Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1775/00
FECHA DE SANCIÓN: 18 de Diciembre de 2000.-
NUMERO DE REGISTRO: 1582
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: E-5775/00.-
VISTO:
El Expediente E-5775/00 iniciado por la Empresa EL COSTERO,
y
CONSIDERANDO:
Que se ha cotejado el estudio de costos presentado por la Empresa, realizado a través de un Estudio Contable privado;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fíjase como tarifa para el Servicio de Transporte Público de
– – – – – – – – – – – – Pasajeros que presta la Empresa «EL COSTERO» los valores que a continuación se detallan:
RECORRIDO A (Avenida 3) :………………$ 0,80.-
RECORRIDO B (Boulevard):……………… $ 0,80.-
RECORRIDO E (Mte. Rincón):…………….$ 0.80.-
RECORRIDO C (Mar Azul):………………. $ 1,00.-
RECORRIDO D (Cementerio):……………..$ 1,00.-
RECORRIDO F (Faro Querandi):………….$ 15,00.-
ARTICULO 2º: Las tarifas autorizadas en el Articulo tendrán vigencia luego de la
– – – – – – – – – – – – promulgación de la presente hasta el día 15 de Marzo del 2001.- – –
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –