Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2009/05
FECHA DE SANCION: 18 de Julio de 2005.-
NUMERO DE REGISTRO: 1826
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: E-7306/05.-
VISTO:
El Expediente 7306/05; y
CONSIDERANDO:
Que, en el Pliego de Bases y Condiciones del Servicio Público de Pasajeros, el Honorable Concejo Deliberante puede modificar la tarifa de los diferentes ramales basándose en la formula polinómica incluida en el Artículo 12º del mismo;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase a la Empresa “El Ultimo Querandí” a aplicar el siguiente
– – – – – – – – – – – cuadro tarifario que se detalla a continuación:
Boleto | Tarifa |
Único | $ 1,30.- |
Secundario | $ 0,20.- |
Primario | $ 0,10.- |
Mar Azul | $ 1,40.- |
Cementerio | $ 1,00.- |
ARTICULO 2º: Fíjese para el periodo comprendido entre el primero (1º) de Abril y
– – – – – – – – – – – el treinta (30) de noviembre de cada año, la reducción en la tarifa del Boleto Único y Mar Azul de acuerdo a los valores que se establecen a continuación:
Boleto | Tarifa |
Único | $ 0,90.- |
Mar Azul | $ 1,10.- |
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –