Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1946/04
FECHA DE SANCIÓN: 3 de Mayo de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1763
EXPEDIENTE H.C.D N º: D-6840/04.-
VISTO:
El expediente D-6840/04, en el que se trata la instalación de una nueva central telefónica en la localidad de Mar de las Pampas; y
CONSIDERANDO:
Que, es necesario ampliar la infraestructura telefónica que cubra la demanda creciente en la zona;
Que, el lugar de implantación adecuado a fin de lograr sus derivaciones, lo constituye la Fracción 35, ubicada en el cruce entre las calles Juan de Garay y Santa Ana de Mar de las Pampas;
Que, dicho lugar constituye una reserva de uso publico, es decir reserva fiscal, no espacio verde;
Que, es necesario que las instalaciones tengan características constructivas acordes a la zona, como lo indicado en el presente expediente, donde el tratamiento de fachadas se insertan en el medio ambiente, donde la madera y la piedra están presentes;
Que, el mismo no presenta una volumetría importante, ni en superficie, ni en altura;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase en comodato a la Cooperativa Telefónica de Villa
– – – – – – – – – – – – Gesell, el espacio equivalente a una superficie de 15,00 m. x 30,00 m. de la circunscripción VI, sección C, fracción 35 de la localidad de Mar de las Pampas.- – –
ARTICULO 2º: La ubicación de la cesión del espacio anterior será delimitada
– – – – – – – – – – – por el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.- – –
ARTICULO 3º: La cesión en carácter de comodato será por el plazo de treinta
– – – – – – – – – – – – (30) años, renovables y tendrá como única finalidad la implantación de una central telefónica. – – –
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –