Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1585/97
FECHA DE SANCION: 7 de Noviembre de 1997.-
NUMERO DE REGISTRO: 1380
EXPEDIENTE H.C.D. N: D-4908/97.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones que regirá la modalidad
———————- de prestación de la concesión de venta ambulante en playa Rubro: CHURROS, que se denomina Anexo I y que forma parte de la presente Ordenanza.—
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma
——————— directa la concesión de venta ambulante en playa Rubro: CHURROS con la Cooperativa de Trabajo y Vendedores Ambulantes de Villa Gesell Ltda.- Tal contratación deberá ajustarse en lo que corresponda al Pliego de Bases y Condiciones aprobado en el Artículo 1º.—
ARTICULO 3º: Además de los deberes y obligaciones especificadas en el Pliego,
———————– COTRAVA LTDA se obligará a dar prioridad de incorporación a Mujeres, y en primer lugar a aquellas que sean Jefas de Hogar, en las condiciones que se establezcan en el contrato.—
ARTICULO 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer para el pago del
———————– canon el siguiente cronograma:
1º CUOTA 35% $ 3.500 1201/98
2º CUOTA 40% $ 4.000 18/02/98
3º CUOTA 25% $ 2.500 20/03/98
ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro oficial y cumplido archívese.—