Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1956/04
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1776
EXPEDIENTE H.C.D. N º: B-6998/04.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Prohíbase la aprobación de construcciones que superen los siete
– – – – – – – – – – – (7) metros de altura en los lotes comprendidos entre la Avenida Costanera y la Avenida 1, como así también, los ubicados entre el Litoral Marítimo y la primer calle paralela al mismo en todo el Partido de Villa Gesell.- – –
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –