Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1820/01
FECHA DE SANCIÓN: 17 de Diciembre de 2001.-
NUMERO DE REGISTRO: 1628
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: M-6078/01
VISTO:
La presentación efectuada por los Señores Hugo y Umberto Mazza por Expediente M-6078/01, y
CONSIDERANDO:
Que en el local de referencia funcionaba desde su construcción un supermercado;
Que las Ordenanzas de restricción al uso, superficies y medidas fueron posteriores a la habilitación del mismo;
Que el inquilino sin contar con la debida autorización del propietario le dio de baja a la habilitación referida;
Que es primordial preservar fuentes de trabajo para los geselinos como así también recuperar estéticamente dicha propiedad a través de su uso;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a restituir la
– – – – – – – – – – – – habilitación de supermercado que poseían originalmente los propietarios del local ubicado en Alameda 202 e/ Avenida Buenos Aires y Calle 302, designada catastralmente: Secc. A, Fracc. 2, Parc. 16, u otorgar una habilitación para el rubro de supermercado de igual tenor a la que originalmente tenía en el predio antes mencionado.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.- – –