Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1708/99
FECHA DE SANCION: 2 de Agosto de 1999.-
NUMERO DE REGISTRO: 1512
EXPEDIENTE H. C. D. Nº: S-5445/99.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Desaféctase del Uso de Espacio Verde la Parcela denominada
– – – – – – – – – – – catastralmente VI-H.Mz.11 con una superficie de 8061,50 m2 ubicada entre los Paseos 107 y 108 y las Avenidas 29 y 30.- – –
ARTICULO 2º: Aféctase dentro de la fracción XVIII una superficie 8100 m2, al Uso de Espacio Verde.- – –
ARTICULO 3º: Cédase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires la
– – – – – – – – – – – – parcela designada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza a título gratuito y libre de ocupantes.–
ARTICULO 4º: La parcela designada en el Articulo 1º será destinada exclusivamente a
– – – – – – – – – – – – la construcción d e t r e i n t a (3 0 ) viviendas unifamiliares para los afiliados al Sindicato de Luz y Fuerza de Mercedes (B) Seccional Villa Gesell o para quienes este último adjudique.- – –
ARTICULO 5º: Fijase el término de dieciocho (18) meses a partir la promulgación
– – – – – – – – – – – – de la presente Ordenanza para la iniciación de las obras, y un plazo de cuarenta y ocho (48) meses a contar desde el inicio para la terminación de las obras- En caso de no darse cumplimiento a los plazos establecidos en este Artículo el inmueble cedido por la presente Ordenanza volverá automáticamente al patrimonio Municipal.- – –
ARTICULO 6º: Los gastos de escrituración y dominio serán a cargo de los adquirentes.- – –
ARTICULO 7º: Derógase la Ordenanza Nº 1686/99.- – –
ARTICULO 8º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –