Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2457/11
FECHA DE SANCION: 1º de Diciembre de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2284
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9255/11
VISTO:
El Expediente Nº 9255/11, referente al pedido de Emprestito al Banco de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se instruye la autorizacion de la obtencion de un prestamos con el Banco de la Provincia de Buenos Aires;
Que se han cumplimentado los extremos legales exigidos por la normativa legal habiendose obtenido los vistos buenos del Ministerio de Economia de la Provincia de Buenos Aires a traves de la Subsecretaría de Politica y Coordinacion Economica, del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación Argentina;
Que, se hace necesario conforme la Ley Orgánica Municipal la sancion de la Ordenanza definitiva en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°:Facúltese al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de
——————- Buenos Aires un empréstito de hasta la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Quinientos Setenta y Cuatro ($7.492.574.-.).—
ARTICULO 2°:El préstamo que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones
—————— financieras:
Plazo:hasta sesenta (60) cuotas, mensuales y consecutivas de capital e interés. Amortización de capital: Cuotas de amortización de capital constantes (Sistema Alemán).
Tasa de interés aplicable:El préstamo devengará una tasa variable en función de la tasa promedio mensual que publica el BCRA como «BADLAR tasa de interés por depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos – total en pesos» (tasa testigo) o la que en el futuro la reemplace, correspondiente al periodo comprendido entre el día 19 o anterior hábil del mes precedente y el del día 20 o anterior hábil del segundo mes anterior, ambos al mes de vencimiento del servicio, más un spread de 3 (tres) puntos porcentuales anuales.
Período de intereses:Mensual.
Intereses:Sobre saldo de deuda. La cuota de interés se abonará conjuntamente con la cuota de amortización.
Vencimiento de los servicios:Las cuotas vencerán el último día hábil del mes, venciendo la primera en esa misma fecha del mes siguiente al de la efectivización del préstamo.
Comisión:Será del uno por ciento (1%) sobre el total del préstamo a descontar por única vez en forma adelantada al momento de efectivizarse la operación.—
ARTICULO 3°:El importe del empréstito será destinado a la Inversión en la Obra que a continuación
—————— se detalla: Proyecto de Construcción del Tendido de Red de Gas Natural en la zona Sur del Partido de Villa Gesell (localidades de Mar de las’Pampas, Las Gaviotas y Mar Azul).—
ARTICULO 4°:La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será garantizada mediante la
——————- afectación de los recursos que le correspondan al Municipio por el Régimen de Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales (Ley N° 10.559 y modificatorias), cediendo los mismos como medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo. Posteriormente a que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.—
ARTICULO 5°:Autorizar al Departamento Ejecutivo preveer en los Cálculos de Recursos y
—————— Presupuesto de Gastos de los ejercicios futuros conforme lo normado por el Artículo 273º de la Ley Orgánica Municipal, los desembolsos de capital y la amortizacion de la deuda debiendo proceder a ingresar los Desembolsos del Préstamo en el siguiente rubro del Cálculo de Recursos: Jurisdiccion 111.01.02.0000 Secretaría de Hacienda 37 Obtencion de Préstamos 70 de Instituciones Públicas Financieras 2 a Largo Plazo 01 – Banco de la Provincia de Buenos Aires e Imputar los pagos de Servicios de Capital en 1110106000 Servicios de la Deuda Consolidada 7572 Cancelacion Emprestito Banco de la Provincia de Buenos Aires Construcción Red de Gas Natural en Mar Azul, Las Gaviotas y Mar de las Pampas e Imputar los pagos de intereses Devengando en 1110106000 Servicios de la Deuda 92 Consolidada7370 Intereses de Préstamos de Instituciones Públicas Financieras .—
ARTICULO 6°:Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás
—————— documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente operatoria.—
ARTICULO 7°:A efectos del prorrateo del costo de la obra a financiar con el Empréstito previsto
—————— en la presente Ordenanza, se tomará a fin de la distribución del mismo en las Unidades Contributivas beneficiarías directas de la mejora y de conformidad al régimen general de Contribución de Mejoras a aprobar de acuerdo a la legislación vigente en la materia, los siguientes parámetros distributivos:
1 – UNIDADES CONTRIBUTIVAS
Parcelas Comerciales hasta 15 m2
Parcelas Comerciales de 16 a 30 m2
Parcelas Comerciales de mas de 30 m2
Apart/Cabañas hasta 4 unidades
Apart/Cabañas de 5 y 6 unidades
Apart/Cabañas de 7 a 10 unidades
Apart/Cabañas de 11 a 15 unidades
Apart/Cabañas mayor a 15 unidades
Hoteles, Residenciales y Moteles hasta 8 unidades
Hoteles, Residenciales y Moteles de 9 a 12 unidades
Hoteles, Residenciales y Moteles de 13 a 20 unidades
Deptos y Unidades Funcionales unidad única
Deptos y Unidades Funcionales de 2 a 4 unidades
Deptos y Unidades Funcionales de 5 y 6 unidades
Deptos y Unidades Funcionales de 7 a 10 unidades
Deptos y Unidades Funcionales mayores a 10 unidades
Casas
Camping hasta 2 Hectareas por Hectarea
Baldíos
Parcelas Comerciales hasta 15 m2 |
3000 |
Parcelas Comerciales de 16 a 30 m2 |
4400 |
Parcelas Comerciales de mas de 30 m2 |
5800 |
Apart/Cabañas hasta 4 unidades |
13300 |
Apart/Cabañas de 5 y 6 unidades |
14400 |
Apart/Cabañas de 7 a 10 unidades |
20400 |
Apart/Cabañas de 11 a 15 unidades |
24000 |
Apart/Cabañas mayor a 15 unidades |
27600 |
Hoteles, Residenciales y Moteles hasta 8 unidades |
13300 |
Hoteles, Residenciales y Moteles de 9 a 12 unidades |
14400 |
Hoteles, Residenciales y Moteles de 13 a 20 unidades |
20400 |
Deptos y Unidades Funcionales unidad única |
6600 |
Deptos y Unidades Funcionales de 2 a 4 Unidades |
4800 |
Deptos y Unidades Funcionales de 5 y 6 unidades |
4600 |
Deptos y Unidades Funcionales de 7 a 10 unidades |
3600 |
Deptos y Unidades Funcionales mayores a 10 unidades |
3400 |
Casas |
6600 |
Camping hasta 2 Hectareas por Hectarea |
132000 |
Baldíos |
6600 |
2 – COSTEO POR UNIDAD CONTIBUTIVA
3 – TASA DE INTERES DE LA FINANCIACIÓN
Tasa de descuento de documentos a 30 dias informada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires
4 – PLAZO DE FINANCIACION DEL PLAN
Hasta 5 años en 60 Cuotas mensuales y consecutivas
5 – ESQUEMA DE FINANCIACIÓN
Costo/Cantidad de cuotas x ( 1 + (tasa mensual /100 ) * cantidad de cuotas.—
ARTICULO 8°:Derogase la Ordenanza 2427/11.—
ARTICULO 9°:Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—