Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1799/01
FECHA DE SANCI脫N: 21 de Agosto de 2001.-
NUMERO DE REGISTRO: 1607
EXPEDIENTE H.C.D. N潞: D-5856/01.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1潞: Apru茅base el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a
– – – – – – – – – – – Licitaci贸n del Servicio de Recolecci贸n de Residuos S贸lidos Urbanos del Partido de Villa Gesell obrante a fojas 31 a 58 y que forma parte de la presente.- – –
ARTICULO 2潞: Comun铆quese, d茅se al Registro Oficial y cumplido arch铆vese.- – –
脥NDICE
CLAUSULAS GENERALES
- I) OBJETO Y CAR脕CTER DEL LLAMADO
ARTICULO 1: Objeto.
ARTICULO 2: Car谩cter.
ARTICULO 3: Valor del Pliego.
- II) APERTURA DE LA LICITACI脫N
ARTICULO 4: Lugar, D铆a, Hora.
III) DE LOS PROPONENTES
ARTICULO 5: Inscripci贸n en los Registros de la Municipalidad.
ARTICULO 6: Proponentes no inscriptos.
ARTICULO 7: Sociedades.
ARTICULO 8: Uni贸n Transitoria de Empresas.
ARTICULO 9: Vigencia de plazo.
ARTICULO 10: Apoderados y Representantes.
ARTICULO 11: Impedimentos.
ARTICULO 12: Efectos de los impedimentos.
ARTICULO 13: Objeto / oportunidad.
ARTICULO 14: Montos.
ARTICULO 15: Forma.
- IV) GARANT脥AS
ARTICULO 16: Prueba de la constituci贸n de las garant铆as.
ARTICULO 17: Devoluci贸n de la garant铆a de la oferta.
ARTICULO 18: Devoluci贸n de la garant铆a de contrato.
ARTICULO 19: Reclamo restituci贸n garant铆a.
ARTICULO 20: Valores otorgados.
ARTICULO 21: Intereses.
ARTICULO 22: Restituci贸n nominal.
ARTICULO 23: Domicilio real.
ARTICULO 24: Domicilio Especial.
ARTICULO 25: Conservaci贸n del domicilio.
- V) DOMICILIOS, PRORROGA DE JURISDICCI脫N
ARTICULO 26: Prorroga de jurisdicci贸n.
ARTICULO 27: Conocimiento del Pliego de Bases y Condiciones y la circunstancia de la contrataci贸n.
ARTICULO 28: Lugar de recepci贸n.
ARTICULO 29: Formas de remisi贸n.
- VI) DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 30: Plazo de recepci贸n.
ARTICULO 31 : Plazo de mantenimiento de las ofertas.
ARTICULO 32: Requisitos de la propuesta.
ARTICULO 33: Forma de presentaci贸n de la propuesta.
ARTICULO 34: De los sobres.
VII) ACTO DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 35: Autoridades Municipales.
ARTICULO 36: Continuidad del acto.
ARTICULO 37: Numeraci贸n sobres.
ARTICULO 38: Actas.
VIII) ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 39: Rechazo de las propuestas.
ARTICULO 40: Defectos formales.
ARTICULO 41: La recepci贸n no obliga al Municipio.
ARTICULO 42: Aceptaci贸n propuestas.
ARTICULO 43: Forma de evaluar las propuestas.
ARTICULO 44: Igualdad de ofertas.
ARTICULO 45: Preadjudicaci贸n.
ARTICULO 46: Error de Hecho en la Propuesta.
&RTICULO 47: Preclusi贸n.
ARTICULO 48: Adjudicaci贸n.
ARTICULO 49: Notificaci贸n de la adjudicaci贸n.
ARTICULO 50: Efectos de la adjudicaci贸n.
ARTICULO 51: Desistimiento de la oferta.
ARTICULO 52: Proponentes siguientes.
- IV) R脡GIMEN SANCIONATORIO
ARTICULO 53: Incumplimientos.
ARTICULO 54: Plazo descargo.
ARTICULO 55: Recurso.
ARTICULO 56: Elementos de Juicio y Pruebas fuera t茅rmino.
ARTICULO 57: Pago Multas. ARTICULO 58: Plazo para las correcciones
ARTICULO 59: Costas y costos
脥NDICE
CLAUSULAS PARTICULARES
- I) DE LA LICITACI脫N
ARTICULO 60: Objeto y car谩cter del llamado.
ARTICULO 61: R茅gimen Legal.
ARTICULO 62: Pliego de Bases y condiciones.
ARTICULO 63: Interpretaci贸n Contractual.
ARTICULO 64: Consulta y Adquisici贸n del Pliego.
ARTICULO 65: Apertura de las ofertas.
ARTICULO 66: Inscripci贸n en el Registro de Proveedores de Municipalidad.
ARTICULO 67: Lugar de recepci贸n de las Ofertas.
ARTICULO 68: Mantenimiento de la oferta.
ARTICULO 69: Monto de la garant铆a de la oferta.
ARTICULO 70: Presupuesto oficial.
ARTICULO 71: Forma de constituci贸n de la garant铆a.
ARTICULO 72: An谩lisis de precio.
ARTICULO 73: Otras documentos.
ARTICULO 74: Admisibilidad de las propuestas.
ARTICULO 75: De la propuesta.
ARTICULO 76: Perfeccionamiento de la adjudicaci贸n.
ARTICULO 77: Garant铆a de contrato.
ARTICULO 78: Plazo para la presentaci贸n de la garant铆a de contrato.
ARTICULO 79: Plazos.
- II) DE LA COTIZACI脫N DE LA CONTRATACI脫N
ARTICULO 80: Definici贸n del servicio.
ARTICULO 81: M茅todo de disposici贸n final.
ARTICULO 82: Trabajo de esta Licitaci贸n.
ARTICULO 83: Definici贸n de Residuos S贸lidos Urbanos.
ARTICULO 84: Delimitaci贸n de la zona.
ARTICULO 85: Forma de cotizar.
ARTICULO 86: Ampliaci贸n o disminuci贸n del servicio.
ARTICULO 87: Periodo de Invierno y Verano.
ARTICULO 88: Cantidad de camiones.
ARTICULO 89: Plazo de Contrato.
ARTICULO 90: Finalizaci贸n de la Locaci贸n de Servicio.
ARTICULO 91: Frecuencia y horarios en periodos de Verano.
ARTICULO 92: Frecuencia y horarios en periodos de invierno.
ARTICULO 93: Modificaci贸n de zonas y/o frecuencias.
ARTICULO 94: Repaso y refuerzo
ARTICULO 95: Recorrido y circulaci贸n.
ARTICULO 96: Iniciaci贸n de recorrido.
ARTICULO 97: M茅todo de recolecci贸n.
ARTICULO 98: Reemplazo de Unidad.
ARTICULO 99: De la recolecci贸n.
ARTICULO 100: Zonas y recorridos
ARTICULO 101: Camiones afectados al servicio
ARTICULO 102: Desperfectos y reemplazo de unidad.
ARTICULO 103: Caracter铆sticas de los camiones y accesorios.
ARTICULO 104: Lixiviado
ARTICULO 105: Carteles Indicadores.
ARTICULO 106: Pautas Publicitarias
ARTICULO 107: Estado de los camiones.
ARTICULO 108: De la infraestructura.
ARTICULO 109: Del personal y la formaci贸n de la cuadrilla.
ARTICULO 110: De los ch贸feres.
ARTICULO 111: Del personal
ARTICULO 112: Selecci贸n y/o clasificaci贸n de residuos.
ARTICULO 113: Intransferibilidad del contrato.
ARTICULO 114: Leyes sociales.
ARTICULO 115. Responsabilidad por da帽os y perjuicios.
ARTICULO 116: Iniciaci贸n del Servicio.
ARTICULO 117 Contralor del Servicio.
ARTICULO 118: Pago de la prestaci贸n.
ARTICULO 119: Riesgos de sustracciones.
ARTICULO 120: Rescisi贸n del contrato.
ARTICULO 121: Rescisi贸n del contrato sin p茅rdida del deposito de garant铆a.
ARTICULO 122: Multas.
ARTICULO 123: Valor del modulo.
ARTICULO 124: Causas.
ARTICULO 125: Multas especiales
ARTICULO 126: De las penalidades.
ARTICULO 127: De las prestaciones.
ARTICULO 128: Plan de trabajo.
ARTICULO 129: Ordenes de Servicio, comunicaciones y pedidos de empresa.
ARTICULO 130: Zonas y servicios.
ARTICULO 131: Disposiciones laborales.
ARTICULO 132: Incorporaci贸n de personal.
ARTICULO 133: Recolecci贸n traza avenida Costanera.
ARTICULO 134: Veh铆culo para inspecci贸n y control
ARTICULO 135: Situaciones de emergencia.
ARTICULO 136: Ubicaci贸n Predio de Disposici贸n Final.
CLAUSULAS GENERALES
- OBJETO Y CAR脕CTER DEL LLAMADO
ARTICULO 1: Objeto: Se llama a Licitaci贸n publica, para la contrataci贸n que se determina en las Cl谩usulas particulares del presente Pliego.-
ARTICULO 2: Car谩cter: El car谩cter publico o privado del llamado a Licitaci贸n, se especifica en las Cl谩usulas Particulares del Pliego.-
ARTICULO 3: Valor del Pliego: El valor del pliego de bases y Condiciones, y los lugares de consulta y adquisici贸n se determinan en las Cl谩usulas Particulares de este Pliego.-
- APERTURA DE LA LICITACI脫N
ARTICULO 4: Lugar, d铆a y hora: La apertura de las propuestas se realizara en el lugar, d铆a y hora que se determinan en las Cl谩usulas Particulares.
Si el d铆a fijado para la apertura fuera inh谩bil para la administraci贸n municipal de Partido de Villa Gesell, ella se realizar谩 el primer d铆a h谩bil siguiente, a la misma hora.-
III. DE LOS PROPONENTES
ARTICULO 5: Inscripci贸n en el Registro de Proveedores de la Municipalidad: Los proponentes deber谩n estar inscriptos Registro de Proveedores de la Municipalidad de Villa Gesell, secci贸n que se determina en las Cl谩usulas Particulares.-
ARTICULO 6: Proponentes no inscriptos: Pueden tambi茅n formular propuestas, quienes estando obligados a inscribirse en el Registro de Proveedores, no se hallaren inscriptos, pero acrediten haber solicitado su inscripci贸n, y a煤n no hubiere reca铆do decisi贸n final al respecto.-
ARTICULO 7: Sociedades: Las sociedades oferentes, acreditaran su constituci贸n regular, adjuntando copia certificada del contrato social, y constancia en forma de su inscripci贸n en los registros respectivos.-
ARTICULO 8: Uni贸n Transitoria de Empresas: Las sociedades legalmente constituidas a la fecha del llamado, podr谩n presentarse a la Licitaci贸n, reunidas mediante un contrato de Uni贸n Transitoria, o el compromiso de constituirla en caso de resultar adjudicataria, siempre que satisfagan en lo pertinente, a los requisitos establecidos en el art铆culo 377 y siguientes de la Ley N潞 19.550, modificada por la Ley N潞 22.903, texto ordenado seg煤n Decreto 841/84. Las sociedades constituidas en el extranjero podr谩n participar en tales acuerdos, previo cumplimiento de lo dispuesto en el art铆culo 118, tercer p谩rrafo de la citada Ley.-
ARTICULO 9: Vigencia de plazo: El plazo de vigencia de Sociedades Oferentes deber谩 ser suficiente para asegurar el cumplimiento y la ejecuci贸n del contrato y su prorrogas si estuvieran previstas.-
ARTICULO 10: Apoderados y representantes: Los apoderados y/o representantes legales de los oferentes deber谩n acreditar con los instrumentos pertinentes, certificados en forma, que se encuentran facultados para obligar a sus representados y a contratar en nombre de ellos.-
ARTICULO 11: Impedimentos: Les esta prohibido presentar propuestas a:
- A) Deudores morosos de cualquier repartici贸n o dependencia de la Provincia o Municipalidad, por cualquier concepto.
- B) Los suspendidos o inhabilitados en el Registro de Proveedores a la fecha de la apertura de la Licitaci贸n.
- C) Los que hubieran incurrido en falsedad en Licitaciones Municipales, Provinciales o Nacionales, dentro del plazo de los 煤ltimos cinco (5) a帽os, contados a la fecha de la apertura de la Licitaci贸n.
- CH) Los agentes al servicio del Estado Nacional, Provincial o de las Municipalidades, y las Sociedades integradas totalmente por ellos, o cuyo socio administrador, o gerente no socio lo
- D) Aquellas personas que hayan sido separadas por exoneraci贸n o por prescindibilidad de la Administraci贸n Publica Nacional, Provincial o Municipal.
- E) Los que se hallaren en estado de concurso civil, convocatoria de acreedores, quiebra o liquidaci贸n sin quiebra, lo cual se acreditara acompa帽ando certificado expedido por el Registro de Juicios universales de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
- F) Los interdictos judicialmente o que sufran inhibiciones general de bienes. Se acreditara con certificado de libre inhibici贸n expedido por el Registro de Propiedades de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
- G) Los condenados en causa penal, oque estuvieren afectados a proceso penal.
- H) Quienes se hallen en mora en incumplimiento de las obligaciones emanadas de la Legislaci贸n Laboral y/o previsional vigente.-
- I) Las sociedades cuyos integrantes, miembros de su Directorio, socio administrador o gerente no socio estuvieren afectados por algunos de los impedimentos establecidos precedentemente.
- J) Los c贸nyuges de los impedidos, cualquiera fuera el car谩cter en que se presentaran.
- K) Los corredores, comisionistas, y en general los intermediarios como tales.
- L) Los restantes incapaces para contratar seg煤n la legislaci贸n com煤n.
- LL) Aquellos que se determinen en las Cl谩usulas Particulares.
Asimismo deber谩n acompa帽ar declaraci贸n jurada en la que se exprese que no se encuentran incurso en ninguna de las circunstancias se帽aladas en el presente.-
ARTICULO 12: Efectos de los impedimentos: Cuando se constatare que el proponente estuviera alcanzado por alguna de las prohibiciones establecidas en el Art铆culo 11, a la fecha de presentaci贸n de las propuestas, o cuando siendo el impedimento sobreviviente, no lo hubiera denunciado oportunamente, proceder谩 de la siguiente manera:
- A) Rechazo de la propuesta, con p茅rdida de garant铆a de la oferta en el lapso que va entre la apertura de la Licitaci贸n y el perfeccionamiento de la adjudicaci贸n. Se except煤a de la perdida de la garant铆a los casos del Art. 11, inciso 1) cuando la incapacidad resultare de la falta de discernimiento.
- B) La anulaci贸n del contrato, con p茅rdida de la garant铆a del contrato, y la indemnizaci贸n de los da帽os y perjuicios, cuando el impedimento se advirtiere despu茅s del perfeccionamiento de la adjudicaci贸n. Se except煤a de la p茅rdida de la garant铆a, y los da帽os y perjuicios, el caso del Art铆culo 1.1, inciso 1) cuando la incapacidad resultare de la falta de discernimiento.-
- GARANT脥AS
ARTICULO 13: Objeto-Oportunidad: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los proponentes y adjudicatarios deber谩n constituir las siguientes garant铆as:
- A) Garant铆a de la oferta: deber谩 acompa帽arse a la propuesta la documentaci贸n que acredite su constituci贸n. En el plazo que fijen las Cl谩usulas Particulares.
- B) Garant铆a de Contrato: Deber谩 presentarse a la firma del Contrato.-
ARTICULO 14: Montos: Ser谩n los que establezcan las Cl谩usulas Particulares.- ARTICULO 15: Forma: Podr谩n constituirse en alguna de las siguientes formas:
- A) Dinero en efectivo: Deber谩 depositarse el dinero en la Tesorer铆a de la Municipalidad del Partido de Villa Gesell.
- B) Fianza bancaria: Constituida a favor de la Municipalidad de Villa Gesell.
- C) P贸liza de seguro de cauci贸n: La misma debe incluir domicilio legal en la Localidad donde se efectuara el servicio someterse a los Tribunales competentes y constituirse en aseguradora como liso y llano pagador; no permiti茅ndose otro instrumento que no sea la p贸liza.-
ARTICULO 16: Prueba de la constituci贸n de las garant铆as: Los proponentes o adjudicatarios, seg煤n el caso, acreditaran la constituci贸n de las garant铆as, acompa帽ando el recibo original expedido por la Tesorer铆a de la Municipalidad del Partido de Villa Gesell, donde conste la entrega del dinero, t铆tulos o documentaci贸n correspondiente, o bien acompa帽ando la documentaci贸n original constitutiva de la fianza o seguro.-
ARTICULO 17: Devoluci贸n de la garant铆a de la oferta:
- A) Ser谩n devueltas en forma inmediata las garant铆as de las ofertas.
1 ) Vencido el mantenimiento de la oferta.
2 ) De las ofertas no admitidas por haber sido presentadas fuera de t茅rmino.
3 ) Perfeccionada la adjudicaci贸n a otro proponente.
4 ) A los comprendidos en el Art铆culo 12 , inc. a) p谩rrafo segundo.
- B) Ser谩n devueltas dentro de los treinta (30) d铆as de la apertura de las ofertas, las garant铆as pertenecientes a oferentes que por deficiencias de fondo, en ning煤n momento fueron consideradas como tales.-
ARTICULO 18: Devoluci贸n de la garant铆a de contrato: Ser谩n devueltas transcurridos seis (6) meses desde:
- A) Cumplido el plazo de contrato, o de las prorrogas si las hubiere y la satisfacci贸n de las obligaciones por parte del adjudicatario.
- B) Resucito el contrato por causas no imputables al concesionario.-
ARTICULO 19: Reclamo restituci贸n garant铆a: En los casos, que luego de notificados en el domicilio constituido por los oferentes o adjudicatarios no retirasen las garant铆as, podr谩n reclamar su restituci贸n dentro de un plazo de un a帽o (1) a partir de la fecha de la notificaci贸n. La falta de presentaci贸n dentro del plazo se帽alado, por parte del titular del derecho, significara la renuncia del mismo a favor de la Municipalidad de Villa Gesell, y ser谩 aceptada por esta, al ordenar el ingreso patrimonial de lo que constituyere la garant铆a.-
ARTICULO 20: Valores otorgados: En los dep贸sitos de los valores otorgados, no se efectuaran devoluciones por el acrecentamiento de dichos valores.-
ARTICULO 21: Intereses: El Partido de Villa Gesell no abonara intereses por los dep贸sitos en garant铆a. Los que devengaran los titulas o valores depositados, pertenecer谩n a sus propietarios.-
ARTICULO 22: Restituci贸n nominal: La Municipalidad de Villa Gesell cumplir谩 su obligaci贸n de devoluci贸n de los dep贸sitos entregados en garant铆a, restituyendo una suma nominalmente igual a la recibida.-
- DOMICILIOS PRORROGAS DE JURISDICCION
ARTICULO 23: Domicilio real: Los proponentes deber谩n denunciar su domicilio real.-
ARTICULO 24: Domicilio especial: Los proponentes constituir谩n domicilio especial todos los efecto de la Licitaci贸n, dentro de los limites del Partido de Villa Gesell, con indicaci贸n de calle, n煤mero, piso, letra o n煤mero de departamento o de escritorio, y de no contar con numeraci贸n de calle, deber谩 darse la nomenclatura catastral completa donde se tendr谩n por validas, las notificaciones intimaciones y/o comunicaciones administrativas y/o judiciales, que deban practicarse con motivo de la Licitaci贸n y de la contrataci贸n que fuere su consecuencia.-
ARTICULO 25: Conservaci贸n del domicilio: El proponente y/o contratante esta obligado al mantenimiento especial que constituya Mientras que el proponente y/o contratante no notifique la constituci贸n de un nuevo domicilio especial, subsistir谩 el anteriormente constituido. Las notificaciones podr谩n constituirse por medios de c茅dula que diligencie el funcionario municipal ad hoc designado al efecto.
La diligencia se practicara conforme a las normas pertinentes del C贸digo de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, podr谩n realizarse por medio de telegrama, caita documento, o cualquier otro medio fehaciente. La inexistencia del domicilio, aunque fuera sobreviviente, o la dificultad o imposibilidad de hallarlo por insuficiencia de. datos aportados al constituirlo, u otras cualesquiera causas, traer谩 aparejado el derecho de tenerlo por constituido en la Sede Municipal del Partido de Villa Gesell donde ser谩n expuestos por cinco (5) d铆as h谩biles las instrucciones y comunicaciones en forma publica, circunstancia esta que certificar谩 el Secretario Municipal del 谩rea respectiva.-
ARTICULO 26: Prorroga de jurisdicci贸n: Los proponentes deber谩n someterse para toda cuesti贸n derivada del presente a la competencia de los Tribunales Ordinarios con sede en la Ciudad de Dolores, Provincia de Buenos Aires, renunci谩ndose a cualquier fuero o jurisdicci贸n respecto de las cuestiones que pudieran suscitarse con motivo de la oferta o contrato que formularen o celebraren como consecuencia del presente llamado a Licitaci贸n.-
- DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 27: Conocimiento del Pliego de Bases y Condiciones y la circunstancia de la contrataci贸n: El proponente estudiara detenidamente este Pliego de Bases y Condiciones, sus cl谩usulas, especificaciones y anexos, si los hubiere, quedando establecido, por el solo hecho de su participaci贸n en la Licitaci贸n, que habr谩 interpretado sin dudas ni excepciones, su exacto alcance y el justo significado de todos su t茅rminos, habiendo apreciado las condiciones de hecho y de derecho, bajo las que se ejecutaran las prestaciones, as铆 como las dificultades y contingencias que deber谩n superar, no pudiendo alegar el desconocimiento o error al respecto. Los proponentes podr谩n requerir a la Municipalidad licitante, cualquier aclaraci贸n y/o explicaci贸n referente a este Pliego hasta el d铆a 00/0/01 inclusive. Las aclaraciones y/o explicaciones que la Municipalidad, a su solo criterio juzgo procedente, ser谩n puestas de manifiesto p煤blicamente en la sede municipal durante los d铆as 00/00/01 y 00/00/01, las que certificara el Sr. Secretario del 脕rea correspondiente. Los proponentes quedaran obligados a concurrir en esos d铆as a notificarse de las aclaraciones y/o especificaciones que diere la Municipalidad pudiendo retirar copias de las mismas. Sino lo hicieren, no podr谩n posteriormente formular ning煤n reclamo o formular impugnaci贸n, que reconozca como fundamento el desconocimiento de las aclaraciones y/o explicaciones que formulare la Municipalidad, ni la inteligencia de las Cl谩usulas del Pliego y formaran parte de 茅l.-
ARTICULO 28: Lugar de recepci贸n: Las propuestas ser谩n recepcionadas por el organismo municipal, y en el lugar, que se determina en las Cl谩usulas Particulares.-
ARTICULO 29: Formas de remisi贸n: Las propuestas se entregaran personalmente por los interesados, o se remitir谩n por correo.
En caso de que fueran remitidas por correo, los remitentes tomaran a su cargo el riesgo que la propuesta no sea recibida en tiempo oportuno. Las que se reciban por correspondencia, con posterioridad al vencimiento del plazo de la recepci贸n, ser谩n acumuladas al expediente de la Licitaci贸n sin abrir.-
ARTICULO 30: Plazo de recepci贸n: Las propuestas se recibir谩n durante el horario h谩bil de oficinas de la Municipalidad de Villa Gesell, hasta la hora fijada para la apertura de las mismas.
Vencido dicho plazo no se admitir谩n, aun cuando no se hubiere comenzado la apertura de los sobres.-
ARTICULO 31: Plazo de mantenimiento de las ofertas: Ser谩 el que se determine en las Cl谩usulas Particulares. Vencido dicho t茅rmino se considerara autom谩ticamente prorrogado por un lapso igual, de no mediar manifestaci贸n en contrario del proponente, circunstancia que deber谩 ser notificada fehacientemente a la Municipalidad, con una anticipaci贸n no menor de cinco (5) d铆as h谩biles, al vencimiento establecido.
El desistimiento de la oferta pendiente el plazo de mantenimiento antes de perfeccionarse la adjudicaci贸n, ocasiona la perdida de la garant铆a de la oferta.-
ARTICULO 32: Requisitos de la propuesta:
- A) Original y Duplicado: Las propuestas deber谩n ser presentadas en original y duplicado.
- B) Escrito a maquina: Deber谩n estar escritas a maquina.
- C) Idioma espa帽ol: Se redactara en idioma espa帽ol.
- D) Firma y aclaraci贸n en cada foja: Cada foja del original y del duplicado, ser谩n firmadas por el o los proponentes, con la respectiva aclaraci贸n de firmas
- E) Salvadora de las enmiendas o interlineas; Las enmiendas o interlineas deber谩n ser salvadas bajo firmas del o los proponentes.
- F) Sobre: La propuesta deber谩 ser presentada dentro de un sobre o paquete perfectamente cerrado. No ser谩n decepcionados aquellos sobres que no estuvieran perfectamente cerrados. En la parte anterior del sobre se indicara en forma destacada, Partido de Villa Gesell, Avenida 3 N潞 820, el n煤mero de licitaci贸n y del expediente y la fecha y hora de la apertura de la propuesta.-
ARTICULO 33: Forma de Presentaci贸n de la propuesta: La Propuesta que efect煤en los concurrentes a la Licitaci贸n Publica se presentara en el lugar designado para este fin hasta la fecha y hora indicado para el acto de apertura; y la presentaci贸n se deber谩 efectuar en dos sobres de la siguiente forma:
EL SOBRE A) CONTENDR脕
- A) Cuadernos o carpetas: Descuadernados, con sus fojas debidamente cocidas, o dos carpetas de tama帽o oficio.
- B) Fojas numeradas correlativamente: Las fojas de cada cuaderno o carpeta, estar谩n numeradas correlativamente desde uno (1) hasta el final de cada cuaderno o carpeta, en su esquina inferior con media firma del proponente.
- C) Contenido de los cuadernos: Uno de los cuadernos o carpetas estar谩n constituidos por los escritos, documentos y antecedentes originales que seguidamente se enumeran, y el otro con las copias fieles de tal elemento, glosados en el orden de la enumeraci贸n.
- Nota de presentaci贸n: En ella se hace constar:
El nombre completo del o los proponentes. Su domicilio real. El numero de inscripci贸n en el Registro de Proveedores de la Municipalidad o manifestaci贸n de que se halla en tramite. Los representantes o apoderados relacionaran los instrumentos con que se acredita dicha personer铆a. Manifestaci贸n de la Caja o Cajas de Previsi贸n en las que se hallaren inscriptos con la indicaci贸n de los n煤meros correspondientes. Recaudo similar respecto de la inscripci贸n en la Direcci贸n General de Rentas Provincial y en la Direcci贸n General Impositiva, respecto de los impuestos a que est茅n afectados. Cada proponente cumplir谩 este recaudo, por duplicado, en el formulario N潞 1 y su copia que se acompa帽a al presente Pliego.
- Declaraci贸n Jurada: De que no se halla(n) inhabilitada(s) por los impedimentos establecidos en el Art铆culo 11.
- Comprobantes: Adjuntar en original y duplicado, los comprobantes de pago con los cuales se acredite en dicha forma, que el proponente no mantiene deuda alguna con la Caja de Previsi贸n, Direcci贸n General de Rentas y Direcci贸n General Impositiva, a que se halla inscripto, y declaraci贸n en forma, de que han cumplido con todas las obligaciones que la ley pone a su cargo.
- Constituci贸n de domicilio especial y prorroga de jurisdicci贸n: Los proponentes dar谩n cumplimiento a lo indicado en los Art铆culos 24 , 26 y en el precedente inciso 3, por duplicado en el formulario N潞 2, que se acompa帽a al presente Pliego.
- Garant铆a de la oferta: El documento o los documentos que acrediten la constituci贸n de la garant铆a de la oferta.
- Recibo original de la adquisici贸n del Pliego de Bases y Condiciones
- Constancia de inscripci贸n o de tramite de la inscripci贸n en el Registro de Proveedores de la Municipalidad: La expedir谩 la oficina de Compras de la Municipalidad a solicitud del proponente.
- Presentaci贸n de datos y especificaciones t茅cnicas de los camiones y/o maquinarias a utilizar en el servicio: A帽o de fabricaci贸n, marca, modelo, estado general, tipo de caja compactadora, marca y a帽o de fabricaci贸n, folletos, fotos, y todo otro elemento que enriquezca los datos sobre los equipos ofertados.
- Poderes: Los representantes y/o apoderados acompa帽aran aquellos documentos con los que se acrediten en forma la personar铆a que invoquen.
- Documentaci贸n de los veh铆culos: Se adjuntaran en original y duplicado, la documentaci贸n de los veh铆culos que se destinaran a la recolecci贸n y transporte de los residuos corno as铆 tambi茅n a los que emplearan en el terreno afectado. Los camiones a ofertar no deber谩n ser inferiores al modelo del a帽o 1995. Para el caso de camiones y/o maquinas se deber谩 acreditar la titularidad de los mismos.
- Anteproyecto del Plan de Trabajo: El cual deber谩 contener frecuencias, horarios, cantidad y tipo de veh铆culos a utilizar, declaraci贸n de personal asignado.
- Nota dirigida a la Municipalidad constituyendo domicilio en la Ciudad de Villa Gesell.
- Estados contables confeccionados de acuerdo a la Ley en vigencia, a la fecha de la Licitaci贸n, del ultimo ejercicio firmado por Contador Publico Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Econ贸micas respectivo.
- Otros Documentos: Se acompa帽aran los documentos, antecedentes y/o remitos que se requieran en las Cl谩usulas Particulares, los que se glosaran a continuaci贸n y en el orden que all铆 se enumeren.
EL SOBRE B) CONTENDR脕: La oferta propiamente dicha y la documentaci贸n que se requiera en las cl谩usulas particulares, firmadas en todas sus hojas por el oferente y la misma deber谩 ser presentada libre de raspaduras, interlineas, sobre impresiones, testaciones, que no hubieran sido salvadas debidamente al pie de la misma, caso contrario ser谩 rechazada la oferta.-
ARTICULO 34: De los Sobres: Los sobres A) y B) ir谩n dentro de otro sobre individualizado con la letra C); todos los sobres se presentaran cerrados y lacrados, con la siguiente leyenda:
| MUNICIPALIDAD DE VILLA GESELL LICITACI脫N PUBLICA N掳 000/00 SERVICIO DE RECOLECCI脫N DE RESIDUOS DOMICILIARIOS
FECHA APERTURA: 00/00/00 HORA: 10.00 hs.-
|
VII. ACTO DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 35: Autoridades Municipales: Las propuestas ser谩n abiertas en presencia de las autoridades municipales correspondientes, e interesados que concurran.-
ARTICULO 36: Continuidad del acto: Con antelaci贸n a la hora fijada para la apertura de las propuestas, los proponentes podr谩n dejar sin efecto las propuestas presentadas, presentar nuevas propuestas y efectuar aclaraciones. Posteriormente no se permitir谩 ninguna interrupci贸n al acto.-
ARTICULO 37: Numeraci贸n Sobres: Previamente a la apertura de las propuestas, se numeraran correlativamente los sobres que las contengan, los que ser谩n abiertos seguidamente en el orden num茅rico que se les asignen.-
ARTICULO 38: Acta: En el acta a labrarse constara objetivamente lo siguiente:
- a) Lugar, fecha y hora, correspondiente a la iniciaci贸n del acto.
- b) Numero y objeto de la Licitaci贸n y numero de expediente.
- c) Cargo y nombre de los funcionarios presentes, indicando quien preside el acto.
- d) Respecto de cada propuesta, se consignara lo siguiente:
- Numero de orden.
- Nombre del proponente.
- Cantidad de folios (del original y de la copia).
- Descripci贸n de las garant铆as.
- Descripci贸n de la ofertas propiamente dicha, si correspondiere.
- Observaciones que el funcionario que presidiere el acto considere oportuno formular respecto de la propuesta. Durante el acto de apertura podr谩n los interesados proceder al ex谩men de las propuestas. A tal efecto, el funcionario que presidiere el acto les facilitar谩 las copias de las mismas.
Los oferentes tendr谩n un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes al acto de apertura para formular las impugnaciones que estimen les corresponda; y en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes tendr谩n derecho a formular los descargos de las impugnaciones que se le efect煤an.
En dichos casos deber谩n entregar tantas copias de sus escritos como oferentes participantes, a efectos de entregar a cada uno de ellos la documentaci贸n necesaria para evaluar las impugnaciones y descargos.-
VIII. ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 39: Rechazo de las propuestas: No se consideraran y ser谩n rechazadas:
- a) Las propuestas que no cumplan con las obligaciones que impone el Pliego, fueran condicionales, o se apartaren de las Cl谩usulas del Pliego.
- b) Las que contengan raspaduras o enmiendas no salvadas, excepto que se traten de alteraciones insustanciales, o no hayan sido observadas en el acto de apertura.
- c) Las que contengan defectos o vicios que alteren la igualdad entre los licitantes.
- d) Las que no acompa帽aren la garant铆a de la oferta (Art. 33 , punto 5).
- e) Las que se remitan a muestras, sin haber sido estas exigidas.
- f) Hallarse incurso en alguno de los impedimentos establecidos en el Art铆culo 11 y concordantes.-
ARTICULO 40: Defectos Formales: No ser谩n rechazadas las propuestas que contengan defectos meramente formales, en estos casos se intimara a los interesados para que solucionen en un plazo perentorio de tres d铆as h谩biles, bajo apercibimiento de procederse al rechazo de la propuesta con p茅rdida de garant铆a.-
ARTICULO 41: La Recepci贸n no obliga al Municipio: La mera recepci贸n de las ofertas no obliga a la Municipalidad a adjudicar la contrataci贸n a alguna de ellas.
ARTICULO 42: Aceptaci贸n propuestas: La Municipalidad del Partido de Villa Gesell se reserva el derecho de aceptar la propuesta que considere mas conveniente o rechazar todas sin derecho por parte de los oferentes a exigir indemnizaci贸n alguna o formular reclamos.-
ARTICULO 43: Forma de evaluar las propuestas: El criterio a seguir por el Departamento Ejecutivo a los efectos de evaluar las distintas ofertas y su posterior adjudicaci贸n, ser谩n los siguientes:
1.- Precio cotizado……………………………………………………………………….Hasta………88 pts.
2.- Equipos a utilizar…………………………………………………………………… Hasta………12 pts.
TOTAL 100 pts.
* El puntaje de los equipos se realizara de la siguiente forma:
1- A帽o 1995 al 1998 = 1 puntos.
2- A帽o 1999 al 2001 = 7 puntos.
3- A帽o 2001 = 11 puntos.
4- 0 Km. = 12 puntos.
Para la consideraci贸n de los puntajes a otorgar, de acuerdo al equipo ofertado, se tomara el puntaje a obtener, seg煤n modelo de cada uno de los camiones en forma individual, sin consideraci贸n, de en que periodo (invierno o verano), sea prevista su utilizaci贸n y se promediaran seg煤n la siguiente formula:
A + B …… n
—————— = P2
N
A + B …. n = Sumatoria de los puntajes obtenidos por cada cami贸n.
N = Cantidad de camiones.
P2= Puntaje obtenido.
Con respecto a la consideraci贸n del puntaje por precio cotizada, se tomaran los. porcentajes de la oferta menor con respecto a la oferta a considerar, afectando el porcentaje resultante en cada una de las ofertas, de acuerdo, a la siguiente formula:
OM
—————- = X%
OC
MPP x X% = P1
OM = Oferta menor.
OC = Oferta a considerar.
X% = Porcentaje resultante.
MPP = M谩ximo puntaje posible (85 puntos).
P1 = Puntaje obtenido.
El puntaje total a conseguir por cada oferta, ser谩 la sumatoria de P1 + P2.
Se considerara al equipo ofertado compuesto por el cami贸n y la caja compactadora, consider谩ndose el modelo del elemento de mayor antig眉edad a los efectos de la puntuaci贸n.-
ARTICULO 44: Igualdad de Ofertas: Cuando dos propuestas resultaren en igualdad de condiciones se solicitara a los oferentes que bajo sobre cerrado, en acto que se notificara a los oferentes con dos d铆as h谩biles de anticipaci贸n, que mejoren su cotizaci贸n, adjudicando al que ofreciere mejor precio.-
ARTICULO 45: Preadjudicaci贸n: La preadjudicaci贸n se efectuara de acuerdo a lo que sobre el tema establezca las Cl谩usulas Particulares y no creara derecho alguno a favor de los proponentes.-
ARTICULO 46: Error de Hecho en la Propuesta: Hasta el vencimiento del plazo para la adjudicaci贸n los oferentes pueden alegar, haber incurrido en errores de hecho sustanciales, en cuyo caso se desestimara sin mas la propuesta. En caso de que y al solo juicio del Departamento Ejecutivo el error fuere manifiesto y excusable, proceder谩 a la restituci贸n de la garant铆a, caso contrario perder谩 la misma.-
ARTICULO 47: Preclusi贸n: En caso de que no se formularen impugnaciones, descargos, o no se alegaren los errores de hecho, dentro de los plazos fijados en este Pliego, los proponentes perder谩n el derecho de hacerlo en lo sucesivo.-
ARTICULO 48: Adjudicaci贸n: Vencidos los plazos fijados y cumplidos los presupuestos que aqu铆 se dan cuenta, el Departamento Ejecutivo adjudicara la contrataci贸n perfeccion谩ndose en la oportunidad que se determina en las Cl谩usulas Particulares.-
ARTICULO 49: Notificaci贸n de la adjudicaci贸n: La adjudicaci贸n se notificara al adjudicatario, en su domicilio especial constituido.-
ARTICULO 50: Efectos de la adjudicaci贸n: Si el acto de adjudicaci贸n ocurre antes del vencimiento del plazo de mantenimiento de las ofertas y su notificaci贸n se cursare al adjudicatario dentro de los cinco (5) d铆as h谩biles de dictado, suspende el curso del t茅rmino de mantenimiento de las ofertas.-
ARTICULO 51: Desistimiento de la oferta: Si antes de resolverse acerca de la adjudicaci贸n y dentro del plazo de mantenimiento de la oferta, esta fuera retirada, o si el proponente no cumpliera con las obligaciones a su cargo para el perfeccionamiento de su adjudicaci贸n, ello implicar谩 el desistimiento de la propuesta con p茅rdida de la garant铆a de la misma, y sin derecho a reclamo alguno por parte del oferente.- ARTICULO 52: Proponente siguiente: Es atribuci贸n del Departamento Ejecutivo, de entenderlo conveniente celebrar la contrataci贸n con el proponente que siga en orden de consecuencia cuando los primeros reiteren propuestas antes del perfeccionamiento de la adjudicaci贸n o se los tuviera por desistidos de los mismos.-
- R脡GIMEN SANCIONATORIO
ARTICULO 53: Incumplimientos: Los adjudicatarios contratantes, que incurrieren en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, emergentes del presente Pliego de Bases y Condiciones, y sus documentos complementarios, ser谩n sancionados con las penalidades que se detallan en las Cl谩usulas Particulares.-
ARTICULO 54: Plazo descargo: Labrada un acta de infracci贸n, el adjudicatario contratante dispondr谩 de un plazo de cinco (5) d铆as h谩biles para efectuar su descargo por escrito a partir de la notificaci贸n a realizar. Transcurrido dicho plazo, se resolver谩 de acuerdo a los antecedentes obrantes.-
ARTICULO 55: Recurso: El Adjudicatario podr谩 deducir formal recurso de reconsideraci贸n contra sanci贸n impuesta dentro del t茅rmino de cinco (5) d铆as h谩biles administrativos de su notificaci贸n.-
ARTICULO 56: Elementos de Juicio y Pruebas fuera termino: En el descargo, deber谩 aportarse todos los elementos de juicio y pruebas de que pretenda valerse el adjudicatario contratante no acept谩ndose los que se presenten fuera de t茅rmino.-
ARTICULO 57: Pago Multas: El importe de las multas deber谩 ser satisfecho por el adjudicatario, dentro de los cinco (5) d铆as h谩biles siguientes a la notificaci贸n de la sanci贸n, en la Tesorer铆a Municipal, y aquel deber谩 presentar el respectivo comprobante de deposito dentro de los tres (3) d铆as de efectuado el mismo, ante el 贸rgano de supervisi贸n y fiscalizaci贸n. En caso que el infractor tuviese cr茅ditos a cobrar respecto de la Municipalidad, con motivo de la contrataci贸n de que se trata, podr谩 compensar el monto de la multa con el cr茅dito sin derecho a reclamaci贸n alguna por parte del adjudicatario contratante.-
ARTICULO 58: Plazo para las correcciones: El adjudicatario contratante, a quien se le haya labrado un acta de infracci贸n, corregir谩 o solucionara la causa que la origino dentro de las 24 horas. Cuando la envergadura de los trabajos a realizar, imposibilite cumplimentar lo dispuesto en el p谩rrafo anterior, deber谩 darse principio de ejecuci贸n a los trabajos en el plazo indicado, comunicando esta circunstancia a la Municipalidad del Partido de Villa Gesell que fijara el plazo perentorio dentro del cual deber谩n quedar concluidos, bajo pena de rescisi贸n de contrato, perdida de la garant铆a e inhabilitaci贸n por cuatro a帽os-
ARTICULO 59: Costas y Costos: En todos los casos las costas y los costos que por cualquier concepto (notificaciones, intimaciones, comunicaciones, trabajos, etc.) se ocasionen a la Municipalidad del Partido de Villa Gesell, respecto de los hechos o de los actos del concesionario que impliquen infracciones e incumplimiento de sus obligaciones deber谩n ser abonados por dicho concesionario.-
CLAUSULAS PARTICULARES
- DE LA LICITACI脫N
ARTICULO 60: Objeto y Car谩cter del llamado: Se llama a Licitaci贸n P煤blica para la contrataci贸n de la locaci贸n del Servicio de Recolecci贸n, Carga, Transporte de Residuos Domiciliarios en el Partido de Villa Gesell, en las condiciones estipuladas en las Cl谩usulas Generales, Cl谩usulas Particulares, formularios y planos que se adjuntan.-
ARTICULO 61: R茅gimen Legal: La presente Licitaci贸n Publica se realizara bajo el r茅gimen previsto en las siguientes disposiciones legales: Ley Org谩nica de las Municipalidades (Decreto/Ley 6769/58) y sus modificatorias y ampliatorias vigentes a la fecha de licitaci贸n, 芦Reglamento de Contabilidad y Ordenanza Municipal N潞 1521禄. Las partes deber谩n ajustarse a sus disposiciones y a las cl谩usulas complementarias o nuevas que se indiquen en el presente Pliego.-
ARTICULO 62: Pliego de Bases y Condiciones: Los oferentes deber谩n formular sus propuestas en un todo de acuerdo con las especificaciones del presente Pliego de Bases y Condiciones, el que se integra en un todo 煤nico e indivisible, por las Cl谩usulas Generales que anteceden, estas Cl谩usulas y los Formularios 1, 2, 3 y planos adjuntos.-
ARTICULO 63: Interpretaci贸n Contractual: Para la interpretaci贸n contractual y su integraci贸n se respetara el siguiente orden de prelaci贸n:
- a) Texto del Contrato
- b) Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, formularios y planos correspondientes.
- c) Notas aclaratorias emitidas por el Departamento Ejecutivo.
- d) La oferta realizada por el oferente y los documentos aclaratorios y/o complementarios suscriptos e intercambiados por ambas partes con posterioridad a la adjudicaci贸n y hasta la firma del contrato.-
ARTICULO 64: Consulta y Adquisici贸n del Pliego: Los interesados en formular propuestas podr谩n consultar los Pliegos correspondientes en la sede de la Municipalidad de Villa Gesell, sito en la Avenida 3 N潞 820, de la Ciudad de Villa Gesell. El valor del Pliego ser谩 de pesos cuatro mil ($4.000.-). El Pliego de Bases y Condiciones se podr谩 adquirir hasta el d铆a 00/00/00 inclusive, en la Municipalidad de Villa Gesell, en el Departamento Compras, y en la Casa de Villa Gesell, en Buenos Aires.-
ARTICULO 65: Apertura de las ofertas: Se realizar谩 el ….. de ….. 2001 a las 10.00 horas en la sede de la Municipalidad de Villa Gesell, realiz谩ndose en el mismo acto la apertura del sobre A) y sobre B).-
ARTICULO 66: Inscripci贸n en el Registro de Proveedores de la Municipalidad: Los oferentes deber谩n estar inscriptos, de acuerdo a lo establecido en las Cl谩usulas Generales (Art. 5), salvo el caso de excepci贸n contemplado en el Art铆culo 6 de las mismas cl谩usulas.-
ARTICULO 67: Lugar de Recepci贸n de las Ofertas: Las ofertas se recibir谩n en el Departamento Compras de la Municipalidad de Villa Gesell, hasta una (1) hora antes a la fijada para la apertura de las propuestas.-
ARTICULO 68: Mantenimiento de la Oferta: Los oferentes deber谩n mantener su oferta por un plazo de 45 d铆as corridos a partir de la fecha de apertura de la Licitaci贸n.-
ARTICULO 69: Monto de la Garant铆a de la Oferta: El monto de la garant铆a de la oferta se fija en el cinco (5%) por ciento de la oferta anual realizada por el oferente, de acuerdo a la modalidad establecida en el Art铆culo 15 de las Cl谩usulas Generales; la que ser谩 reintegrada por la Municipalidad, de acuerdo a lo dispuesto en el Art铆culo 17 de las mismas cl谩usulas.-
ARTICULO 70: Presupuesto Oficial: Asciende a la suma de pesos Trescientos Ochenta mil, ($380.000.-), por a帽o de servicio, por todo concepto.-
ARTICULO 71: Forma de constituci贸n de la Garant铆a: No podr谩 constituirse las garant铆as en otras formas que no sean las establecidas en el Art铆culo 15 de las Cl谩usulas Generales.-
ARTICULO 72: An谩lisis de Precio: En el sobre que contenga la oferta propiamente dicha deber谩 colocarse, el an谩lisis de precios, el cual deber谩 contener todas las operaciones algebraicas que justifiquen el precio cotizado (jornales, cargas sociales, combustible, lubricantes, amortizaci贸n de equipos, mantenimiento, seguros, indumentarias, costos financieros, etc.).-
ARTICULO 73: Otros Documentos: En el sobre a) se colocaran los documentos de que habla el Art铆culo 33 , inciso c), en su punto diecis茅is (16) consistente en lo siguiente:
16.1 Contrato Social y sus modificaciones: Las sociedades oferentes cumplimentaran el articulo s茅ptimo (7), intercalando en los cuadernos o carpetas (articulo treinta y tres (33), inciso a), la documentaci贸n correspondiente.
16.2 Impuestos: Originales y copias de las constancias de caso, con los cuales se acredite en forma la inscripci贸n de los oferentes en los Impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado, a los Ingresos Brutos en el 谩mbito provincial, o bien Declaraci贸n Jurada de no tener obligaci贸n de inscribirse en ellos.
16.3 Antecedentes: Acompa帽ar, si los tuviere, documentaci贸n que acredite haber realizado trabajos similares en otras Municipalidades.
16.4 Capacidad Econ贸mica: Las personas de existencia visible o del acompa帽aran la auditoria contable de su situaci贸n patrimonial con documental que la respalde, y en el caso de las sociedades comerciales, agregaran adem谩s el Balance de su 煤ltimo ejercicio econ贸mico, suscripto todos ellos por Contador Publico con certificaci贸n del Consejo Profesional de Ciencias Econ贸micas.-
16.5 Referencias: Bancarias y comerciales.
16.6 Pliego de Bases y Condiciones: Un ejemplar del Pliego de Bases y Condiciones, en todos sus folios filmados por el proponente.
16.7 Declaraci贸n Jurada de no encontrarse bajo ninguna de las causales de exclusi贸n enumeradas en el Art. 11 de las Cl谩usulas Generales.-
ARTICULO 74: Admisibilidad de las propuestas: Ser谩n causales de rechazo las propuestas que incurran en algunas de las siguientes circunstancias.
- A) Cuando se compruebe que la misma persona se halla interesada en dos o mas propuestas. No se considerara que existe esa causal, cuando la persona sea meramente accionista de la sociedad oferente, y no integra los cuerpos directivos, de dos o mas sociedades.
- B) Cuando compruebe que existe acuerdo entre dos o mas oferentes. Quienes resulten inculpados en estas causales perder谩n la garant铆a de la propuesta, y se har谩n pasible de los da帽os y perjuicios correspondientes.
ARTICULO 75: De la propuesta: La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar o no el servicio licitado, y en definitiva, la adjudicaci贸n corresponder谩 a la oferta que a criterio de aquella, sea la mas ventajosa financiera y t茅cnicamente. Tambi茅n se tendr谩 en cuenta la solvencia moral y material, los antecedentes de idoneidad de los oferentes y en particular los obrantes en la Municipalidad. Esta se reserva el derecho de no tener en cuenta errores formales de la presentaci贸n y otros que no impidieren la comparaci贸n de las ofertas, si ello fuere conveniente a sus intereses.-
ARTICULO 76: Perfeccionamiento de la adjudicaci贸n: La adjudicaci贸n se perfeccionara con la notificaci贸n a la adjudicataria del acto administrativo de la adjudicaci贸n, y la recepci贸n por el Departamento Ejecutivo, de la garant铆a del contrato debidamente constituida.
Las disposiciones de las Cl谩usulas Generales, en las que expresa el perfeccionamiento de la adjudicaci贸n que se obtuviera en la celebraci贸n del contrato, deben entenderse como referidos a la recepci贸n por la Municipalidad licitante, de la garant铆a de contrato constituida en forma.
- A) Firma del Contrato General: dentro de los diez d铆as h谩biles a partir de la fecha de notificaci贸n al proponente y a la adjudicaci贸n del Servicio.
- B) Garant铆a de Contrato: Dentro de los diez (10) d铆as h谩biles a partir de la fecha de notificaci贸n al proponente de la adjudicaci贸n del Servicio.
- C) Plan de Trabajos: El plan de trabajo se deber谩 presentar dentro de los tres (3) d铆as h谩biles de firmado el contrato General.
- D) Fecha de iniciaci贸n del Servicio: Simult谩neamente a la fecha de la firma del Contrato General y presentaci贸n de Garant铆a de Contrato.
- E) Plazo de Contrataci贸n del Servicio: Ser谩 de treinta y seis, (36), meses corridos a partir de la firma del contrato general mas la prorroga, si la Municipalidad as铆 lo decidiera, de doce (12) meses mas, la cual podr谩 ser otorgada en dos periodos
- DE LA COTIZACI脫N DE LAS CONTRATACIONES
ARTICULO 80: Definici贸n del servicio: El contrato de locaci贸n de servicios regido por el presente Pliego de Bases y Condiciones, tiene por objeto la recolecci贸n de residuos s贸lidos urbanos, dentro de los limites del Partido de Villa Gesell, cuya delimitaci贸n surge en el Art铆culo 84掳.-
ARTICULO 81: M茅todo de disposici贸n final: El oferente deber谩 presentar una propuesta de un predio de disposici贸n final de residuos, con su correspondiente cotizaci贸n mensual para ser utilizado en forma opcional ajuicio de la Municipalidad hasta tanto se ponga en funcionamiento lo establecido por Ordenanza N掳 1700, a partir de dicho momento el concesionario dejar谩 de percibir el costo propuesto por el predio de la disposici贸n final de residuos sin derecho a reclamo alguno.-
ARTICULO 82: Trabajos de esta licitaci贸n: Los trabajos objeto de esta Licitaci贸n comprenden:
- a) La provisi贸n de camiones recolectores y todos sus accesorios, los mismos deber谩n ser propiedad del oferente, para lo cual deber谩 acreditar la titularidad de los mismos.
- b) Su explotaci贸n que comprende la recolecci贸n, carga, transporte y descarga.
- c) Provisi贸n del personal conductor y de carga.-
ARTICULO 83: Definici贸n residuo s贸lido urbano: Se entiende en esta denominaci贸n, para la aplicaci贸n del presente Pliego:
- A) Los residuos s贸lidos de todas las clases, comprendidos espec铆ficamente basuras residuales, cenizas, restos de residuos o vajillas, botellas, hojas, residuos de barridos de los inmuebles y restos diversos, perfectamente embolsados y colocados en residueros individuales o colectivos delante de los inmuebles de tal forma que sean accesibles para su recolecci贸n.
- B) Los desechos provenientes de establecimientos comerciales e industriales, oficinas, administraciones, hospitales, recreos, camping, jardines privados, depositados sobre la acera. Con excepci贸n de los correspondientes a establecimiento asistenciales y otros organismos en lo que respecta a basura de origen patol贸gico, los que ser谩n retirados de los lugares que los originen , seg煤n lo determine el 贸rgano municipal de supervisi贸n, todo perfectamente embolsado.
- C) La producci贸n de la limpieza de marcados, tenas, lugares de fiestas publicas acumulados, en vistas de su evacuaci贸n. Las bolsas a utilizar, para contener los residuos referidos, en los apartados anteriores, deben presentar en su peso dimensiones y caracter铆sticas tales, que puedan ser manipuladas por un pe贸n con capacidad f铆sica normal, no pudiendo superar en ning煤n caso, los treinta (30) kilogramos aproximadamente.-
ARTICULO 84: Delimitaci贸n de zona: La zona de recolecci贸n es la comprendida dentro de los limites del Partido de Villa Gesell, incluidos Mar de las Pampas y Mar Azul, seg煤n se da cuenta en los planos adjuntos que integran el presente Pliego.-
ARTICULO 85: Forma de cotizar: Deber谩 tenerse en cuenta los periodos de verano y de invierno. Deber谩 cotizarse por la totalidad del servicio, en verano y en invierno por separado. La cotizaci贸n comprende la prestaci贸n del servicio en forma regular, continua y eficiente, de acuerdo a las estipulaciones de este Pliego. En sus ofertas indicaran:
- a) El precio unitario mensual total por cada cami贸n (incluido personal, combustible, etc.;
- b) El precio mensual del servicio;
- c) El precio total para el a帽o de contrataci贸n, estimando para este caso, una fecha de iniciaci贸n, 1 de Noviembre de 2001. Adem谩s y al solo y 煤nico efecto de ampliar las zonas a servir, si as铆 lo decidiera la Municipalidad, deber谩 cotizarse el valor cuadra correspondiente al servicio contratado.-
ARTICULO 86: Ampliaci贸n o disminuci贸n del servicio: La Municipalidad podr谩 disponer aumentos o reducciones de 铆tem contratados o creaci贸n de nuevos 铆tem cuyo valor no exceda en conjunto el veinte (20%) por ciento del monto total del contrato, los que ser谩n obligatorios para el contratista. Los aumentos o reducciones se liquidaran aplicando los precios del contrato ampliar o disminuir las zonas de servicio a realizar hasta un veinte por ciento (20%) de acuerdo a lo dispuesto en el Art铆culo 146, de la Ley Org谩nica de las Municipalidades.-
ARTICULO 87: Periodos de invierno y verano: A los efectos de la Licitaci贸n el per铆odo de invierno abarca desde 16 de Marzo al 14 de Diciembre de cada a帽o y el per铆odo de verano del 15 de Diciembre al 15 de Marzo del a帽o siguiente.-
ARTICULO 88: Cantidad de camiones: La cantidad de camiones que deben realizar el servicio es de dos (2) camiones para el per铆odo de invierno como m铆nimo y de cinco (5), camiones para el per铆odo de verano, como m铆nimo de cada a帽o, mas los reemplazos que correspondan. La Municipalidad deja perfectamente aclarado que de ser necesaria la utilizaci贸n de mas camiones de los ofertados estar谩n a exclusivo cargo del oferente.-
ARTICULO 89: Plazo de contrato: El plazo de contrato ser谩 de treinta y seis (36), meses corridos contados a partir de la firma del contrato respectivo por ambas partes. La Municipalidad del Partido de Villa Gesell, podr谩 hacer uso de la prorroga del contrato en las mismas condiciones, por doce (12) meses mas, la cual se podr谩 realizar en forma fraccionada, por periodos no inferiores a seis (6) meses hasta agotar el t茅rmino. En caso de que la Municipalidad hiciera uso del derecho de prorrogar el contrato, deber谩 comunicarlo al contratista por lo menos con un (1) mes de antelaci贸n. ARTICULO 90: Finalizaci贸n de la locaci贸n del servicio: El locador deber谩 continuar con la prestaci贸n del servicio, aun despu茅s de haber concluido el t茅rmino del contrato y sus prorrogas y hasta la iniciaci贸n de los nuevos servicios por parte de quien haya de tomarlos a su cargo. Sin embargo este plazo no podr谩 exceder los noventa (90) d铆as corridos, a partir de la fecha de vencimiento del contrato o de sus prorrogas eventuales. Los servicios que se hubieran prestado en estas condiciones ser谩n reconocidos por la Municipalidad, con los mismos precios de Licitaci贸n.-
ARTICULO 91: Frecuencia y horarios en Per铆odo Verano: La recolecci贸n de residuos en el per铆odo de verano ser谩 diaria y de la siguiente forma:
La recolecci贸n en Villa Gesell: Se realizar谩 en horario nocturno de 20:00 horas a 04:00 horas del d铆a siguiente y diurno de 05:00 a 13:00 hs., seg煤n zona delimitada en plano adjunto y denominada como F7 (frecuencia 7). El servicio se realizar谩 todos los d铆as, inclusive domingos y feriados nacionales, provinciales y municipales.
La recolecci贸n en Mar de las Pampas y Mar Azul: Se realizar谩 en horario diurno de 05:00 a 13:00 hs., seg煤n zona delimitada en plano adjunto y denominada como F6 (frecuencia 6), el servicio se realizar谩 de Jueves a Martes.-
ARTICULO 92: Frecuencia y horarios en Per铆odo de Invierno: La recolecci贸n de residuos en el per铆odo de invierno ser谩 diaria de la siguiente forma:
La Recolecci贸n en Villa Gesell: La recolecci贸n se realizar谩 en horario nocturno de 18:00 hs. a 02:00 hs. y diurno de 05:00 a 13:00 hs., seg煤n zona delimitada en plano adjunto y denominada con F6 (frecuencia 6) el servicio se realizar谩 todos los d铆as excepto los d铆as mi茅rcoles.
La recolecci贸n en Mar de las Pampas y Mar Azul: Se realizar谩 en horario diurno de 05:00 a 13:00 hs., seg煤n zona delimitada en plano adjunto y denominada como F3 (Frecuencia 3), el servicio se realizar谩 todos los d铆as excepto los d铆as mi茅rcoles.
ARTICULO 93: Modificaci贸n de zonas y/o frecuencias: La municipalidad se reserva el derecho de modificar en zonas determinadas la frecuencia y horario en el Servicio de Recolecci贸n.-
ARTICULO 94: Repaso y refuerzo: Dada la condici贸n de ciudad tur铆stica se hace indispensable un repaso en el servicio de recolecci贸n sobre la Avenida Costanera, Avenida 3 y Avda. Bs.As. y Microcentro seg煤n plano, en temporada de verano.
El horario a verificar en la practica ser谩 a partir de la hora 9.00 Hs. Adem谩s en fechas claves como Semana Santa, fines de semana largos, vacaciones de invierno y situaciones especiales que a juicio de la Municipalidad lo crea conveniente, se reforzar谩 el servicio adoptando las caracter铆sticas de la prestaci贸n de verano, el cual deber谩 ser considerado en el precio ofertado.
Al efecto de esta cotizaci贸n deber谩 tenerse en cuenta que dicho refuerzo se prestar谩 a solicitud de la Municipalidad, hasta seis fines de semana por per铆odo de invierno.-
ARTICULO 95: Recorridos y Circulaci贸n: El recorrido deber谩 respetarse en el sentido de circulaci贸n y las disposiciones vigentes de transito municipal.-
ARTICULO 96: Iniciaci贸n de Recorrido: El horario de iniciaci贸n de cada recorrido ser谩 fijo y las tareas deber谩n comenzar en las cabeceras y continuar en el orden que se haya establecido en el Plan de Trabajo.-
ARTICULO 97: M茅todo de recolecci贸n: Los cargadores deber谩n volcar la basura en los camiones de manera de evitar desprendimientos de la misma fuera del cami贸n; la basura que haya sido volcada en la v铆a publica ser谩 recogida y volcada en el mismo.-
ARTICULO 98: Reemplazo de Unidad: El reemplazo de las unidades despu茅s de haber despachado el servicio, como cualquier otro inconveniente, obliga al contratista a comunicarlo inmediatamente al organismo municipal.-
ARTICULO 99: De la Recolecci贸n: Los residuos domiciliaros ser谩n retirados del borde de la acera y el recipiente volcado en la caja del cami贸n compactador, prohibi茅ndose el voleo del recipiente.-
ARTICULO 100: Zonas y Recorridos: Las zonas de recolecci贸n se subdividir谩n en recorridos debiendo tener estos un numero de cuadras tal que permita el llenado de un cami贸n.-
ARTICULO 101: Camiones afectados al servicio: Los camiones afectados al servicio y los que durante la vigencia del contrato se incorporan a titulo de renovaci贸n de la planta o como suplentes deber谩n ser de propiedad del contratista, de acuerdo al Articulo 90 , Inciso a), el que acreditar谩 en forma la titularidad de los mismos, modelos del a帽o 1995 o posteriores con cajas compactadoras, del mismo a帽o de fabricaci贸n; el oferente deber谩 indicar marca y caracter铆sticas t茅cnicas de los veh铆culos a utilizar en el servicio.-
ARTICULO 102: Desperfectos y reemplazo de Unidad: Cuando los veh铆culos recolectores sufran desperfectos mec谩nicos que no admitan su reparaci贸n inmediata, deber谩n ser sustituidos sin dilaci贸n. Tal circunstancia deber谩 comunicarse inmediatamente a la direcci贸n de Servicios P煤blicos, con indicaci贸n de la unidad retirada del servicio y la unidad de reemplazo que se incorpore.-
ARTICULO 103: Caracter铆sticas de los camiones y accesorios: Todas las unidades del servicio deber谩n ser pintadas del mismo color, adem谩s deber谩n estar provistas con los equipos y accesorios completos, a saber: dos (2) palas, dos (2) cepillos y enceres necesarios para prestar el servicio de conformidad a lo pedido. Asimismo deber谩n llevar pintados en ambas puertas de la cabina en color y forma bien visible el nombre, apellido y domicilio de la empresa y el tel茅fono, estos 煤ltimos del Partido de Villa Gesell.-
ARTICULO 104: Lixiviados: Los recipiente de recolecci贸n del lixiviado al prensar deber谩n estar en perfectas condiciones de funcionamiento. El derrame o la p茅rdida de los l铆quidos del lixiviado en la v铆a publica dar谩 lugar a las sanciones pertinentes.-
ARTICULO 105: Carteles indicadores: El contratista deber谩 colocar en cada cami贸n a ambos lados en medidas de 0,80 metros de ancho por 0,40 metros de alto, letreros con la siguiente leyenda 芦MUNICIPALIDAD DE VILLA GESELL – SERVICIO CONTRATADO PARA LA RECOLECCI脫N DE RESIDUOS禄.-
ARTICULO 106: Pautas publicitarias para la concientizaci贸n: Esta ser谩n m铆nimamente de 1 salida diarias en el cable de TV local en horario entre las 10:00 hs. y las 13:00 hs., no menos de 10 salidas diarias en radios locales y una tirada en un medio gr谩fico local de no menos de 100 cm2, las tem谩ticas deber谩n ser coordinadas con el 谩rea de medio ambiente.-
ARTICULO 107: Estado de los camiones: Los camiones deber谩n ser presentados diariamente en perfecto estado de funcionamiento e higiene, quedando su calificaci贸n a exclusivo criterio del 贸rgano de supervisi贸n municipal, pudiendo a su solo juicio disponer el rechazo de las unidades que no reunieran tales requisitos. La Municipalidad realizar谩 inspecciones semestrales a los veh铆culos afectados al servicio.-
ARTICULO 108: De la infraestructura: El contratista deber谩 contar con un local, de su propiedad o alquilado, dentro de la ciudad de Villa Gesell, el cual ser谩 destinado a funcionar como garaje, lavadero, taller de mantenimiento de la flota de equipos, debiendo el mismo ser adecuado para que cumpla acabadamente su cometido. Adem谩s deber谩 contar con vestuarios y ba帽os del personal, deposito, oficinas. tel茅fono, etc., el cual deber谩 contar con su habilitaci贸n Municipal. El contratista contara con el medio adecuado para los fines previstos, en el inicio de las prestaciones. Entre una de las tareas importantes que deber谩 realizarse en este predio, ser谩 la higienizaci贸n (Limpieza, lavado y desinfecci贸n) de las unidades. El contratista deber谩 por lo tanto mantener los veh铆culos en correctas condiciones higi茅nicas. En ning煤n caso podr谩 utilizar la v铆a publica para efectuar reparaciones, estacionamiento, guarda de veh铆culos o cualquier otra actividad. El contratista no deber谩 permitir el acceso o permanencia de personas ajenas a los servicios, en los lugares destinados a tareas de apoyo a los mismos.-
ARTICULO 109: Del personal y la formaci贸n de la cuadrilla: El contratista deber谩 proveer en cada cami贸n en servicio, de una dotaci贸n m铆nima compuesta por un conductor y dos peones cargadores mayores de 18 a帽os, provistos de mameluco, o de camisa y pantal贸n de color uniforme para todo el personal, guantes industriales, botas y vestuario para lluvia. El vestuario deber谩 contar con elementos reflectantes. El personal vestir谩 correctamente prendas de trabajo, guardaran decoro en su vocabulario, trato y cuidado en el aseo personal, no pudiendo cambiarse su vestimenta en p煤blico, o en la v铆a p煤blica.-
ARTICULO 110: De los choferes: Los choferes deber谩n estar capacitados para conducir, munidos de su licencia habilitante de carga. El contratista llevara un registro actualizado de los choferes y peones que utilice para cada cami贸n, con los n煤meros de las chapas patentes de los veh铆culos a los que est谩n afectados.-
ARTICULO 111: Del personal: El personal esta obligado a guardar consideraci贸n y respeto en su trato con los funcionarios municipales y personal de control e inspecci贸n como as铆 mismo con el vecindario, pudiendo las autoridades municipales, sin perjuicio de las multas que corresponda disponer la suspensi贸n o eliminaci贸n del personal que haya incurrido en transgresiones. Si a juicio de la autoridad de fiscalizaci贸n, la trasgresi贸n mereciera sanci贸n mayor se podr谩 hasta dar de baja el veh铆culo utilizado en el caso.-
ARTICULO 112: Selecci贸n y/o clasificaci贸n de residuos: Queda terminantemente prohibido recibir o solicitar dadivas, como as铆 tambi茅n realizar o permitir la selecci贸n, clasificaci贸n, comercializaci贸n de los residuos recolectados, debiendo ser estos transportados a destino tal cual hayan sido recogidos.-
ARTICULO 113: Instransferibilidad del contrato: Los derechos y las obligaciones del contrato que se firme entre la Municipalidad y el contratista son intransferibles. Salvo expresa autorizaci贸n del Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 114: Leyes sociales: El adjudicatario deber谩 cumplir las leyes laborales y previsionales y asegurar a todo el personal por accidente de trabajo y enfermedad profesional, debiendo presentar bimestralmente a la Municipalidad la p贸liza respectiva a fin de acreditar el cumplimiento de esta obligaci贸n. Asimismo y en igual sentido, el contratista deber谩 contratar por su cuenta, seguros suficientes para cubrir riesgos contra terceros, derivados de la prestaci贸n del servicio, cuya p贸liza deber谩 presentar anualmente, cuando lo requiera la Municipalidad.-
ARTICULO 115: Responsabilidad por da帽os y perjuicios: El contratista reconocer谩 la responsabilidad civil por lo da帽os, que como consecuencia de los servicios a que se refiere este Pliego de Bases y Condiciones se ocasionen a terceros o a bienes de la Municipalidad, cualquiera sea el medio con que se produzca el siniestro, relevando de todo compromiso al respecto, a laMunicipalidad.
En el caso de que alg煤n reclamo o demanda se dirigiera contra la Municipalidad y prospere, el contratista deber谩 restituir todos los gastos y costas a que diera lugar, pudiendo hacerse efectivo de sus bienes propios, y/o del deposito de garant铆a y/o de la certificaci贸n mensual. De darse el caso, de que se hiciere efectivo el deposito de garant铆a el contratista deber谩 reponer el mismo dentro de los cinco (5) d铆as corridos bajo apercibimiento de rescisi贸n del contrato o de cualquier otra acci贸n que la Municipalidad juzgue conveniente.-
ARTICULO 116: Iniciaci贸n del Servicio: La fecha de iniciaci贸n del servicio ser谩 fijado por el Departamento Ejecutivo. Por cada d铆a de demora en iniciar los servicios, se aplicar谩 una multa de acuerdo al r茅gimen de sanciones, hasta el d铆a d茅cimo inclusive, pasado ese t茅rmino se podr谩 rescindir el contrato con p茅rdida de la garant铆a. La fecha estimativa de iniciaci贸n del servicio es el 01 de Noviembre de 2001.-
ARTICULO 117: Contralor del Servicio: El servicio estar谩 bajo la supervisi贸n de la Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios P煤blicos.-
ARTICULO 118: Pago de la prestaci贸n: El pago de la prestaci贸n del servicio se efectuara mensualmente, y a mes vencido. A tal efecto, a partir del primer d铆a h谩bil de cada mes, siguiente a la prestaci贸n del servicio, el contratista deber谩 presentar facturas certificadas por triplicado, o como lo indique la Secretaria de Planeamiento, obras P煤blicas. El pago de la misma se har谩 dentro de los quince d铆as (15) h谩biles posteriores, a contar desde la presentaci贸n de las facturas, las que dentro de ese plazo deben ser aprobadas o rechazadas.-
ARTICULO 119: Riesgos de sustracciones: El riesgo por sustracci贸n por deterioro de los elementos que se utilizan en la prestaci贸n del servicio, correr谩 por cuenta del contratista, como as铆 tambi茅n su mantenimiento, reposici贸n o higiene.
ARTICULO 120: Rescisi贸n del contrato: La Municipalidad podr谩 rescindir el contrato, con la p茅rdida total del dep贸sito de la garant铆a cuando sobrevengan algunas de las siguientes causas:
1) Por dejar de recolectar los residuos domiciliarios en mas de un diez por ciento (10 %) del total de las cuadras comprendidas en el contrato, durante dos (2) d铆as consecutivos o tres (3) alternados en un mes calendario.
2) Cuando el monto de las penalidades aplicadas en un mes calendario exceda el treinta por ciento (30%) del total facturado en ese per铆odo, todo ello sin perjuicio de las multas en que incurra el adjudicatario.
3) Por transferencia o cesi贸n del contrato sin autorizaci贸n del Honorable Concejo Deliberante.
4) Por falencia, concurso civil u otra causa que determine la incapacidad del contratista.
5) Cuando el contratista resulte culpable del fraude, negligencia grave, o contravenci贸n a las obligaciones estipuladas en el contrato. Sin perjuicio de la p茅rdida del deposito d茅 garant铆a, en todos los casos de rescisi贸n determinados en este articulo, el contratista responder谩 por los da帽os y perjuicios que se ocasionen a la Municipalidad, como consecuencia del nuevo contrato que se celebre para la continuaci贸n de los servicios, por administraci贸n o por cualquier otro motivo. Adem谩s, si as铆 la Municipalidad a causa del nuevo contrato lo considere conveniente podr谩 a los fines de asegurarla continuidad y regularidad del servicio, disponer de los equipos afectados al mismo para su prestaci贸n, previa valuaci贸n.
En todos los casos en que la responsabilidad del contratista excediera del monto de los dep贸sitos en garant铆a, la misma podr谩 hacerse efectiva sobre el equipo, el que se retendr谩 a tales efectos, pudiendo tambi茅n afectarse los cr茅ditos del contratista con la Municipalidad.-
ARTICULO 121: Rescisi贸n del contrato sin p茅rdida del dep贸sito de garant铆a: En caso de Empresa unipersonal a la muerte del contratista, la Municipalidad podr谩 optar por la rescisi贸n del contrato, y en este caso, los sucesores de aqu茅l, previa acreditaci贸n de tal car谩cter, tendr谩n derecho al cobra de las sumas que la Municipalidad adeudare en concepto de la prestaci贸n de los servicios y a obtener la devoluci贸n de la garant铆a. Para cualquier tr谩mite, los sucesores o herederos deber谩n unificar personer铆a.-
ARTICULO 122: Multas: Para el caso de incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones contractuales a su cargo, la Municipalidad proceder谩 a la aplicaci贸n de las sanciones que a continuaci贸n se expresan, dej谩ndose establecido que despu茅s de la tercera vez, computando mensualmente las causas, los importes en concepto de multas ser谩n duplicados.-
ARTICULO 123: Valor del m贸dulo: En los casos que seguidamente se establecen, se impondr谩n las multas que en cada caso se determinan. El valor del modulo equivale al cero coma cinco por ciento (0,5 %) del precio mensual del servicio y vigente en el mes en que se cometieran las infracciones.-
ARTICULO 124 : Causas:
- a) Por no usar el personal de chofer y cargadores las prendas reglamentarias.
Primera vez y por cada infractor: tres (3) m贸dulos.
Segunda vez y por cada infractor: seis (6) m贸dulos.
Tercera vez y por cada infractor: nueve (9) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces y por cada infractor: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- b) Por no contar con los carteles o por usarlos fuera de horario:
Primera vez: dos (2) m贸dulos.
Segunda vez: cuatro (4) m贸dulos.
Tercera vez: ocho (8) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: Los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- c) Por llegar tarde a los lugares de iniciaci贸n del recorrido:
Primera vez: tres (3) modulas.
Segunda vez: seis (6) m贸dulos.
Tercera vez: nueve (9) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- d) Por no presentarse en los lugares de iniciaci贸n con la dotaci贸n m铆nima de personal:
Primera vez: tres (3) m贸dulos.
Segunda vez. seis (6) m贸dulos.
Tercera vez: nueve (9) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- e) Por descargar en lugares no habilitados.
Primera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Segunda vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Tercera vez: sesenta y cuatro (64) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- f) Por toda infracci贸n que a juicio del inspector municipal no cumpla con lo contratado:
Primera vez: tres (3) m贸dulos.
Segunda vez: seis (6) m贸dulos.
Tercera vez: nueve (9) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.-
ARTICULO 125 : Multas Especiales:
- a) Por reemplazar un veh铆culo titular por un suplente sin previo aviso:
Primera vez: tres (3) m贸dulos.
Segunda vez: seis (6) m贸dulos.
Tercera vez: nueve (9) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- b) Por desobediencia y/o desconsideraci贸n al personal municipal de contralor:
Primera vez: cuatro (4) m贸dulos.
Segunda vez: ocho (8) m贸dulos.
Tercera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- c) Por no guardar consideraci贸n y respeto al vecindario:
Primera vez: cuatro (4) m贸dulos
Segunda vez: ocho (8) m贸dulos
Tercera vez: diecis茅is (16) m贸dulos
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- d) Por no levantar algunos de los envoltorios de residuos y/o residuos depositados en una cuadra:
Primera vez: ocho (8) m贸dulos.
Segunda vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Tercera vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- e) 脥dem apartado d) en dos cuadras y por cada cuadra:
Primera vez: ocho (8) m贸dulos.
Segunda vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Tercera vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- f) 脥dem apartado d) en tres y cuatro cuadras y por cada cuadra:
Primera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Segunda vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Tercera vez: sesenta y cuatro (64) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- g) 脥dem apartado d) en cinco y mas cuadras, y por cada cuadra:
Primera vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Segunda vez: sesenta y cuatro (64) m贸dulos.
Tercera vez: ciento veintiocho (128) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- h) Por no levantar residuos durante todo el d铆a:
Primera vez: sesenta y cuatro (64) m贸dulos. .
Segunda vez: ciento veintiocho (128) m贸dulos.
Tercera vez: doscientos cincuenta y seis (256) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: las montos se duplicaran acumulativamente.
- i) Por diseminaci贸n de residuos durante la recolecci贸n y/o su transporte:
Primera vez: cuatro (4) m贸dulos.
Segunda vez: ocho (8) m贸dulos.
Tercera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- j) Por seleccionar o permitir seleccionar residuos en los veh铆culos o en el predio de disposici贸n final, por cada hecho constado.
Primera vez: ocho (8) m贸dulos.
Segunda vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Tercera vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Cuarto y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- k) Por el no cumplimiento del Art. 109 bis:
Primera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Segunda vez: treinta y dos (32) m贸dulos.
Tercera vez: sesenta y cuatro (64) m贸dulos.
- l) Por estacionar veh铆culos destinados al servicio con residuos en la v铆a p煤blica:
Primera vez: cuatro (4) m贸dulos.
Segunda vez: ocho (8) m贸dulos.
Tercera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- m) Por estacionar veh铆culos destinados al servicio fuera de los lugares que se les asigne o en el guarda habitual:
Primera vez: cuatro (4) m贸dulos.
Segunda vez: ocho (8) m贸dulos.
Tercera vez: diecis茅is (16) m贸dulos.
Cuarta y siguientes veces: los montos se duplicar谩n acumulativamente.
- n) Por no presentar la actualizaci贸n de la garant铆a del contrato de acuerdo a lo dispuesto en el Art铆culo 79 dentro de los quince (15) d铆as corridos siguientes, se aplicar谩 una multa equivalente a quince (15) m贸dulos monto que se duplicar谩 acumulativamente por cada cinco (5) de atraso al fijado
帽) Por no presentar las p贸lizas de seguro por accidentes de trabajo y responsabilidad civil, dentro de los treinta (30) d铆as de firmado el contrato, se aplicar谩 una multa equivalente a quince (15) m贸dulos. Monto que se duplicara acumulativamente por cada diez (10) d铆as de atraso al fijado precedentemente. En los casos contemplados en las letras d), e), i) y g) se considerar谩 como reincidencia de sobrevenir una nueva infracci贸n cualquiera sea la cantidad de cuadras en que se haya incurrido en no levantar residuos.-
ARTICULO 126: De las penalidades: No ser谩n aplicadas las penalidades o multas establecidas en los art铆culos precedentes, si hubiere sobrevenido causa de fuerza mayor, o caso fortuito debida y acabadamente acreditado, quedando condicionado el ejercicio de este derecho, de ser el infractor quien efectu茅 ante la autoridad municipal correspondiente, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de ocurridos los hechos, la denuncia del caso y adjunte en ese mismo plazo la documentaci贸n justificativa, siendo la referida, la 煤nica prueba admitida. La procedencia de la causal de eximisi贸n
invocada, queda a exclusivo juicio del Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 127: De las prestaciones: Sin perjuicio de las multas a aplicarse por incumplimiento, la Municipalidad, en los casos de prestaci贸n deficiente, lo que queda librado a su exclusiva calificaci贸n, podr谩 ejecutar los trabajos por terceros, por cuenta y cargo del contratista.-
ARTICULO 128: Plan de trabajos: El plan de trabajo ser谩 presentado dentro de los tres d铆as h谩biles de firmado el contrato general, como proyecto integral del servicio y deber谩 contener como m铆nimo.-
- a) Organigrama de la Empresa, indicando el nombre del personal que cubre las diversas funciones, con una breve descripci贸n de sus responsabilidades
- b) Descripci贸n detallada de los antecedentes relativos al desarrollo de proyectos ejecutados o en ejecuci贸n, de contratos referidos a servicios similares, si los tuviere.
- c) Plan detallado de las modalidades con que ser谩 presentado el servicio licitado en caso de serle adjudicada la Licitaci贸n, dicho plan contendr谩 como m铆nimo:
1) Programaci贸n y diagramaci贸n del servicio en forma detallada y expresando en planos los recorridos a realizar, horarios y frecuencias.
2) La dotaci贸n de personal a utilizar para la conducci贸n del mismo, plan de relevo, sustituci贸n o refuerzo de personal.
3) La descripci贸n del equipo de veh铆culos, de maquinarias a implementos a utilizar, indicando detalladamente las caracter铆sticas de cada uno, su afectaci贸n al servicio, los programas de mantenimientos de equipos y de sustituci贸n de los mismos.
- d) Plan detallado de implementaci贸n del servicio, que permite establecer la posibilidad de iniciar la prestaci贸n efectiva del mismo en la fecha prevista. Dicho plan deber谩 incluir el cronograma con las fechas de disponibilidad de equipos, dotaciones de personal, incorporaci贸n de los restantes elementos t茅cnicos o de infraestructura necesaria. Deber谩 asimismo acreditarse la factibilidad del plan a implementar.
- e) Cantidad de camiones a afectar al servicio,
- f) Cantidad de personal a afectar al Servicio,
- g) Cantidad de veh铆culos y Equipos de recambio.-
ARTICULO 129: Ordenes de Servicio, comunicaciones y pedidos de Empresa: Las ordenes, instrucciones y constataciones que emanen de la Inspecci贸n, ser谩n asentadas en Libretas por triplicado, de las cuales la Inspecci贸n y la restante ser谩 mantenida en dicha Libreta. Las notas de pedido o comunicaciones emanados de la Empresa, se instrumentaran en una Libreta por triplicado de las cuales, original y copia se remitir谩n a la inspecci贸n y el restante ejemplar quedara en la Libreta en poder de la Empresa. Todas estas actuaciones ser谩n fechadas y firmadas por quien las origine y reciba respectivamente.-
ARTICULO 130: Zonas y Servicios: La Municipalidad podr谩 ampliar zonas y/o servicios complementarios, tomando como base el precio cotizado por cuadra.-
ARTICULO 131: Disposiciones laborales: El contratista esta obligado a cumplir todas las disposiciones establecidas en las normas de higiene y seguridad, en el trabajo y todas las disposiciones de car谩cter laboral y previsional respectivas.-
ARTICULO 132: incorporaci贸n de personal: El personal que utilice la empresa contratista ser谩 a su exclusiva cuenta y nesgo y se compromete la contratista a incorporar prioritariamente el personal que actualmente se desempe帽a en esas funciones, en las condiciones estipuladas en la legislaci贸n laboral vigente. El pliego contar谩 con una planilla del personal que se encuentra en la actualidad desempe帽谩ndose en la concesi贸n. La totalidad del personal excepto los jer谩rquicos ser谩n residentes del partido de Villa Gesell dando cumplimiento a la Ordenanza N潞 1747/00.-
ARTICULO 133: Recolecci贸n en zona Costanera: Dada la particularidad de la inexistencia de la Avenida Costanera en gran parte de la Ciudad, este Municipio se ve en la obligaci贸n de dejar perfectamente aclarado, que la no apertura de dicha avenida no es justificativo alguno para no realizar el servicio. Por lo tanto la empresa adjudicataria tomara los recaudos necesarios para cumplimentar la recolecci贸n en su totalidad, sean en balnearios concesionadas o sean propietarios frentistas, al pi茅 de la construcci贸n del edificio, local, comercial o balneario.-
ARTICULO 134: Veh铆culo para inspecci贸n y control: La Empresa contratista entregar谩 dos (2) Pick-Up 芦O Km.禄, a la Direcci贸n de Servicios P煤blicos para realizar las inspecciones generales mientras dure el contrato y sus prorrogas, corriendo por parte de la Empresa su mantenimiento y por la Municipalidad de Villa Gesell la provisi贸n de combustible y lubricantes; todo lo cual deber谩 ser detallado en la oferta. Las Pick-Up deber谩n ser diesel con caja abierta y con una capacidad de carga m铆nima de 1500 Kg.-
ARTICULO 135: Situaciones de emergencia: Ante situaciones de emergencia, temporales, inundaciones, o de cualquier otra 铆ndole declarada por Defensa Civil, por tiempo determinado, la Municipalidad de Villa Gesell, podr谩 disponer que la Empresa adjudicataria preste servicios extraordinarios de higiene urbana, sin que esto implique erogaci贸n alguna para la Municipalidad.-
ARTICULO 136: Predio de Disposici贸n final: La Municipalidad deja perfectamente aclarado que el Predio de Disposici贸n Final se deber谩 situar en un radio no mayor de quince (15) kil贸metros del Partido de Villa Gesell.-
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