Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1761/00
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Octubre de 2000.-
NUMERO DE REGISTRO: 1565
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: S-5717/00.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Desaféctase el Uso de Espacio Verde la Parcela denominada
– – – – – – – – – – – – catastralmente VI-H-Mz.11 con una superficie de 8.061. 50. m2. ubicada entre los Paseos 107 y 108 y las Avenidas 29 y 30.- – –
ARTICULO 2º: Aféctase dentro de la fracción XVIII una superficie 8.100 m2. al Uso
– – – – – – – – – – – de Espacio Verde.- – –
ARTICULO 3º: Cédase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires la
– – – – – – – – – – – – parcela designada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza a título gratuito y libre de ocupantes.- – –
ARTICULO 4º: La parcela designada en el Artículo 1º será destinada exclusivamente
– – – – – – – – – – – a la construcción de treinta (30) viviendas unifamiliares para los afiliados al Sindicato de Luz y Fuerza de Mercedes (B), Seccional Villa Gesell o para quienes este último adjudique.- – –
ARTICULO 5º: La presente cesión de tierras se realiza bajo condición de ejecutarse un
– – – – – – – – – – – – – conjunto habitacional con financiación de la Provincia de Buenos Aires. para el caso de no ejecutarse la obra la Municipalidad de Villa Gesell se reserva el derecho de retrotraer el dominio de las tierras cedidas.- – –
ARTICULO 6º: La inscripción de dominio de las viviendas deberá hacerse por
– – – – – – – – – – – – intermedio de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.- – –
ARTICULO 7º: Deróganse las Ordenanzas Nº 1686/99 y Nº 1708/99.- – –
ARTICULO 8º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –