Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1910/03
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Junio de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1723
EXPEDIENTE H. C. D. N°: D-6603/03
VISTO:
El Expediente D-6603/03 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, en referencia al Expediente N° 2905-1283/03 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
CONSIDERANDO:
Que en el expediente D-6603/03 se halla un convenio de Cooperación entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la Subsecretaría de Asistencia a las Adicciones y la Municipalidad de Villa Gesell;
Que en dicho convenio se acuerdan formalizar un pina de prevención y desarrollo comunitario, aunando esfuerzos en pos de procurar disminuir el uso abusivo del alcohol, drogas y tabaco, contribuyendo al logro de un objetivo social superior que beneficiará a la Comuna toda;
Que en dicho Expediente D-6603/03 se halla un contrato de Comodato de un alcoholímetro,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Autorízase al Señor Intendente Municipal a suscribir el Convenio
– – – – – – – – – – Marco de Cooperación entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Subsecretaría de Asistencia a las Adicciones y la Municipalidad, que forma parte de la presente como Anexo I (folios 18 y 19).- – –
ARTICULO 2°: Autorízase al Señor Intendente de la Municipalidad de Villa
– – – – – – – – – – – Gesell a suscribir el Contrato de Comodato que forma parte de la presente como Anexo II (folios 20 y 21).- – –
ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente
– – – – – – – – – – – – archívese.- – –