Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
————
1767/00
FECHA DE SANCIÓN: 6 de Noviembre de 2000
NUMERO DE REGISTRO: 1574
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-5733/00
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase en el Partido de Villa Gesell el Juzgado de Faltas que
– – – – – – – – – – – entenderá en el juzgamiento de las contravenciones a las normas dictadas en el ejercicio de poder de policía de la Municipalidad y a las Disposiciones Nacionales y Provinciales cuya ampliación corresponda a las Municipalidades.- – –
ARTICULO 2º: En el juzgamiento de las contravenciones se observarán las
– – – – – – – – – – – – disposiciones del Decreto-Ley Nº 8751/77 con las modificaciones de la Ley 10.269 (texto ordenado Decreto Nº 8526/86), y subsidiariamente los principios y normas del Código de Procedimiento en lo Penal de la Provincia de Buenos Aires (Ley 3589 texto ordenanzado Decreto N9 1174/86).- – –
ARTICULO 3º: El Juez de Faltas será designado por el Señor Intendente Municipal,
– – – – – – – – – – – – previo acuerdo del Honorable Concejo Deliberante, el que será prestado por la simple mayoría de votos de sus miembros.- – –
ARTICULO 4º: Será obligación del Juez de Faltas:
– – – – – – – – – — –
a) Fallar las contravenciones sometidas a su juzgamiento.-
b) Ordenar las medidas tendientes a obtener el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regule la materia.-
c) Delegar la Instrucción de Sumario en funcionarios del Juzgado en los que, a tales efectos y a su pedido, les asigne el Departamento Ejecutivo Municipal.-
d) Adoptar las medidas necesarias para mantener el orden, la disciplina, la asistencia y el buen comportamiento del personal a su cargo.-
e) Aplicar sanciones al personal a su cargo por actos de indisciplina, omisión,, negligencia o incumplimiento en el desempeño de sus tareas de acuerdo a lo establecido por las normas legales vigentes para el personal municipal. Ley; 11757, y con las mismas facultades que se les confiere a los Secretarios del Departamento Ejecutivo.-
f) Solicitar informes o dictámenes al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal creará mediante Decreto un
– – – – – – – – – – – Registro de Aspirantes para la cobertura del cargo de Juez Municipal de Faltas cuyo listado seleccionado según las condiciones establecidas en el Articulo 69º de la presente y será elevado al Honorable Concejo Deliberante para que preste el acuerdo correspondiente.- – –
ARTICULO 6º: Serán condiciones para -integrar el Registro de Aspirantes a cubrir el
– – – – – – – – – – – – cargo de Juez de Faltas Municipales.-
a) Ser de nacionalidad argentina.-
b) Poseer titulo de abogado.-
c) Contar como mínimo con veinticinco (25) anos de edad
d) Contar con tres (3) años o más de inscripción en la matrícula respectiva.-
e) No tener sanciones disciplinarias pendientes ante la justicia y/o ante el Colegio de Abogados.-
f) Ejercer en el fuero local y poseer domicilio en el Partido de Villa Gesell mediante constancia en el DNI.-
ARTICULO 7º: La remuneración básica mensual del Juez de Falta Municipal será la
– – – – – – – – – – – – equivalente a la de Secretario del Departamento Ejecutivo.—
ARTICULO 8º: El Juez de Faltas Municipal será asistido por un Secretario el que le
– – – – – – – – – – – – será asignado por el Departamento Ejecutivo Municipal y cuya funciones serán:
a) Auxiliar al Juez en sus tareas.-
b) Atender las cuestiones administrativas del Juzgado de Faltas.-
c) Expedir testimonio de las sentencias cuando los mismos sean requerido.-
d) Efectuar el control de legalidad de las Actas recepcionadas en el Juzgado previo a la formación del expediente.-
ARTICULO 9º: La remuneración básica mensual del Secretario del Juez de Faltas
– – – – – – – – – – – Municipal será la equivalente a los Directores del Departamento Ejecutivo (Categoría 30).- – –
ARTICULO 10º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice
– – – – – – – – – – – – – las adecuaciones presupuestarias pertinentes a los efectos de cumplir con la presente Ordenanza.- – –
ARTICULO 11º: Los montos que en carácter de multa fije el Juzgado Faltas serán
– – – – – – – – – – – – abonados en la Municipalidad de Villa Gesell y bajo la modalidad que el Juez determine.- – –
ARTICULO 12º: Derógase la Ordenanza Nº 335/84.- – –
ARTICULO 13º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –