Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1531/97
FECHA DE SANCION: 19 de Mayo de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1326
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: J-4753/97.-
VISTO:
El Expediente V-4753/97; y
CONSIDERANDO:
Lo solicitado por la Juventud Ecológica Argentina en cuanto a la necesidad de seguir avanzando en alternativas energéticas limpias, que consoliden aún más la imagen de nuestra región como ecológica y sustentable;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal la energía cólica en el Partido de Villa Gesell.—
ARTICULO 2º: Envíese copia a la Juventud Ecológica Argentina.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—