Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1949/04
FECHA DE SANCION: 3 de Mayo de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1766
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: A-6866/04.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza nº 1689, el que quedará
– – – – – – – – – – – redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1º: Asígnase la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circ. VI, Secc. B, Mza. 20E Parcela 14, ubicada en la Avenida 12 entre Paseos 128 y 129 del Partido de Villa Gesell, como una Superficie de 1.530 mts.2 que será destinado exclusivamente para el Centro de Rehabilitación de Sordos e Hipoacúsicos “Hellen Séller”.- – –
ARTICULO 2º: Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1869 el que
– – – – – – – – – – – – quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 2º: Por la naturaleza de la propuesta, deberá considerarse necesario que toda obra a realizarse en el predio cedido en el Artículo 1º tendrá q2ue contar con un anteproyecto realizado por la Municipalidad de Villa Gesell contemplando las necesidades edilicias del establecimiento.- – –
ARTICULO 3º: Derógase el Artículo 3º de la Ordenanza nº 1869/99.- – –
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –