Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1950/04
FECHA DE SANCIÓN: 7 de Junio de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1767
EXPEDIENTE H.C.D. N º: B-6217/02.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 124/81 sancionada por el Comisionado R. Pidal, y
CONSIDERANDO:
Que, por la misma se cedió al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires el inmueble designado catastralmente como Secc. A Mz. 391;
Que, el inmueble donado tenia como destino exclusivo el asentamiento en el lugar de una dependencia policía de caballería;
Que, en la actualidad el inmueble es un predio baldío;
Que, el destacamento de Caballería se encuentra funcionando actualmente en el predio municipal ubicado en Av. 11 y Paseo 114;
Que, es necesario la recuperación de la Manzana 391 para el patrimonio municipal y destinarlo a actividades de interés comunitario;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 124/81.- – –
ARTÍCULO 2°: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la
– – – – – – – – – – – – inscripción del inmueble designado como Secc. A Mz. 391 bajo la titularidad de la Municipalidad de Villa Gesell en los términos de la Ley Nº 9533.- – –
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –