Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1661/98
FECHA DE SANCION: 2 de noviembre de 1998.-
NUMERO DE REGISTRO: 1460
EXPEDIENTE H. C. D. B-5274/98
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Derogase en todos sus términos el Decreto- Ordenanza Nº 124/81.—
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a inscribir el
——————- inmueble denominado catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 391 del Partido de Villa Gesell en los términos previstos en los artículos 1º a 5º de la Ley Nº 9533.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—