Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1862/02
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Agosto 2002.-
NUMERO DE REGISTRO: 1673
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-6231/02.-
VISTO:
El expediente B-6131/02, iniciado por el Bloque de Concejales del Partido Justicialista con motivo del proyecto de resolución sobre Convenio Constitución Consejo Local Económico Social, aprobado el 6 de Mayo de 2002, bajo número de registro 2953, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio Marco entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell tiene por objeto la creación del Consejo Local Económico Social;
Que en el Partido de Villa Gesell aún no se ha conformado el Consejo Local Económico Social;
Que el acuerdo Marco y sus actas complementarias y la Municipalidad de Villa Gesell, se celebran «ad-referéndum» del Honorable Concejo Deliberante del Partido;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Convalídase el Acuerdo Marco y sus Actas Complementarias entre la
– – – – – – – – – – – – Municipalidad de Villa Gesell para la constitución del Consejo Local Económico Social.- – –
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –