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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1910/03

                            FECHA DE SANCIÓN: 2 de Junio de 2003.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1723
                            EXPEDIENTE H. C. D. N°: D-6603/03


VISTO
:

El Expediente D-6603/03 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, en referencia al Expediente N° 2905-1283/03 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;

 

CONSIDERANDO:

Que en el expediente D-6603/03 se halla un convenio de Cooperación entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la Sub­secretaría de Asistencia a las Adicciones y la Municipalidad de Villa Gesell;

Que en dicho convenio se acuerdan formalizar un pina de prevención y desarrollo comunitario, aunando esfuerzos en pos de procurar disminuir el uso abusivo del alcohol, drogas y tabaco, contribuyendo al logro de un objetivo social superior que beneficiará a la Comuna toda;

Que en dicho Expediente D-6603/03 se halla un contrato de Comodato de un alcoholímetro,

 

                 Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Autorízase al Señor Intendente Municipal a suscribir el Convenio
– – – – – – – – – –    Marco de Cooperación entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Subsecretaría de Asistencia a las Adicciones y la Municipalidad, que forma parte de la presente como Anexo I (folios 18 y 19).- – –

ARTICULO 2°: Autorízase al Señor Intendente de la Municipalidad de Villa
– – – – – – – – – – – Gesell  a suscribir el Contrato de Comodato que forma parte de la presente como Anexo II (folios 20 y 21).- – –

ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente
– – – – – – – – – – – – archívese.- – –

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