Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1945/04
FECHA DE SANCIÓN: 3 de Mayo de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1762
EXPEDIENTE H.C.D. N º: C-6835/04.-
VISTO:
Que, la Escuela Especial nº 501 de nuestra ciudad no cuenta con edificio propio; y
CONSIDERANDO:
Que, el inmueble en donde se encuentra actualmente es propiedad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires;
Que, la ubicación y el estado de las instalaciones educativas no son las apropiadas para su funcionamiento;
Que, es necesaria y urgente la construcción de una escuela para alumnos con capacidades especiales en Villa Gesell;
Que, dicho proyecto es un viejo anhelo de la Comunidad Geselina;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase a la Provincia de Buenos Aires, con destino a la
– – – – – – – – – – – – Dirección General de Cultura y Educación, el inmueble denominado catastralmente Circunscripción VI, Sección B, Manzana 22d, Parcela 14, cuya superficie es de 1.530 metros cuadrados de la ciudad de Villa Gesell, de acuerdo al ANEXO I.- – –
ARTICULO 2º: El inmueble será destinado exclusivamente para la construcción
– – – – – – – – – – – – del edificio de la Escuela Especial nº 501, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación.- – –
ARTICULO 3º: Los gastos de escrituración y dominio estarán a cargo de la
– – – – – – – – – – — Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.- – –
ARTICULO 4º: Establézcase como plazo máximo para el inicio de las obras, dos
– – – – – – – – – – – (2) años, a partir de la promulgación de la presente.- – –
ARTICULO 5º: En caso que las obras no se inicien en el plazo establecido por la
– – – – – – – – – – – – – presente, el inmueble donado volverá a propiedad de este municipio.- – –
ARTICULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –