Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1902/03
FECHA DE SANCIÓN: 7 de mayo de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1714
EXPEDIENTE H. C. D. N°: V-6549/03.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1852/02, el que
– – – – – – – – – – – – quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a – – – –
disponer de un espacio público de la Peatonal 106 entre el N°
337/338 y la Avenida 3 para la instalación de los Artesanos
Geselinos integrantes de la Feria de Expresiones Manuales y
Culturales Autóctonas a partir de la fecha de sanción de la
Presente Ordenanza, que comprende del 1° de marzo hasta el 14 de
Diciembre de cada año, utilizando en la temporada estival el
predio de la Plaza de las Américas, como figura en el Artículo 3°
de la Ordenanza 1852/02.- —————————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –