Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2475/12
FECHA DE SANCIÓN: 17 de Septiembre de 2012.-
NUMERO DE REGISTRO: 2302
EXPEDIENTE H.C.D Nº: A-9443/12 – 9442/12.-
VISTO:
El expediente Letra D.- Nº 9443/12, Motivo: “Solicitan aumento de tarifa” Iniciado: “Asociación de taxista y afines de Villa Gesell”; y
CONSIDERANDO:
Que, es menester del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell evaluar y aprobar las Tarifas a aplicar por la prestación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, de acuerdo al Artículo 46º de la Ordenanza Nº 1823/01;
Que, la realidad indica que la última actualización de tarifa se produjo el 21 de noviembre de 2011, existiendo a la fecha, la clara necesidad y pertinencia de readecuarla en virtud de la prestación del servicio en todo el Partido de Villa Gesell.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º:Autorízase la siguiente Tarifa para el servicio público de automóviles de alquiler
—————— con taxímetro, a saber:
a) Bajada de Bandera: $ 7, 80.-
b) Valor y caída de ficha: $ 0, 65.- cada 110 metros.
c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehículo para equipajes de los
pasajeros será sin cargo.—
ARTICULO 2º:La presente Ordenanza será de aplicación a partir del 1º de Diciembre del
—————— año 2012.—
ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza 2442/11.—
ARTICULO 4º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—