1524/97
FECHA DE SANCION: 6 de Mayo de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1319
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-4723/97.-
VISTO:
Que la reconversión transformadora y necesaria que se ha venido implementado en nuestro país ha originado numerosos problemas en el ámbito ocupacional, y
CONSIDERANDO:
Que la cultura del trabajo es el pivote del desarrollo Provincial y Municipal y es ante todo y fundamentalmente preservadora de los valores esenciales del comportamiento humano,
Que por tal circunstancia, la Provincia ha implementado un Plan de Generación de Empleo mediante la construcción de pavimento con utilización de mano de obra intensiva,
Que para que nuestro Distrito pueda incorporarse al mismo resulta menester la sanción de los correspondientes actos administrativos,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese a la Municipalidad de Villa Gesell adherida al “Plan
– – – – – – – – – – – – Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en Obras de Pavimentación” homologando el Acta de Adhesión obrante a fojas 7 del presente Expediente.- – –
ARTICULO 2º: Declárese de Interés Municipal el programa referido en el
– – – – – – – – – – – – Artículo anterior y las obras a realizar.- – –
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo elevará al Honorable Concejo
– – – – – – – – – – – – Deliberante el Plan de Obras de las calles a pavimentar y sus características para su aprobación.- – –
ARTICULO 4º: El prorrateo correspondiente a la contribución de mejoras se
– – – – – – – – – – – – fijará por Ordenanza Preparatoria para su posterior sanción en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, de acuerdo a Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias y la Ordenanza General Nº 165.- – –
ARTICULO 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a integrar los consorcios,
– – – – – – – – – – – – cooperativas y toda otra forma asociativa necesaria para la realización del Plan, efectuando en las mismas los aportes correspondientes, y a realizar todas las gestiones conducentes para una efectiva concreción del plan, firmando el convenio definitivo, sus instructivos y anexos.- – –
ARTICULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –