Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2509/13
FECHA DE SANCIÓN: 17 de Diciembre de 2013.-
NUMERO DE REGISTRO: 2336
EXPEDIENTE H.C.D.: B-9635/13.-
VISTO:
La solicitud de aumento de tarifa presentada por la “Asociación de Taxis y Afines de Villa Gesell”; y
CONSIDERANDO:
Que es menester del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell evaluar y aprobar las Tarifas a aplicar por la prestación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, de acuerdo al Artículo 46º de la Ordenanza Nº 1823/01;
Que, en reuniones mantenidas con las dos Asociaciones de Taxis de Villa Gesell, se ha podido consensuar el incremento de la Tarifa;
Que, se ha realizado una reunión entre los tres Bloques Políticos que conforman este Cuerpo, quienes se encuentran de acuerdo en actualizar la tarifa de automóviles de alquiler con taxímetro.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase la siguiente Tarifa para el Servicio Público de Automóviles de Alquiler
—————— con Taxímetro, a saber:
a) Bajada de Bandera: $ 10,00.-
b) Valor y caída de ficha: $ 0,80.- cada 110 metros.-
c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehículo para equipajes de los
pasajeros será sin cargo.—
ARTICULO 2º: La presente Ordenanza será de aplicación a partir del 20 de Diciembre del año
—————– 2013.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.——————————-