Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
————
1424/96
FECHA DE SANCION: 03 de Junio de 1996.-
NUMERO DE REGISTRO: 1211
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-4266/96.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímase del pago de actualización e intereses e interese en las Tasas
———————- Municipales, por el término de ciento ochenta (180) días a aquellos contribuyentes despedidos de sus empleos por causas no imputables a su persona y que pruebe fehacientemente esta situación.—
ARTICULO 2º: Para poder acogerse a los beneficios del Artículo 1º de la presente
———————- Ordenanza, el contribuyente deberá tener una residencia mínima de dos (2) años de antigüedad en el Partido de Villa Gesell.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—