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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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  2002/05

                            FECHA DE SANCION: 17 de Mayo de 2005.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1821
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-7274/05.-

 

VISTO:

La presentación efectuada por ante el Bloque Justicialista por parte de la cónyuge de Dante Boris Dorrego, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, en la misma se acompaña una notificación emitida por la División de Tránsito de la Municipalidad de Villa Gesell, con fecha 13 de mayo de 2005, mediante la cual se lo notifica e intima a que dentro del plazo de treinta días a partir de la sanción de la Ordenanza 2000/05 se proceda a prestar el servicio y abonar el canon respectivo, bajo apercibimiento de caducidad de conformidad a las disposiciones de la Ordenanza N° 1823/01, artículo 6°, inciso k).

Que, la Ordenanza 2000/05, a la fecha no ha sido publicada en el Boletín Municipal, importando ello que la norma aún no se encuentra en vigencia, por lo que resulta improcedente la intimación realizada computando como plazo inicial el día de la sanción de dicha Ordenanza.

Que, atento a las características del caso particular, por el cual se ha otorgado la licencia para taxímetro al Señor Dante Boris Dorrego, es decir  la acaecencia de un accidente de trabajo mientras el mismo realizaba tareas vinculado a la Municipalidad de Villa Gesell, resulta ineludible otorgarle por vía de excepción, un margen de flexibilidad a los requerimientos formulados por la Ordenanza N° 1823/01, artículo 6°, inciso k), de modo tal de permitirle al beneficiado, acceder a la compra de un rodado con la desgravación impositiva que prevee la legislación vigente para discapacitados.

Que, asimismo resulta prudente extender el plazo para el pago del canon requerido para dicha actividad, de modo tal de posibilitar su pago sin afectar la economía familiar de Dante Boris Dorrego, dada su condición apremiante.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1°: Otórgase al Señor Dante Boris Dorrego, titular de la licencia para
– – – – – – – – – – – taxímetro N° 055, una prórroga de seis (6)meses  para que el mismo comience a brindar el servicio que le fuera concedido, así como para el pago del canon respectivo, dejándose sin efecto para este caso particular las obligaciones a cargo del licenciatario, en la Ordenanza N° 1823/01, Artículo 6°, inciso k).- – –

 

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese. – – –

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