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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1426/96


                                FECHA DE SANCION: 18 de Junio de 1996.-
                                NUMERO DE REGISTRO: 1221
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-4335/96.-

VISTO:

la necesidad de difundir los conceptos de Prevención y Promoción de la salud con vista a mejorar la calidad de vida de los Geselinos, y

CONSIDERANDO:

que estos conceptos llegan a nuestra población, mediante diversos canales de comunicación,

que la emisión llegan a nuestra audiovisuales es una  herramienta válida y de buena performance,

que nuestro Hospital Municipal cuenta con  instalaciones aptas para la proyección de videos educativos en las áreas de espera de los consultorios externos y guardia;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O   R   D   E   N   A   N   Z   A

ARTICULO 1º: Creáse el Programa de Promoción de Salud, en un todo de acuerdo con los postulados de la prevención primaria.—

ARTICULO 2º: Implementase el presente Programa, que podrá abarcar acciones
———————- educativas y de previsión como:                                            proyección de videos y placas fijas con mensajes sobre el cuidado de la salud en las áreas de espera del Hospital “Dr. ARTURO ILLIA”;

  1. emisión de mensajes en los medios de comunicación social de nuestra comunidad,
  2. desarrollo de campañas propiciando la participación y protagonismo de la comunidad educativa;
  3. exposición en centros públicos de muestras artísticas productos de concursos plásticos realizados en escuelas e instituciones de las áreas Social, Cultural y Deportes.-

ARTICULO 3º: Establézcase desde la Dirección de Salud un sistema de control de
———————– gestión del Programa, que proporcione datos estadísticos u otros elementos de tabulación para monitorear la eficacia de las acciones desarrolladas en el presente programa.—

ARTICULO 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la   implementación del
——————— Programa de Promoción de Salud, incorporando toda otra actividad pertinente para la concreción del objetivo.—

ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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