro del término de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de los sobres. La documentación estará a disposición de los oferentes para su consulta, y de las aclaraciones e impugnaciones formuladas deberán presentarse tantas copias como oferentes haya, bajo apercibimiento en caso contrario de tenerlo por desistido de la impugnación. Cuando las impugnaciones versen sobre cuestiones de puro derecho, la Municipalidad resolverá sin dar traslado. Caso contrario, se dará traslado al resto de los oferentes con entrega de copia, para que se expidan en el término de dos (2) días hábiles corridos y siguientes al fijado anteriormente, sin tener que cursar notificación alguna. Vencido dicho plazo, la Municipalidad resolverá sin más trámite. En todos los casos las notificaciones se realizarán personalmente o por cédula en el domicilio constituído en el radio de la localidad del Partido.—

 

 

CAPITULO III: DE LAS ADJUDICACIONES

 

 

ARTÍCULO 21º:SOBRE LA ADJUDICACIÓN: La adjudicación se otorgará a los oferentes que

——————- presenten las ofertas más convenientes en cada unidad. Asimismo, el Departamento Ejecutivo deberá evaluar y adjudicar concesiones a oferentes que se ajusten a las condiciones legales de admisibilidad y cuyos antecedentes resulten satisfactorios. A tal efecto se considerarán los siguientes elementos de juicio: Marcas y/o Empresas debidamente constituidas y posicionadas en el mercado = 60 puntos, Canon ofrecido = 40 puntos.—

 

 

ARTÍCULO 22º:FACULTAD DE ACEPTAR O RECHAZAR OFERTAS: El Departamento

——————- Ejecutivo se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas y el rechazo de éstas no dará derecho a los oferentes a exigir indemnización o formular reclamo alguno.—

 

 

ARTÍCULO 23º:CARACTERES DE LAS ACTUACIONES: A partir de la fecha de la apertura de los

——————– SOBRES Nº 1 (Requisitos y Antecedentes) y SOBRE Nº 2 (Oferta) los trámites de la licitación tienen carácter interno, salvo el trámite de impugnaciones.  Hasta tanto se resuelva la preadjudicación, no se dará vista de las actuaciones a los interesados.—

 

 

ARTÍCULO 24º: RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: Dará lugar al rechazo inmediato de las ofertas:

————————

a) Cuando no se cumplieren los requisitos del Artículo 13º, Ítem 2 en su totalidad.

b) Cuando en el SOBRE Nº 2 haya falta total o parcial de la garantía estipulada en el Artículo Nº 11° o ésta no se ajuste a lo dispuesto en el Artículo 32º.

c) Cuando no se hallen en condiciones o se aparte de las Cláusulas del presente Pliego.

d) Cuando fueren presentadas por quienes están incluidos en el Artículo 4º.

e) Cuando se comprobare falseadas las Declaraciones Juradas.

f) Cuando toda la documentación no estuviere debidamente firmada.

g) Cuando no se cumpliere con los requisitos del Artículo 13º, Ítem 3.

h) Cuando la deficiencia formal (Artículo 25º) contenida en el SOBRE Nº 1 no se subsanará por el oferente dentro del plazo perentorio que se fije.—

 

 

ARTÍCULO 25º:DEFICIENCIA FORMAL: No serán rechazadas las propuestas que contengan

——————- defectos meramente formales, en estos casos se intimará a

los interesados que lo solucionen en un plazo no mayor de dos (2) días, bajo apercibimiento de procederse al rechazo de la propuesta con pérdida de garantía.—

 

 

ARTÍCULO 26º:CONSECUENCIA DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS:

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a) Devolución del SOBRE Nº 2, sin abrir y de las Garantías si las hubiere, en los casos puntualizados como a, b y c del Artículo 24º.

b) Devolución de la Garantía en el caso puntualizado como a del Artículo 24º.

c) Devolución de toda documentación para el caso del punto g del Artículo 24º.

d) Devolución sin abrir del SOBRE Nº 2 y pérdida de la Garantía cuando se produzcan los casos puntualizados en el Artículo 24º en los Ítems d, e y h.—

 

 

ARTÍCULO 27º:DESISTIMIENTO DE LAS OFERTAS: Si los oferentes retirasen sus propuestas

——————– antes del vencimiento del plazo de mantenimiento y/o prórroga, perderán la Garantía de Oferta en favor del estado.—

 

 

ARTÍCULO 28º:ÚNICA OFERTA: En el caso que hubiera una sola oferta válida, por falta de otras o

——————– rechazo de las restantes (Art. 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades), ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo con relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna a juicio exclusivo de la Municipalidad las condiciones necesarias como para merecer tal adjudicación. Las razones apuntadas en modo alguno obligarán a la Municipalidada aceptar a la misma en pleno derecho.—

 

 

ARTÍCULO 29º: IGUALDAD DE OFERTA: En caso de igualdad de precios entre oferentes, se llamará

—————— a los proponentes a mejorar por escrito, en un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación fehaciente por parte de la Municipalidad. De subsistir la igualdad se procederá a la adjudicación por sorteo.—

 

 

ARTÍCULO 30º:Para el caso que adjudicada la licitación a un oferente, se procediera a declarar la

——————- caducidad de la misma por no cumplirse en debido tiempo y forma las obligaciones dispuestas en los artículos 6º y 31º del Pliego de bases y Condiciones, será facultad del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad el proceder a adjudicar la licitación al oferente que hubiese resultado en segundo lugar, pero ello a condición que el mismo halla cumplido en todo con las disposiciones del presente Pliego y ofrecer un cánon que el Departamento Ejecutivo entienda satisfactorio.—

 

 

ARTÍCULO 31º: GARANTÍA DE CONTRATO: Notificado de la adjudicación, el concesionario

——————- deberá constituir previo a la firma del contrato, una Garantía de Contrato que será igual al cien por cien (100%) del canon ofrecido, la que deberá integrarse de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 32º.—

 

 

ARTÍCULO 32º:FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTÍAS: Las formas de constitución de la

——————– Garantía de Oferta y de Contrato por mantenimiento del Servicio, son las que a continuación se indican:

a): mediante dinero en efectivo.

b): Mediante Póliza de Seguro de Caución.

Si se constituyera la garantía mediante Póliza de Seguro de Caución el fiador se deberá constituir en liso, llano y principal pagador con renuncia del beneficio de excursión y de división, de acuerdo con los términos del Articulo 2013 del Código Civil por todo el término de la vigencia y por la totalidad del monto, sin restricciones ni salvedades. Serán emitidas a favor de la Municipalidad de Villa Gesell; en su texto indicarán la licitación de que se trata; indicará el período de cobertura, el que no podrá ser inferior al término de mantenimiento de oferta para el caso de garantía de mantenimiento de oferta y en cuanto al plazo para la garantía de cumplimiento de contrato por el término del mismo. Además el fiador deberá constituir domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires, y se someterá expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes del Departamento Judicial que corresponda al Partido de Villa Gesell, con renuncia a todo fuero que pudiera corresponderle, incluso el Federal. Asimismo, en cuanto a la garantía de mantenimiento de oferta la emisión de la Póliza y su vigencia no podrán ser posteriores a la fecha y hora de apertura del acto licitatorio; en cuanto a la garantía de cumplimiento de contrato la emisión de la póliza no podrá ser posterior a la fecha de suscripción del respectivo contrato siendo su vigencia por el término de la relación contractual.—

 

 

ARTÍCULO 33º:DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS:

——————–DE OFERTA: En forma inmediata:

a. Vencido el plazo de mantenimiento de las ofertas.

b. Resuelta su no-adjudicación.

DE CONTRATO: Esta garantía será reintegrada a pedido de la parte interesada, vencido el plazo de concesión, previa presentación en la Secretaría de Turismo de:

a. Constancia de pago de la totalidad del canon anual correspondiente.

b. Constancia de no adeudarse suma alguna en concepto de sanciones.

c. Constancia extendida por la Secretaría de Turismo donde conste que el interesado no adeuda suma alguna en concepto de tasas o gravámenes municipales atinentes a esta explotación.—

 

 

ARTÍCULO 34º:FIRMA DEL CONTRATO: Cumplido los requisitos detallados en el Artículo 31º se

——————- firmará el Contrato, el que suscribirá el adjudicatario dentro de los, cinco (5) días hábiles de notificado, bajo apercibimiento de caducidad con pérdida de la garantía constituída. Realizado ello, la Secretaría de Turismo y Cultura procederá a la entrega de autorización para comenzar su actividad.—

 

 

CAPITULO IV: DEL CONTRATO

 

ARTÍCULO 35º: FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:

——————-El cumplimiento del Contrato en cuanto a las obligaciones a cargo del concesionario, será controlado por la Municipalidad, mediante la realización de inspecciones de las instalaciones y prestaciones de los servicios. El concesionario deberá facilitar el acceso a las instalaciones en cualquier momento que así se lo solicite la Municipalidad sin formular objeciones o plantear impedimentos de ninguna naturaleza. Igual obligación rige respecto a la documentación comercial de la explotación.—

 

 

ARTÍCULO 36º:EXTINCIÓN DEL CONTRATO: La concesión se extinguirá por:

a. Vencimiento del plazo de concesión.

b. Rescisión por culpa del concesionario (caducidad de la concesión).

c. Mutuo acuerdo.

d. Quiebra o concurso civil del concesionario.

e. Por revocación de la concesión, fundada en razones de interés público.—

 

 

ARTÍCULO 37º:CAUSAS DE CADUCIDAD DEL CONTRATO:

——————–La Municipalidad tendrá derecho a declarar la rescisión del contrato, sin necesidad de previa intimación judicial o extrajudicial, en los siguientes casos:

a. Cuando el concesionario contravenga las causas detalladas en las cláusulas punitivas.

b. Si no se ajustara estrictamente al uso propuesto y aceptado, salvo que el mismo sea modificado de común acuerdo con la Municipalidad.

c. Si no diera comienzo o no concluyeran los servicios dentro de los plazos previstos o no ejecutare los mismos conforme a las instrucciones emitidas por la Municipalidad.

d. Por deficiencias graves o reiteradas en el cumplimiento del servicio o explotación propuesta y aceptada.

e. Si el concesionario incurriera en falta del pago del canon.—

 

 

ARTÍCULO 38º:CONSECUENCIAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO: En el caso de la

——————– extinción del contrato por rescisión declarada por culpa del concesionario o por quiebra o convocatoria de acreedores, concurso preventivo civil, ello traerá aparejada la pérdida del depósito de garantía y el derecho a reclamar los daños y perjuicios resultantes del incumplimiento. En los casos de extinción del contrato, la Municipalidad está expresamente facultada para tomar posesión de pleno derecho sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial de ninguna naturaleza y sin que el concesionario pueda oponerse ni alegar derecho de retención.—

 

 

ARTÍCULO 39º:FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD DEL CONCESIONARIO: Ocurrido el

——————– fallecimiento del concesionario o incapacidad del mismo, quienes se consideren con derecho a la continuación de la persona del concesionario deberán dentro de los treinta (30) días de acaecidos los hechos acreditar sumarialmente su condición de tales acompañando la documentación respectiva, manifestando su voluntad de continuar el ejercicio de los deberes, derechos y obligaciones inherentes a la concesión. Si así no lo hicieren o manifestaren su decisión de no continuar con la concesión, podrá declararse la caducidad de la misma, con devolución de la garantía contractual. Dentro de los noventa (90) días de acaecidos los hechos, deberán acompañar testimonio de declaratoria de herederos o de incapacidad declarada y designación del representante legal, bajo apercibimiento de caducidad, salvo que mediaren causas justificadas que autoricen la ampliación de ese plazo.

Si hubiera varios herederos deberán unificar personería en uno de ellos quien asumiría las obligaciones y responsabilidades del concesionario. Si hubiere menores se exigirá autorización judicial expresa para la continuación de la explotación y la designación del representante. En todos los casos, los continuadores deberán acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos al concesionario fallecido o declarado incapaz. La Municipalidad, previa evaluación de todos los antecedentes, podrá decidir la continuación de la concesión en los mismos términos y condiciones en que fuera adjudicada o declarada la revocación de la misma, devolviendo la garantía de contrato, sin derecho por parte de los afectados a reclamo alguno.—

 

 

ARTÍCULO 40º:TRANSFERENCIA DE CONTRATO: El concesionario no podrá transferir total o

——————– parcialmente el contrato de concesión De comprobarse esta situación se producirá la caducidad de la misma según lo establecido en el Artículo 37º inciso c).—

 

 

ARTÍCULO 41º: El Departamento Ejecutivo no podrá autorizar la transferencia del contrato de

——————- concesión.—

 

 

 

CAPITULO V: OBLIGACIONES Y DEBERES DEL CONCESIONARIO

ARTÍCULO 42º:OBLIGACIONES DE LOS CONCESIONARIOS: El concesionario tomará las

——————– medidas para que todos los servicios inherentes a la explotación de la Unidad se presten en forma satisfactoria e ininterrumpida durante la temporada mínima de explotación que se establece en el Articulo 7º de las presentes Especificaciones Legales Generales, a tal efecto deberá contar con la instalación, equipo y personal necesario por cada módulo, al que será exclusivamente a su cargo. La organización de los servicios deberá permitir el funcionamiento de los mismos sin ocasionar ningún tipo de incomodidades a los usuarios. Además de los deberes y obligaciones especialmente establecidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones, el concesionario deberá:

a. Brindar la totalidad de los servicios correspondientes al tipo de producto adjudicado como mínimo durante la temporada de explotación establecida en el presente Pliego.

b. Todos los servicios a brindar serán prestados en un todo de acuerdo con los requisitos, condiciones y regulaciones de uso establecidos en este Pliego y la legislación Nacional, Provincial y Municipal, que rigen su explotación durante el período de concesión.

c. Dispensar a los usuarios del servicio un tratamiento amable en concordancia con las normas de las buenas costumbres.

d. Conservar la unidad e instalaciones en buen estado de conservación y mantenimiento. Esta obligación también se hace extensiva a los sectores aledaños a la zona de influencia de la Unidad. El servicio de mantenimiento comprende todas las tareas destinadas a conservar la unidad en perfectas condiciones de uso y conservación y la provisión de las instalaciones, equipos y personal necesarios para esas operaciones.

e. El lugar de elaboración y depósito estará ubicado en la zona urbana y deberá estar en un todo de acuerdo a las normas bromatológicas vigentes, incluso el curso de manipulador de alimentos, además de estar habilitado como tal en las oficinas de Comercio Municipal.

f. Mantener en perfectas condiciones de higiene la Unidad, los elementos y utensilios que las integran.

g. Integrar en forma inmediata el importe de la garantía que la Municipalidad haya afectado para saldar erogaciones que deben ser satisfechas por el concesionario o multas no abonadas.

h. Hacer entrega de los servicios al solo requerimiento de la Municipalidad, al vencimiento del período de concesión, aceptación de renuncia, caducidad de revocación de concesión.

i. Los servicios no podrán tener otro destino total o parcial que el fijado en el presente Pliego de Bases y Condiciones, salvo expresa autorización del Departamento Ejecutivo y a solicitud fundamentada del concesionario.

j. Cumplir todas las reglamentaciones vigentes establecidas por los respectivos organismos competentes y relacionados con los rubros de explotación a los que estará destinado.

k. Constituirse fuera del período de explotación mínimo establecido, en depositario de las instalaciones.

l. Todo el personal que cumpla tareas de venta, deberá poseer credencial otorgada por la Secretaría de Turismo.

m. El personal deberá estar uniformado.

n. El 90% del personal deberá ser residente del Partido de Villa Gesell con cuatro (4) años de residencia fehacientemente comprobada según Ordenanza Nº 1747/00.

ñ. Estar al día en el pago de los Impuestos Nacionales, Provinciales y Municipales, entregando comprobantes de pago en la Secretaría de Turismo y Cultura de la Municipalidad.

o. Deberán contar con seguro que cubra riesgos contra terceros y bienes.

p. Mantener limpia la playa de envases, siendo obligación del concesionario su limpieza.

q. En los módulos de distribución de la playa, queda prohibida la venta de todo tipo de productos.

La enunciación de estas especificaciones no exime al concesionario de adoptar y desarrollar todas las precauciones, actividades y menesteres que hagan al mejor cumplimiento del funcionamiento y mantenimiento del servicio.—

 

 

ARTÍCULO 43º:PERSONAL QUE TRABAJA EN LA UNIDAD TURISTICA CONCEDIDA: El

——————– concesionario será directa y plenamente responsable de la conducta, moralidad y desempeño de todo el personal que trabaja en la Unidad. Será también el único responsable de las remuneraciones, cargas sociales, indemnizaciones, accidentes de trabajo y cualquier otra erogación que se produzca como consecuencia de la relación que surge con el personal que trabaja en el servicio, debiendo responder solidariamente ante las demandas que pudieran suscitarse.—

 

 

ARTÍCULO 44º:RESPONSABILIDAD CIVIL DURANTE EL PERÍODO DE CONCESIÓN: Durante

——————- la explotación de la Unidad, el concesionario asumirá la responsabilidad civil exclusiva de los perjuicios o daños que pudiera ocasionar a personas o cosas, por sí o por medio de su personal, empleados o cosas de las que se sirva. Será igualmente UNICO responsable por el cumplimiento de todas las leyes y disposiciones emanadas de las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales.—

 

 

ARTÍCULO 45º:EROGACIONES A CARGO DEL CONCESIONARIO: Estarán a cargo del

——————- concesionario además las siguientes erogaciones:

a. Impuestos, tasas y contribuciones nacionales, provinciales y municipales correspondientes a la explotación concedida.

b. La parte que le corresponda de acuerdo al prorrateo que oportunamente se establezca en retribución al servicio de limpieza y recolección de residuos del sector costero que preste directa o indirectamente la Municipalidad.—

 

 

ARTÍCULO 46º:PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:

——————–Los concesionarios presentarán en la Secretaría de Turismo, al término de la concesión, los comprobantes que acrediten el pago de los impuestos, tasas y contribuciones y servicios que le correspondan abonar, con motivo de la concesión. En la oportunidad referida en el punto precedente, los concesionarios entregarán también la documentación que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y provisionales.—

 

 

ARTÍCULO 47º:SEGUROS: El concesionario deberá tomar a su cargo seguros contra cualquier daño,

——————- lesión o perjuicio de cualquier naturaleza que pudiera sobrevenir sobre bienes de propiedad de terceros, durante todo el plazo de explotación.

a) Formalización: Será contratado por el adjudicatario en cualquier aseguradora de reconocida solvencia autorizada por el Estado.

b) Plazo de formalización y vigencia: El seguro constituído deberá quedar formalizado antes de la habilitación de la Unidad, deberá contratarse por el período de la concesión. Todos los accidentes o inconvenientes derivados de un hecho producido durante la vigencia de la concesión, deben quedar cubiertos por el seguro en el término indicado.

c) Montos y riesgos a cubrir: Los máximos que determine el ente asegurador, debiendo ajustarse a pedido y satisfacción de la Municipalidad.

d) Pólizas: Será endosada a favor del Municipio, debiendo establecer expresamente el sometimiento a los Tribunales Ordinarios de la jurisdicción que corresponda al partido de Villa Gesell y se entregará a la antes de la habilitación del servicio por parte del concesionario.

e) Accidente de trabajo: El concesionario deberá asegurarse contra ellos y mantener dicho seguro mientras haya personal empleado en relación de dependencia en la Unidad.

f) Recibos de pago de la prima: Se presentarán conjuntamente con las pólizas los recibos de pago total y definitivo de las mismas.—

 

 

ARTÍCULO 48º:PUBLICIDAD: Llevará impreso en la remera, según color asignado en su frente y

——————– espalda el rubro que explota, debiendo llevar en el elemento rodante lista de precios en su frente.—

 

 

ARTÍCULO 49º:RETRIBUCIONES AL CONCESIONARIO: Por la explotación y uso de la venta

——————- ambulante el concesionario percibirá las tarifas, derechos, comisiones o cualquier otro tipo de retribuciones que se establezcan en un todo de acuerdo con las leyes y reglamentos en vigencia y con lo estipulado en el presente Pliego y el respectivo contrato, por los servicios pertenecientes a la Unidad por cualquier otro tipo de concepto que legítimamente corresponda y sea fehacientemente autorizado por la Municipalidad.—

 

 

ARTÍCULO 50º:TARIFAS: Las tarifas que podrá cobrar el concesionario por la prestación de

——————- los servicios que ofrece serán fijadas por el mismo en todas las actividades que se desarrollan, en un todo de acuerdo con las disposiciones vigentes. Las mismas deberán figurar convenientemente en los contenedores para conocimiento de los usuarios y notificadas a la Secretaría de Turismo.—

 

 

ARTÍCULO 51º:PROHIBICIONES:

a. Dar a los servicios adjudicados total o parcialmente otro destino que el fijado en el presente Pliego.

b. Colocar en el uniforme del personal letreros, avisos o todo tipo de propaganda comercial, salvo designaciones del rubro explotado.

c. No se podrá explotar ninguna concesión, si previamente no ha sido debidamente habilitado por la Municipalidad el depósito y/o lugar de elaboración de los productos que se expenden.

d. Efectuar remates para vender mercaderías ya sean las existentes en su negocio o afines al mismo.

e. No se permitirá vocear los productos que se expenden así como efectuar ruidos o sonidos para llamar la atención de los clientes y que puedan ocasionar molestias.

f. No se podrá disminuir o aumentar el número de personas afectadas a la prestación de servicios, en base a lo establecido en la presente Licitación.

g. Queda terminantemente prohibida la venta ambulante en cualquier parte de la planta urbana de todo el Partido de Villa Gesell.

h. Queda terminantemente prohibido que el plantel de personal en relación de dependencia no esté comprendido en las generalidades de las normas de salubridad e higiene.

i. Los vendedores ambulantes no podrán penetrar en las Unidades Turísticas Fiscales denominadas Lotes y/o Kioscos, ni a sus entornos inmediatos.

j. No podrán renunciar a la explotación de la unidad antes del término de concesión, salvo causas no imputables a su voluntad.—

 

 

CLÁUSULAS PARTICULARES

CAPITULO I: DE LA LICITACIÓN

 

ARTÍCULO 52º:OBJETO DEL LLAMADO: La presente Licitación tiene por objeto otorgar en

——————– concesión las siguientes Unidades de Venta Ambulante en Playa:

BIJOUTERIE: aros, pulseras, anillos, collares, hebillas y pañuelos de ejecución artesanal.

GASEOSAS

AGUA MINERAL Y SABORIZADA

HELADOS.

CAFÉ.

JUGUETES ARTESANALES (barriletes, etc.)

PANCHOS

CHURROS Y FACTURAS

MANTAS

GOLOSINAS A: barquillos, cubanitos, cucuruchos y alfajores.

GOLOSINAS B: manzanitas, pochoclos, pirulines, copos de nieve y garrapiñadas.

MATE, BOMBILLA Y TERMO DESCARTABLE

Canon Base: El canon básico que fija la Municipalidad de acuerdo al Articulo 53º.—

 

 

ARTÍCULO 53º: CANON BASE: El canon básico será fijado por la Municipalidad a los efectos de

—————— servir de orientación al oferente y como base para determinar el monto a depositar como garantía de oferta, el que indefectiblemente deberá ser superado:

BIJOUTERIE: $20.000,-

GASEOSAS: $44.000.-

AGUA MINERAL Y SABORIZADA: $44.000.-

HELADOS: $ 28.000,-

CAFÉ: $ 12.000,-

JUGUETES ARTESANALES: $ 6.000,-

CHURROS Y FACTURAS: $35.000,-

MANTAS: $10.000

PANCHOS: $44.000,-

GOLOSINAS A: $ 6.000,-

GOLOSINAS B: $ 6.000,-

MATE, BOMBILLA Y TERMO DESCARTABLE: $8.000.—

 

 

ARTÍCULO 54º:PERÍODO DE CONCESIÓN: El período de concesión será desde la firma del

——————- contrato hasta el 30 de noviembre de 2012.

PERIODO DE EXPLOTACION OBLIGATORIO: Desde la firma del contrato hasta el 31 de marzo de 2012.—

 

 

ARTÍCULO 55º:PATRIMONIO DEL OFERENTE: El patrimonio del oferente se evaluará conforme

——————– a la manifestación económica del mismo, que permite inferir el grado de solvencia con que cuenta y deberá acreditarse mediante la presentación de balance o declaración jurada de bienes. Si entre los bienes que integra el patrimonio del oferente hubiera inmuebles, deberá presentarse certificado vigente sobre condiciones de dominio y certificado de inhibición. Si hubiera acciones, valores, semovientes u otro tipo de bienes deberá acreditarse titularidad del modo que legalmente corresponda a cada una de ellas. En todos los casos podrán agregarse fotocopias autenticadas por Escribano Público de toda la documentación original, reservándose la Municipalidad el derecho de verificar las manifestaciones vertidas y su vigencia bajo apercibimiento en caso defalsedad u omisión de las sanciones previstas en el Artículo 4º de las Cláusulas Generales del presente Pliego.—

 

 

ARTÍCULO 56º:VALOR DEL PLIEGO: Fíjase el valor del Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo

——————- a lo que establece el Código Tributario.—

 

 

ARTÍCULO 57º:APERTURA DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas serán abiertas en el Edificio

——————- Municipal, Av. 3 Nº 820, el día………………………, a la hora……….. La apertura de las propuestas se desarrollará de acuerdo a lo especificado en el Artículo 19º del Capitulo ll de la Oferta, de las CLAUSULAS GENERALES de este Pliego de Bases y Condiciones:

SOBRES Nº 1 Y Nº 2:

Lugar de apertura: Edificio Municipal, Avenida 3 Nº 820

Fecha:

Hora: .—

 

 

ARTÍCULO 58º:DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas deberán presentarse en la Sede Municipal,

——————– Oficina de Compras, Avenida 3 Nº 820, en las condiciones establecidas en las Cláusulas Generales hasta el día y hora de apertura de las propuestas.—

 

 

CAPITULO II: DE LA UNIDAD

 

ARTÍCULO 59º: DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES A LICITAR: El uso, la explotación, el tiempo

——————- de servicio que corresponde prestar a las unidades licitadas, figuran en el presente Pliego de Bases y Condiciones.—

 

 

ARTÍCULO 60º:DELIMITACIÓN GENERAL DE LAS UNIDADES: Destinase para la explotación de

——————– Venta Ambulante a todo sector playero litoral del Partido de Villa Gesell, que no esté sujeto a la explotación de otra concesión.—

 

 

ARTÍCULO 61º:SERVICIOS OBLIGATORIOS A OFRECER POR EL CONCESIONARIO: Se consideran

——————- como servicios obligatorios los siguientes:

a) Distribución de los productos dentro de los límites fijados por el Artículo 60º.

b) Los recipientes como vasos y/o envase alguno de los rubros que se comercializan serán descartables, prohibiéndose su reutilización.—

 

 

ARTÍCULO 62º:PLANTEL DEL PERSONAL: Todo el personal que integre el plantel en relación de

——————- dependencia con el adjudicatario, deberá poseer Libreta Sanitaria, otorgada por la Municipalidad de Villa Gesell, curso de manipulación de alimentos para todo personal en acción que este en relación con la manipulación de alimentos, cumpliendo con las ordenanzas vigentes 2155/08 y 2299/10, asimismo al cumplimiento de todas las normativas vigentes de previsión y salud que sean acordes con la tarea que desempeña —

 

 

ARTÍCULO 63º: IDENTIFICACIÓN: Todo el personal deberá poseer credencial identificatoria por

——————-  unidad y se obtendrá a través de la Secretaría de Turismo Y Cultura de la Municipalidad de Villa Gesell.

 

 

CLÁUSULAS ESPECIALES

CAPITULO I: DE LAS INSTALACIONES

 

 

ARTÍCULO 64º:LUGAR DE ELABORACIÓN Y/O DEPOSITO: Deberá estar ubicado en planta

——————- urbana. El local con destino a este uso deberá ser habilitado por la Municipalidad, la que deberá estar en un todo de acuerdo con las normas vigentes de higiene y salubridad.—

 

 

ARTÍCULO 65º:INFRACCIONES: Las transgresiones al presente Pliego de Bases y Condiciones,

——————- harán pasible a los concesionarios de penalidades que serán determinadas a exclusivo criterio del Juzgado de Faltas, quien fijará la oportunidad de aplicación y la graduación de las mismas en un todo de acuerdo a las normas que a continuación se determinan.—

 

 

ARTÍCULO 66º:REITERACIÓN DE INFRACCIONES: A los fines de los efectos que trae aparejada

——————– la reiteración de infracciones, se entenderá que el ordenamiento de las mismas corresponde al período de explotación que va desde la firma del contrato hasta el 31 de marzo de 2012.—

 

 

ARTÍCULO 67º:MONTO DE LAS MULTAS: Las multas que se apliquen como consecuencia de

——————- lo determinado en estas cláusulas, no serán inferiores a quinientos (500) MULT., ni excederán de los cinco mil (5.000) MULT.—

 

 

ARTÍCULO 68º:CONSECUENCIAS: Al concesionario que durante el período de explotación 

——————–comprendido entre la firma del contrato y el 31 de marzo de 2012, le sean aplicadas más de tres (3) multas en firme, se le sancionará con la CADUCIDAD de la concesión, con la consecuente pérdida de la Garantía de Contrato e inhabilitación por diez (10) años para la explotación de Venta Ambulante en Playa dentro del Partido.—

 

 

ARTÍCULO 69º:PLAZOS: El importe de las multas deberá ser abonado por el infractor dentro

——————– de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la sanción, mediante depósito a efectuarse en la Tesorería Municipal, y entregar fotocopia del recibo en la Secretaría de Turismo y Cultura. En caso de incumplimiento se descontará el importe de la multa del depósito de Garantía de Contrato, con aplicación de las demás sanciones que correspondan.—

 

 

ARTÍCULO 70º:PROCEDIMIENTO: Constatada la infracción, se labrará el Acta respectiva en

——————- presencia del concesionario o su representante o quien estuviere al frente de la unidad y/o servicio. A partir de este momento dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles, conforme a lo establecido por el Decreto Ley 8751/77, para efectuar su descargo por escrito aportando las pruebas instrumentales que lo fundamente. Vencido el plazo establecido sin que se hiciera el descargo o desestimadas las defensas en su caso, se dictará el acto administrativo respectivo, imponiendo las sanciones que correspondan. —

 

 

ARTÍCULO 71º:SANCIONES: Establécese que la trasgresión a los incisos que siguen serán

——————– sancionados por la caducidad de la concesión y pérdida de la Garantía de Contrato:

a) No gestionar la habilitación del comercio dentro del plazo establecido.

b) Falta de pago del canon con posterioridad a lo establecido en el Artículo 6º de las especificaciones Legales Generales.

c) Por transferir la Unidad.

d) Por ceder o alquilar la Unidad.

e) Por trasgresión a alguno de los incisos normados en el Artículo 37º.

f) El incumplimiento reiterado del Artículo 50º de las especificaciones Legales Generales.

g) El incumplimiento de los plazos establecidos en el Artículo 39º de las especificaciones Legales Generales.

h) El incumplimiento del inciso q del Artículo 42º.—

 

 

ARTÍCULO 72º:SANCIONES REDIMIBLES POR MULTA: Déjase establecido que el incumplimiento

——————- por parte del concesionario de los incisos que siguen, serán sancionados con la aplicación de las siguientes multas y sanciones:

a) Incumplimiento del período mínimo de explotación………….200 a 2.000 MULT.

b) Incumplimiento de las prescripciones del Artículo 41º y 42º.….200 a 2.000 MULT.

Inciso desde a) a p) de las especificaciones Legales Generales.

c) Incumplimiento de las prescripciones del Artículo 45º……….200 a 2.000 MULT.

de las especificaciones Legales Generales.

d) Transgresión a lo establecido en los Artículos 46º a 48º………200 a 2.000 MULT.

De las Especificaciones Legales Generales.—

 

 

ARTICULO 73°:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

 

Licitación Pública N°

 

FORMULARIO N° 1

 

ANTECEDENTES

Señor Secretario de Turismo y Cultura

De la Municipalidad de Villa Gesell

En conocimiento del Pliego de Bases y Condiciones y demás disposiciones legales que se regulan en la Licitación de referencia, cuyas Cláusulas acepto sin condicionamientos, procedo a continuación a identificar la Unidad Fiscal por la que realizo oferta por separado:

UNIDAD: VENTA AMBULANTE EN PLAYA

PARTIDO: VILLA GESELL

RUBRO: ………………………………………..

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                       FIRMA:———————-

                                                                      ACLARACIÓN:———————

                                                                      DNI:———————–

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licitación Pública N°

FORMULARIO N° 2

 

Asimismo me someto / nos sometemos expresamente a la Justicia Ordinaria de los Tribunales de Dolores, Provincia de Buenos Aires, con renuncia a otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio legal en:…………………………………………………, de Villa Gesell.

Declaro / declaramos expresamente conocer y haber visto el espacio del lugar de venta, aceptando el mismo.

Suscribo / suscribimos la presente destacando los siguientes DATOS PERSONALES:

Apellido y Nombre:………………………………………………………………………………………………

Nacionalidad:………………………………………..Fecha de Nacimiento:………………………………

Documento de Identidad:……………………………………………………..

Domicilio Real:…………………………………………………………………………………………………….

Localidad:…………………………………………….Provincia:………………………………………………..

Estado Civil:……………………………Con:………………………………………………………………….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FIRMA:————————

ACLARACIÓN:———————–

DNI:———————–

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licitación Pública N°

FORMULARIO N° 3

 

REQUISITOS Y ANTECEDENTES

a. Apellido y Nombre ………………………………………………………………………………………..

Nacionalidad:………………………………………..Estado Civil:………………………………………….

Documento de Identidad:…………………………………Edad:………………………………………….

Domicilio Legal constituido dentro del Partido de Villa Gesell:

………………………………………………………………………………………………………………………..

b. Referencias Comerciales (mínimo 4):

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………….

Referencias Bancarias:

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

……………………………………………………………………………………………………….

c. Mencionar personas físicas o ideales que puedan ser consultadas por la Municipalidad sobre la solvencia del oferente:

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

……………………………………………………………………………………………

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Continúa)

FORMULARIO N° 3

(CONTINUACIÓN)

 

d. Consignar los números de inscripción en:

Ingresos Brutos: ……………………………………………………………………………………………………

C.U.I.T.:………………………………………………………………………………………………………………..

En todos los casos deberá acreditarse la inscripción mediante constancia emitida por el Organismo Oficial competente.

e. Referencia sobre el desarrollo de actividades comerciales del ramo similar al que se postula:

……………………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FIRMA………………………………………..

ACLARACIÓN……………………………………………

DNI………………………………….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licitación Pública N°

FORMULARIO N° 4

 

PLANILLA DE ANTECEDENTES DE LA ACTIVIDAD

Antecedentes de Idoneidad (detalle de rubros de explotación. Adjuntar comprobantes).

LUGAR AÑOS LIC. PUB. TIPO

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

…………………………………………………………………………………………………………………………….

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FIRMA………………………………

ACLARACIÓN………………………………………….

DNI……………………………

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licitación Pública N°

FORMULARIO N° 5

 

MANIFESTACIÓN DE BIENES DE:

ACTIVO

Manifestación de Bienes Raíces (indicar fecha de compra, ubicación, renta anual, valor actual):

Manifestación de Bienes en Condominio (ídem anterior, indicando valor total de su parte):

Manifestación de Títulos, Acciones y Participaciones de otros negocios:

Manifestación de Otros Bienes (máquinas, rodados, hacienda, mercaderías, hipotecas con o sin vencimientos, etc.,):

Las manifestaciones de bienes deberán revestir el carácter de Declaración Jurada, y en ella se consignará Íntegramente el Patrimonio de los titulares.

Deberán acompañarse los certificados que acrediten la titularidad de los bienes inmuebles y de los muebles registrables; y certificado de libre anotaciones personales de oferente/s.

 

 

 

FIRMA………………………………..

ACLARACIÓN………………………………………..

DNI…………………………..

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licitación Pública N°

FORMULARIO N° 6

 

Declaro / declaramos BAJO JURAMENTO no estar comprendidos en las inhabilidades e impedimentos de concurrencia que determina el citado Pliego de Bases y Condiciones.

 

 

 

FIRMA:————————–

ACLARACION:—————————

DNI:————————–

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licitación Pública Nº

FORMULARIO Nº 7

 

 

 

 

Señor Secretario de Turismo de la Municipalidad de Villa Gesell

En conocimiento del Pliego de Bases y Condiciones y demás disposiciones legales que regulan la Licitación Pública de referencia, cuyas cláusulas acepto sin condicionamientos, vengo / venimos a formular OFERTA para que se me / nos otorgue la Concesión de la siguiente Unidad:

UNIDAD: VENTA AMBULANTE EN PLAYA

RUBRO: ………………………………………

PARTIDO: VILLA GESELL

Ofrezco / ofrecemos pagar en concepto de canon la siguiente suma:

Pesos:……………………………………………………………………………………………………………………

$: ……………………………………………………

Como asimismo cumplir con los requisitos especificados en el presente Pliego de Bases y Condiciones.

 

 

 

 

 

FIRMA………………………………….

ACLARACIÓN……………………………………..

DNI………………………

 

           

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