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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1970/04

                          FECHA DE SANCIÓN: 4 de Octubre de 2004.-
                          NUMERO DE REGISTRO: 1788
                          EXPEDIENTE H.C.D. N º: D-7064/04.-

 

VISTO:

La Carta Acuerdo celebrada entre el Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell con fecha trece (13) de septiembre de dos mil cuatro (2004), para la implementación del Programa “BONIFICACIÓN DE TASAS DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN – BAPRO”; y

 

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad de Villa Gesell, suscribió con el Ministerio de la Producción y el Banco de la Provincia de Buenos Aires el acuerdo que tiene por objeto implementar el Programa Bonificación Tasas FUERZA PYME, por el cual las PYMES de nuestro Partido, tendrán la posibilidad de acceder a créditos con tasa fija entre el cinco (5%) y el ocho (8%)  por ciento y en pesos;

Que, constituye una importante oportunidad para nuestras Empresas, teniendo en cuenta que después de un tiempo vuelve la posibilidad del crédito con el agregado que tendrá una tasa subsidiada por el Ministerio de la Producción;

Que, la puesta en marcha de esta Acta Acuerdo entre los actores Provincia de Buenos Aires, Banca Publica y Gobierno Local es un punto de partida para la concreción de la Agencia de Desarrollo Local;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: CONVALIDASE la Carta Acuerdo celebrada entre el Ministerio
– – – – – – – – – – –   de  la Producción de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell de fecha trece (13) de septiembre de dos mil cuatro (2004), la que forma parte de la presente como ANEXO I.- – –

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

 

 

 

 

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