Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1819/01
FECHA DE SANCIÓN: 3 de Diciembre de 2001.-
NUMERO DE REGISTRO: 1624
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: V-6051/01.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase el área de la Mujer que dependerá de la Dirección de
– – – – – – – – – – – – Desarrollo y Promoción Social.- – –
ARTICULO 2º: Las tareas específicas del Área de la Mujer abarcarán los siguientes
– – – – – – – – – – – – – puntos:
– Contención.
– Orientación legal.
– Orientación Psicológica.
– Orientación Psicosocial.
– Asesoramiento preventivo de la violencia familiar.- – –
ARTICULO 3º: Para el desarrollo de las tareas mencionadas en el Artículo 2° se
– – – – – – – – – – – – requerirá:
1 Responsable del área;
3 Cargos Técnicos;
1 Cargo Administrativo.- – –
ARTICULO 4º: Podrán implementarse programas de capacitación en el tema con el fin
– – – – – – – – – – – – de formar un cuerpo de voluntarias que asistan y colaboren con las personas asistidas.- – –
ARTICULO 5º: El área realizará la comunicación y cooperación mutua con
– – – – – – – – – – – – – organismos que prestan servicios inherentes a la problemática de la mujer, abriendo canales de comunicación inter institucionales para optimizar los recursos existentes y mejorar sus servicios.- – –
ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios
– – – – – – – – – – – – económicos necesarios para transportar a aquellas personas que necesiten trasladarse a la ciudad de Dolores para los trámites que correspondan.- – –
ARTICULO 7º: Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ordenanza
– – – – – – – – – – – – serán imputados a la Finalidad 5 – Programa 6.- – –
ARTICULO 8º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –