Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1645/98
FECHA DE SANCION: 3 de Agosto de 1998.-
NUMERO DE REGISTRO: 1440
EXPEDIENTE H. C. D. D-5157/98.-
VISTO:
El Expediente D-5157/98, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Asociación Deportiva Atlético Villa Gesell solicita en la emisión de una rifa la eximición del pago del 5% establecido en el Articulo 10º del Decreto Ley Nº 11349 y por la Ordenanza Nº 1457/96,
Que la rifa ha sido autorizada por Decreto Nº 400 del Departamento Ejecutivo Municipal,
Que corresponde a este Honorable Concejo Deliberante entender en la solicitud de eximición planteada;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímase a la Asociación Deportiva Atlético Villa Gesell del pago
——————- el 5% establecido en el Articulo 10º del Decreto Ley Nº 9403/79, su Ley modificatoria Nº 11349, por la Ordenanza Nº 1457/96.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—