Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1909/03
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Junio de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1722
EXPEDIENTE H. C. D. N°: B-6516/02
VISTO:
Los inmuebles construidos en la Manzana 26; Lote 13 y 14 y en la Manzana 32, lote 14, todos en la Circunscripción VI, Sección A, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario preservar las edificaciones que dan identidad a la cultura geselina;
Que es voluntad de este Honorable Concejo Deliberante valorar el Patrimonio Histórico Cultural que sustenta nuestra identidad,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Declárase de INTERÉS HISTÓRICO ARQUITECTÓNICO
– – – – – – – – – – – del Partido de Villa Gesell a los inmuebles que se hallan en la Avenida 2 entre Paseos 105 y 107, denominados catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 26, Lote 13 y Circunscripción VI, Sección A, Manzana 26, lote 14.- – –
ARTICULO 2°: Declárase de INTERÉS HISTÓRICO Y ARQUITECTONICO
– – – – – – – – – – – – del Partido de Villa Gesell al inmueble que se halla en Avenida 10 entre Avenidas Buenos Aires y Paseo 101, denominado catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 32, Lote 14.- – –
ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente
– – – – – – – – – – – – archívese.- – –