Municipalidad de Villa Gesell

    Honorable Concejo Deliberante

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2528/14

 

                                 FECHA DE SANCIÓN: 16 de Junio de 2014.-

                                 NUMERO DE REGISTRO: 2356

                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9709/14.-

 

 

VISTO:

              La cantidad creciente de hechos delictivos cometidos en las distintas localidades de nuestro  partido; y

 

        

CONSIDERANDO:

                                 Que, un porcentaje importante de esos delitos no son denunciados por las víctimas, lo cual hace que se distorsione la realidad y se dificulte la toma de decisiones.

 

                                   Que, es necesario conocer, con la mayor precisión posible, la totalidad de los delitos cometidos a efectos de poder elaborar un verdadero Mapa del Delito relacionándolo con los distintos barrios. 

                            

                                   Que, el Mapa del Delito será una herramienta que permitirá controlar el funcionamiento de las patrullas municipales y de la policía provincial, siendo además un efectivo indicador de los distintos tipos de ilícitos que se cometen en el Partido de Villa Gesell.

 

                                   Que, se debe facilitar a los vecinos la posibilidad de denunciar todo tipo de hecho de inseguridad del que hayan sido víctimas, poniendo a su disposición diversas vías para que puedan registrarse dichas situaciones.

 

                      

                   Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

                                           O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º:CREASE el Mapa del Delito del Partido Villa Gesell, con el fin de elaborar

—————– estadísticas de los ilícitos y hechos de inseguridad cometidos en el Partido.—————–

 

ARTÍCULO 2º:Para la elaboración del Mapa del Delito deberá propiciarse la participación

—————– ciudadana con el fin de concientizar a la población de la conveniencia de aportar los datos necesarios con el objeto que el mismo refleje cuantitativa y cualitativamente la totalidad de los hechos ocurridos.————————–

 

ARTICULO 3º:Funcionará dentro del ámbito de la Dirección de Seguridad Municipal, y

—————– contara con una oficina para el registro de las denuncias o de los hechos de inseguridad padecidos, aun cuando no hubieren sido denunciados penalmente.

El afectado podrá realizar la denuncia en dicha oficina, por cualquiera de las siguientes formas:

– personalmente.

– vía telefónica.

– mediante una página web.

La denuncia contendrá la información necesaria para proceder al registro del hecho, y deberá consignar un medio de contacto.

 

ARTICULO 4º:Se registrarán en el Mapa del Partido de Villa Gesell los hechos de inseguridad 

—————— de acuerdo a la siguiente tipificación:

 

A.1 – Hurto o Robo en la vía pública

   2 – Hurto o Robo en propiedad privada

   3 – Hechos cometidos con el uso de armas

    4 – Delitos contra las personas

    5 – Lugares de expendio de drogas

    6 – Usurpaciones.

B – La tentativa de los hechos tipificados en el inciso anterior.

 

ARTICULO 5º:La denuncia deberá contener  los siguientes datos mínimos:

——————

I.                   Nombre, apellido, domicilio de la víctima y teléfono de   contacto. En caso de que las circunstancias lo aconsejen, la denuncia podrá ser anónima.

II.                Fecha y hora del hecho.

III.             Dirección detallada del lugar del hecho.

IV.            Tipo de delito denunciado, el cual deberá encuadrarse de acuerdo a la tipología detallada en el artículo 4º.

V.   Se deberá consignar si se realizo la denuncia penal correspondiente

VI.            Todo otro dato de interés que se estime oportuno consignar.

    

ARTICULO 6º:Semanalmente la oficina encargada del Mapa del Delito recabara de las dependencias

——————  Policiales, de los informes de llamados al 911 y de las Fiscalías, los datos de los hechos denunciados que fueran de acción pública a efectos de contrastarlos y confeccionar el Mapa del Delito.——————————————-

 

ARTICULO 7º: Los datos personales que se denuncien y la información que se recabe serán   

——————  de estricta reserva y de carácter confidencial.———————

 

ARTICULO 8º: Con la información obtenida se confeccionará una estadística mensual, la que

——————  será de uso restringido y exclusivo del Honorable Concejo Deliberante, la Dirección de Seguridad Municipal, la Jefatura Distrital de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y las Fiscalías locales.—————————————-

 

ARTÍCULO 9º:Los gastos que demande el cumplimiento del presente serán imputados a las

—————–  partidas pertinentes del Presupuesto de Gastos vigente.————

 

ARTICULO 10º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.——–

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