Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1936/03
FECHA DE SANCION: 17 DE Noviembre de 2003.-
NUMERO DE REGISTRO: 1753
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-6478/02
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifíquese el Articulo 1º de la Ordenanza sancionada el 3
– – – – – – – – – – – Noviembre de 2003 del Exp. D-6478/02, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º: Autorizase a la Asociación Radio Club Villa Gesell a construir un edificio con destino a sede social y en comodato de uso por el término de diez (10) años, el que podrá ser renovado o cancelado, en la parcela denominada catastralmente como Circunscripción VI, Sección H, Fracción VI, Parcela 28 con una superficie de mil cuatrocientos cincuenta con ochenta y seis cuadrados (1.459,86 m2)”.- – –
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente
– – – – – – – – – – – – archívese.- – –