Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1553/97
FECHA DE SANCION: 4 de Agosto de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1348
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-4829/97.-
VISTO:
La obra de cableado subterráneo que viene desarrollando la Cooperativa Telefónica en diversas zonas de la localidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que la ejecución de estos trabajos favorecen la eliminación de líneas aéreas que enmarcan y confrontan a las instalaciones con la belleza natural de los árboles, playas y médanos que dan base y zócalo a la belleza de nuestro Partido y es la atracción fundamental de quienes nos visitan o eligen este lugar para vivir, trabajar e invertir y;
Que estas obras han generado nuevos puestos de trabajo temporarios compuesto por zanjeadotes, chóferes, maquinistas y técnicos que favorece a pelear la situación laboral de los residentes estables en época de baja temporada y;
Que la ejecución empresarial de las obras se efectúa a través de una empresa constructora geselina ajena a COTEL Ltda.., lo que amplia el espectro de sectores productivos que participan en la distribución social del trabajo posibilitando reinversiones directas e indirectas en este Partido;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal las obras de cableado subterráneo
——————- de líneas telefónicas que efectúa COTEL Ltda., en la localidad de Villa Gesell.—
ARTICULO 2º: Remítase copia de la presente a COTEL Ltda.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—